STSJ Cantabria 691/2018, 15 de Octubre de 2018
Ponente | RUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS |
ECLI | ES:TSJCANT:2018:403 |
Número de Recurso | 525/2018 |
Procedimiento | Recurso de suplicación |
Número de Resolución | 691/2018 |
Fecha de Resolución | 15 de Octubre de 2018 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA nº 000691/2018
En Santander, a 15 de octubre del 2018.
PRESIDENTA
Ilma. Sra. Dª. MERCEDES SANCHA SAIZ
MAGISTRADOS
Ilmo. Sr. D. RUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS (ponente)
Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García
EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los/las Ilmos. /as. Sres./Sras. citados/as al margen ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el recurso de suplicación interpuesto por D. Enrique contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº. Uno de Santander, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. RUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS, quien expresa el parecer de la Sala.
Según consta en autos se presentó demanda por D. Enrique siendo demandados Mutua FREMAP, INSS y TGSS y UTE LRSU VITORIA-GAXTEIZ sobre Incapacidad y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 9 de abril de 2018, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.
Como hechos probados se declararon los siguientes:
-
- El demandante, don Enrique, nacido el día NUM000 de 1980, se encuentra afiliado en el Régimen General de la Seguridad Social con el Nº NUM001, y ha venido prestando servicios para la empresa FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS SA desde el 11 de marzo de 2013 hasta el 30 de junio de 2015. Dicha empresa tiene cubierta la prestación de incapacidad temporal por contingencias comunes y profesionales con la Mutua FREMAP.
Actualmente presta servicios para UTE LSU VITORIA GASTEIZ
-
- el actor sufrió un accidente de tráfico el 22 de junio de 2015, y permaneció en situación de incapacidad temporal derivada de accidente no laboral con diagnóstico de traumatismo no especificado, por dolor lumbar y radiculalgia, desde esa fecha. Agotada el 20 de junio de 2016 la duración de 365 del proceso de incapacidad temporal, se acordó su prórroga por hasta 180 días y por resolución de 20 de diciembre de 2016 se acordó iniciar expediente de incapacidad permanente, que fue denegada mediante resolución de fecha 26de abril de 2017 en función del
siguiente cuadro clínico residual:
"EXPEDIENTE DEMORADO POR: HERNIA DISCAL FORAMINAL DERECHA L5-S1 QUE PRODUCE EFECTO COMPRESIVO. RADICULOPATÍA BILATERAL L5-S1, DE TIPO CRÓNICO E INTENSIDAD MODERADA. OTROS DIAGNÓSTICOS: FR. DE HUESOS PROPIOS NASALES. VÉRTIGO POSICIONAL PAROXÍSTICO BENIGNO DEL CANAL SEMICIRCULAR POSTERIOR DERECHO POSTRAUMÁTICO. TRASTORNO ADAPTATIVO. CERVICALGIA.
AFECTACIÓN ACTUAL
2.2.17 (Dr. Pio ): Refiere que ya le han hecho una infiltración en la unidad del dolor en noviembre, se puso muy contento pues, aunque estuvo mal los dos primeros días, luego mejoró mucho pero volvió a recaer al cabo de una semana y ha tenido que ir de urgencias cuando ya no aguanta más. Está desesperado porque nadie le dice nada, ni le hace nada y él quiere retomar su vida anterior, era muy deportista y ahora no puede hacer nada e incluso pasa muchos días en cama.
Refiere dolor lumbar a diario, no mejora en ninguna postura algunos días se irradia a ambas piernas hasta los talones, quizás más al lado izquierdo. Le han enviado a salud mental, le verán en febrero y está pendiente de la 2ª infiltración por la unidad del dolor. 19.4.17 (Dra. Rosana ): Refiere que está en la unidad del dolor en HUMV le han puesto una infiltración y está esperando otra, llama todas las semanas y le han dicho que le queda poco. El lunes le pego un dolor muy fuerte por eso hoy viene fastidiado, cojeando..
Tuvo un juicio con la compañía de seguros, porque no se querían hacer cargo, luego ganaron y le han indemnizado. Pero esto no le soluciona lo mal que esta. Con el trabajo estaba a gusto y ahora no puede ni moverse.
EXPLORACIONES POR APARATOS
LOCOMOTOR
EFA 2.2.17 (Dr. Pio ) SE SIENTA INCLINADO A LA DERECHA, TAMBIÉN SE TUMBA EN LA CAMILLA SIN APOYAR BIEN EL LADO IZQUIERDO. DOLOR GLÚTEO A LA MOVILIZACIÓN DE CADERAS Y RODILLAS, MÁS EN LADO IZQUIERDO. DOLOR TAMBIÉN AL LASEGUE BILATERAL, MÁS PRECOZ EN LADO IZQUIERDO. BIPEDESTACIÓN CON EL CUERPO INCLINADO A LA DERECHA, FLEXIÓN LUMBAR HACE EL PRIMER TERCIO.
EN DOCUMENTACIÓN DISPONIBLE, CONSTA RM LUMBAR 13.8.15: HERNIA DISCAL FORAMINAL DERECHA QUE PRODUCE EFECTO COMPRESIVO RADICULAR. EMG 4.4.16, RADICULOPATÍA L5S1 BILATERAL CRÓNICA MODERADA. EL 23.11.16 SE ANOTA: ACUDE PARA PRIMERA INFILTRACIÓN CAUDAL GUIADA CON ECOGRAFÍA... CITAMOS PARA SEGUNDA.
ASISTENCIA A URGENCIAS EL 23.12.16 POR DOLOR, LE PUSIERON UN CELESTONE.
RM C. LUMBAR (PRIVADA 13.8.15) HERNIA DISCAL FORAMINAL DERECHA L5-S1 QUE PRODUCE EFECTO COMPRESIVO.
EMG (DRA. María Esther 4.4.16): RADICULOPATÍA L5-S1 BILATERAL CRÓNICA MODERADA .REVISIÓN 19.4.17 (Dra. Rosana )
EFA:
C.VERTEBRAL: Dolor a la presión/palpación de apófisis espinosas lumbares, contractura muscular paravertebral lumbar. En bipedestación Inicia flexión de tronco que para pronto por dolor en zona lumbar.
EEII: fuerza 3/5 no levanta contra resistencia, dificultad para empuje con los pies contra resistencia por disminución de fuerza. No puede hacer puntas y difíciles los talones con dificultad para apoyo monopodal.
PSÍQUICAS
EPP (2.2.17 Dr. Pio )
Presentación adecuada, cabizbajo, discurso en tono bajo, algo descuidado, de negro. Algún sollozo y desesperanza al explicarle su situación. Sólo quiere retomar su vida anterior o que le digan cómo va a ser. Duerme fatal, le despierta el dolor. Come mal, o no tiene hambre o devora. Mucha pérdida de peso que atribuye a pérdida de masa muscular al dejar de entrenar. Bastantes diarreas. Vive con su padres, no ayuda con la casa, "no puedo". Sale poco de casa, no actividades de ocio. Derivado a salud mental primera cita el 20.2.17
Psiquiatría- HUMV: 20.2.17
M. C: Remitido por su MAP, 36 años, soltero, trabaja en el servicio de limpieza, de baja desde junio 2015.A.P.: Antecedentes de tratamiento psicológico- psiquiátrico en esta USM en 2012 con diagnóstico de T. Adaptativo.
En tratamiento con Lorazepam lmg si precisa, Lyrlca 150 1-0-1, Lexatin 3 1-0-0, Cymbalta 60 1-0-0 pautado por su MAP.
HS Actual: Comenta accidente de tráfico en junio 2015, desde entonces refiere intenso dolor incompatible con sus actividades laborales, deporte...Diagnosticado de hernia discal dcha L5-S1 con efecto compresivo radicular. Se acuesta 11:30 pm, se desvela con facilidad por el dolor, se levanta 6am-10am, se entretiene con la lectura, internet. Apetito variable: a días poco, otras mucho; a veces siesta....
Examen mental: Consciente, orientado, conducta social correcta, discurso centrado en su problemática física, actitud antiálgica, anhedonia parcial, sin alteraciones delirantes-alucinatorias, refiere ideación autolítica ocasional sin intencionalidad definida (no intentos autolíticos previos).
Evaluación social y familiar: Vive con sus padres.
Antecedentes Somáticos: Hernia discal.
Diagnóstico: T. Adaptativo.
Plan terapéutico: Mismo tratamiento: Lorazepam lmg si precisa, Lyrica 150 1-0-1, Lexatin 3 1-0-0,Cymbalta 60 1-0-0.
Alta y control por su MAP.
REVISIÓN
EPP (19.4.17 Dra. Rosana )
Consciente, orientado, con dolor generalizado. Lloroso porque dice que en ocasiones tiene relajación de esfínter anal y se le van las heces. Está muy triste y desesperanzado por que no puede con las piernas cuando antes hacia 3h de gimnasia al día (kimboxing, karate, triatlón, defensa personal) estuvo unos 14años de escolta. No se puede atar ni las playeras como para meterse en una alcantarilla.
CONCLUSIONES
DEFICIENCIAS MÁS SIGNIFICATIVAS
HERNIA DISCAL L5-S1 DERECHA COMPRESIVA CON RADICULOPATÍA BILATERAL MODERADA. TRASTORNO ADAPTATIVO REACTIVA
OTROS DIAGNÓSTICOS: CERVICALGIA
TRATAMIENTO EFECTUADO, CENTRO ASISTENCIA AL ENFERMO
MÉDICO: METAMIZOL/8H, DICLOFENACO 50/ SOLO EN FASE DE AGUDIZACIÓN, LYRICA 150/12H, OMEPRAZOL/24H, LORAZEPAM 1MG/24H, LEXATÍN 3MG/12H, CYMBALTA 60/24H; PALEXIA RETARD 50/12H.CONTROL EN HUMV DE INFILTRACIÓN
EVOLUCIÓN
CRÓNICA
POSIBILIDADES TERAPÉUTICAS Y REHABILITADORAS
PENDIENTE DE NUEVA INFILTRACIÓN (DESDE 2.2.17)
LIMITACIONES ORGÁNICAS Y FUNCIONALES
DERIVADAS DE LAS DEFICIENCIAS ANTES RESEÑADAS
CONCLUSIONES
GRADO FUNCIONAL LOCOMOTOR: 3, LIMITACIONES PARA REQUERIMIENTO ESTÁTICOS O DINÁMICOS DE COLUMNA MAYORES QUE LIGEROS."
Interpuesta demanda frente a dicha decisión, fue estimada por sentencia de este mismo Juzgado Social de fecha 7 de marzo de 2018, por la cual se declara al demandante afecto de incapacidad permanente total para su profesión habitual de encargado de servicio de alcantarillado, derivada de enfermedad común, con prestación en cuantía del 55% de una base reguladora de 2.523,74 euros mensuales, y efectos económicos al cese en la actividad.
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- El 15 de mayo de 2017 el actor causó baja expedida por el Servicio Cántabro de Salud con diagnóstico de traumatismo de tronco no especificado, accidente de automóvil.
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- Mediante resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de fecha 22 de junio de 2017 se declaró que dicha baja no tenía efectos económicos al tratarse de la misma o similar patología que el proceso anterior ya agotado.
Formulada reclamación previa, fue desestimada mediante resolución de fecha 27 de octubre de 2017, previo Informe emitido el 24 de octubre de 2017 por la Médico Inspector con el siguiente contenido.
"1. DATOS DEL PROCESO DE INCAPACIDAD PERMANENTE;
Fecha de Resolución: 26.04.2017, NO GRADO
Profesión: ENCARGADO SERVICIO DE ALCANTARILLADO.
DIAGNÓSTICO:
HERNIA DISCAL LS-S1 DERECHA COMPRESIVO CON RADICULOPATÍA BILATERAL
MODERADA TRASTORNO ADAPTATIVO REACTIVO.
OTROS DIAGNÓSTICOS: CERVICALGlA
LIMITACIONES ORGÁNICAS/FUNCIONALES
GRADO FUNCIONAL LOCOMOTOR/RAQUIS. 3, limitado para requerimientos estáticos o dinámicos de la columna mayor que ligeros.
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DATOS DEL PROCESO DE I. TEMPORAL QUE ORIGINÓ EL EXPEDIENTE DE 1. PERMANENTE:
Fecha de baja: 22.06.2015 A...
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STSJ Cantabria 512/2019, 5 de Julio de 2019
...16-7-2012 (Rec. 3027/2011), 13-11-2012 (Rec. 4367/2011) y 10-12-2012 (Rec. 3429/2011). De forma más concreta, las SSTSJ de Cantabria de 15-10-2018 (Rec. 525/2018), 17-4-2017 (Rec. 46/2017), 21-11-2018 (Rec. 686/2018) y de 17-4-2017 (Rec. 46/2017), se pronuncian respecto a supuestos en los q......