STSJ País Vasco 1133/2017, 16 de Mayo de 2017
Ponente | JESUS PABLO SESMA DE LUIS |
ECLI | ES:TSJPV:2017:1903 |
Número de Recurso | 946/2017 |
Procedimiento | Recurso de suplicación |
Número de Resolución | 1133/2017 |
Fecha de Resolución | 16 de Mayo de 2017 |
Emisor | Sala de lo Social |
RECURSO Nº: Suplicación / E_Suplicación 946/2017
NIG PV 48.04.4-16/005632
NIG CGPJ 48020.44.4-2016/0005632
SENTENCIA Nº: 1133/2017
SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
En la Villa de Bilbao, a 16 de Mayo de 2017.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Iltmos/as. Sres/as. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en Funciones, D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI y Dª ANA ISABEL MOLINA CASTIELLA, Magistrados/as, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A
En el Recurso de Suplicación interpuesto por EUSKALTEL S A contra la sentencia del Juzgado de lo Social num. 7 de los de BILBAO (BIZKAIA) de fecha 18 de enero de 2017, dictada en proceso sobre RPC, y entablado por Marcelino, Teodosio, Victor Manuel, Cosme, Horacio, Plácido, Luis Manuel, Baldomero, Federico, Marcial, Víctor, Alfredo, Eliseo, Julián, Secundino, Pedro Francisco, Daniel, Isidoro, Roman, Aida, Juan Pedro, Claudio, Ignacio, Romeo, Irene, Pedro Antonio, Desiderio, Javier, Santos, Violeta, Abilio, Efrain, Lorenzo, Virgilio, Apolonio, Fausto, Melchor, Felicisima, Carlos Antonio, Bienvenido, Guillermo, Ramón, Juan Ramón, David, Joaquín, Teodulfo, Andrés, Feliciano
, Nemesio, Luis Francisco, Celso, Jacinto y Simón frente a EUSKALTEL S A, FOGASA y ZTE MANAGED SERVICES SOUTHERN EUROPE S.L.U. .
Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. PABLO SESMA DE LUIS, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:
PRIMERO.- Los trabajadores demandantes mayores de edad vinieron trabajado para la empresa EUSKALTEL con las circunstancias profesionales que obran en el hecho 1º de la demanda hasta que con fecha de efectos 1/12/2014 pasaron por subrogación estatutaria a la empresa ZTE MANAGED SERVICES SOUTHERN EUROPE SLU .
SEGUNDO.- Ello fue parte del proceso de externalización puesto en marcha por la empresa en el 2014, a cuyo fin se suscribió en abril de 2014 un Acuerdo Marco entre EUSKALTEL y el Comité de empresa de EUSKALTEL en el que se fijaban una seríe de garantías para aquellos trabajadores que pudieran venir a ser afectados por las transmisiones por parte de EUKALTEL de unidades productivas autónomas susceptibles de externalización cuyo contenido se da por transcrito. Se suscribió un acuerdo tripartito entre EUSKALTEL, ZTE MANAGED SERVICES SOUTHERN EUROPE SLU (nueva adjudicataria de los servicios de mantenimiento y garantía de servicio de la red) (Anexo XIV del Contrato Marco con ZTE) denominado Documento de reconocimiento del acuerdo de garantías laborales de aplicación al personal a transferir par los procesos de externalización de Euskaltel al contrato marco de outosourcing para la construcción, operación, mantenimiento y garantía de servicios de la red de Euskaltel con ZTE, (Doc 2 Euskaltel) en el que se asumía el referido Acuerdo marco de abril de 2014 antes citado.
TERCERO.- En el momento de la subrogación estaba vigente en EUSKALTEL el II Convenio Colectivo de empresa ( BOPV 13/5/2011).
CUARTO.- En BOPV de fecha 18/2/2016 se publica el III Convenio Colectivo de la empresa EUSKALTEL SA que se da por transcrito en particular los artículos:
Art 2: Ambito personal, Art 3 Vigencia, Art 27 Incremento Salarial.
QUINTO.- Las cantidades que resultarían de aplicarse proporcionalmente al tiempo trabajado en EUSKALTEL por los actores en el año 2014 el importe establecido como ajuste salarial 2014/2015 en el III Convenio Colectivo de EUSKALTEL SA ascendería a los importes recogidos en el hecho 8º de la demanda.
SEXTO.- Con fecha 3/5/2016 se interpuso papeleta de conciliación previa, celebrándose acto de conciliación sin efecto el 18/5/2016.
La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice:
"Estimando parcialmente la demanda promovida por Nemesio, Luis Manuel, Teodulfo, Luis Francisco, Teodosio, Alfredo, Eliseo, Secundino, Claudio, Pedro Antonio, Apolonio, Victor Manuel, Romeo
, Javier, Violeta, Efrain, Celso, Fausto, Melchor, David, Andrés, Juan Ramón, Daniel, Horacio
, Marcial, Federico, Víctor, Pedro Francisco, Ignacio, Joaquín, Feliciano, Jacinto, Marcelino, Cosme, Plácido, Juan Pedro, Desiderio, Santos, Bienvenido, Simón, Baldomero, Julián, Isidoro, Roman, Aida, Irene, Abilio, Lorenzo, Virgilio, Felicisima, Carlos Antonio, Guillermo y Ramón frente a la empresa EUSKALTEL SA, ZTE MANAGED SERVICES SOUTHERN EUROPE SLU y FOGASA sobre Soc Ord condeno a la empresa EUSKALTEL SA a que abone a los actores las siguientes cantidades:
Demandantes
Cantidad euros
Marcelino
325,42 €
Teodosio
362,08 €
Victor Manuel
362,08 €
Cosme
362,08 €
Horacio
343,75 €
Plácido
375,83 €
Luis Manuel
375,83 €
Baldomero
325,42 €
Federico
362,08 €
Marcial
362,08 €
Víctor
297,92 €
Alfredo
375,83 €
Eliseo
362,08 €
Julián
325,42 €
Secundino
362,08 €
Pedro Francisco 375,83 €
Daniel
325,42 €
Isidoro
362,08 €
Roman
375,83 €
Aida
343,75 €
Juan Pedro
362,08 €
Claudio
375,83 €
Ignacio
325,42 €
Romeo
362,08 €
Irene
375,83 €
Pedro Antonio 375,83 €
Desiderio
362,08 €
Javier
343,75 €
Santos
362,08 €
Violeta
375,83 €
Luis Francisco 362,08 €
Efrain
343,75 €
Lorenzo
325,42 €
Virgilio
362,08 €
Apolonio
343,75 €
Fausto
362,08 €
Melchor
325,42 €
Felicisima
375,83 €
Carlos Antonio 362,08 €
Bienvenido 343,75 €
Guillermo
375,83 €
Ramón
343,75 €
Juan Ramón 375,83 €
David
362,08 €
Joaquín
375,83 €
Teodulfo
362,08 €
Andrés
362,08 €
Feliciano
343,75 €
Nemesio
343,75 €
Luis Francisco
325,42 €
Celso
362,08 €
Jacinto
362,08 €
Simón
362,08 €
más el 10% de mora en el pago.
Con absolución de la empresa ZTE MANAGED SERVICES SOUTHERN EUROPE SLU."
Frente a dicha resolución se interpuso el Recurso de Suplicación, que fue impugnado de contrario.
La recurrente propone que al relato de hechos probados de la sentencia de...
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ATS, 12 de Junio de 2018
...por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco de fecha 16 de mayo de 2017, en el recurso de suplicación número 946/2017 , interpuesto por Euskaltel SA, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n.º 7 de los de Bilbao/Bizkaia de fecha 18 de enero de......