STSJ Cataluña 6436/2016, 8 de Noviembre de 2016

PonenteMARIA DEL MAR GAN BUSTO
ECLIES:TSJCAT:2016:10644
Número de Recurso4004/2016
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIÓN
Número de Resolución6436/2016
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2016
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2014 - 8046632

CR

Recurso de Suplicación: 4004/2016

ILMO. SR. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA

ILMA. SRA. M. MAR GAN BUSTO

ILMO. SR. LUIS REVILLA PÉREZ

En Barcelona a 8 de noviembre de 2016

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 6436/2016

En el recurso de suplicación interpuesto por Jon y otros frente a la Sentencia del Juzgado Social 8 Barcelona de fecha 21 de Diciembre de 2015 dictada en el procedimiento Demandas nº 1003/2014 y siendo recurrido/a Anodi color, S.L., Fondo de Garantia Salarial, Productos Balumco S.A. y Sabino . Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. M. MAR GAN BUSTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 23 de octubre de 2014 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclamación cantidad, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 21 de Diciembre de 2015 que contenía el siguiente Fallo:

Que desestimando la demanda promovida por Jon, Modesta, Juan Enrique, Adelaida, Ceferino, Eufrasia, Gumersindo, Nicolas Y Jose Daniel debo absolver y absuelvo a PRODUCTOS BALUMCO, S.A., Sabino, ANODI COLOR SL y FONS DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA) de las pretensiones de la demanda.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"Que la parte actora presentó demanda judicial en fecha 21-10-2014 con el siguiente contenido: Letrado: JAUME GARCIA VICENTE Colegiado nº: 11647

Colegio: ICAB

AL JUZGADO DE LO SOCIAL

JAIME GARCIA VICENTE, Letrado y apoderado según poderes otorgados el 21/07/11 ante el notario de Barcelona Ricardo Ferrer Marsal con nº de protocolo 2.220, de los trabajadores:

RELACIÓN DE TRABAJADORES

  1. Jon, con D.N.I. nº NUM000 con domicilio en

    08830 SANT BOI DE LLOBREGAT, DIRECCION000, NUM001, NUM002,ingresó en la empresa el 01/12/2003, con la categoría profesional de DELINEANTE,y con un salario diario de

    77,70 €, con la inclusión de la parte proporcional de gratificaciones extraordinarias.

  2. Modesta, con D.N.I. nº NUM003 con domicilio

    en 08901 LHOSPITALET DE LLOBREGAT, DIRECCION001, NUM004, ingresó en la empresa el 01/06/1989, con la categoría profesional de LIMPIADORA, y con un salario diario de

    18,22.-€ con la inclusión de la parte proporcional de gratificaciones extraordinarias.

  3. Juan Enrique, con D.N.I. nº NUM005 con domicilio en

    08901 L'HOSPITALET DE LLOBREGAT, DIRECCION002, NUM006, NUM004,ingresó en la empresa el 09/01/1987, con la categoría profesional de GR 3, y con un salario diario de 57,37.- €, con la inclusión de la parte proporcional de gratificaciones extraordinarias.

  4. Adelaida, con DN.I.nº NUM007 con domicilio en 08018 BARCELONA,

    DIRECCION003, NUM008, NUM009 NUM010, ingresó en la empresa el 20/09/1982, con la categoría profesional de OFICIAL 2ª ADMINISTRATIVA,ycon un salario diariode 51,18.-€, con la inclusión de la parte proporcional de gratificaciones extraordinarias.

  5. Ceferino, con D.N.I. nº NUM011 con domicilio en 08756

    LA PALMA DE CERVELLO, DIRECCION004, NUM004 ingresó en la empresa el 10/01/2005, con la categoría profesional de DIRECTOR COMERCIAL, y con un salario diario de 129,10.- €, con la inclusión de la parte proporcional de gratificaciones extraordinarias.

  6. Eufrasia, con D.N.Il nº NUM012 con domicilio en 08860

    CASTELLDEFESLS, DIRECCION005, NUM013, ESC NUM014, NUM015 NUM015, ingresó en la empresa el 01/10/1995, con la categoría profesional de AUXILIAR ADMINISTRATIVA, y con un salario diario de 44,66.- €, con la inclusión de lap arte proporcional de gratificaciones extraordinarias.

  7. Gumersindo, con D.N.I. nº NUM016 con domicilio en 08032 BARCELONA, DIRECCION006, NUM017, NUM015 NUM004, ingresó en la empresa el

    03/11/2003, con la categoría profesional de GR 5 y con un salario diario de 62,56.- €, con la inclusión de la parte proporcional de gratificaciones extraordinarias.

  8. Nicolas, con D.N.I. nº NUM018 con domicilio en 08907 L'HOSPITALET DE LLOBREGAT, DIRECCION007, NUM019, NUM002 NUM015, ingresó en la empresa el 08/01/1987, con la categoría profesional de OFICIAL 2º, y con un salario diario de 61,06.- € con la inclusión de la parte proporcional de gratificaciones extraordinarias.

  9. Jose Daniel, con D.N.I. nº NUM020 con domicilio en 08830 SANT BOI DE LLOBREGAT, RONDA000, NUM021, ESC NUM022, NUM010 NUM015, ingresó en la empresa el 13/10/1976, con la categoría profesional de OFICIAL 1º, y con un salariodiario de 82,56.- €, con la inclusión de la parte proporcional de gratificaciones extraordinarias. 10. Pedro Jesús, con D.N.I. nº NUM023 con domicilio en 08830 SANT BOI DE LLOBREGAT, DIRECCION008, NUM024, NUM015 ESC NUM022, ingresó en la empresa el 12/06/1992, con la categoría profesional de JEFE GRUPO, y con un salario diario de 84,27.- €, con la inclusión de la parte proporcional de gratificaciones extraordinarias.

  10. Filomena, con D.N.I. nº NUM025 con domicilio en 08740 SANT ANDREU DELA BARCA, DIRECCION009, NUM026 NUM014, ingresó en laemlpresa el 07/12/1983, con la categoría profesional deOFICIAL 1º ADMINISTRATIVA, y con un salario diario de 56,51.- € con la inclusión de la parte proporcional de gratificaciones extraordinarias.

  11. Saturnino, con D.N.I. nº NUM027 con domicilio en 08830 SANT BOI DE LLOBREGAT, DIRECCION010 NUM028, NUM002, ingresó en la empresa el 12/02/1987, con la categoría profesional de OFICIAL 1º JE, y con un salario diario de 71,06.- € con la inclusión de la parte proporcional de gratificaciones extraordinarias.

  12. Ambrosio, con D.N.I. nº NUM029 con domicilio en 08901 L'HOSPITALET DE LLOREGAT, DIRECCION011, NUM030, NUM002 NUM015, ingresó en la empresa el 25/10/1982, con la categoría profesional de OFICIAL 1º, y con un salario diario de 62,22.- €, con la inclusión de la parte proporcional de gratificaciones extraordinarias.

    Ante el Juzgado de lo Social comparece y como mejor en derecho proceda, DICE

    Que formula demanda de conciliación por RECONOCIMIENTO DE DERECHO Y RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, frente a las empresas:

    . "PRODUCTOS BALUMCO, S.A. " con NIF A59910943, con domicilio en 08907 L'HOSPITALET DE LLOBREGAT, AVDA PAU CASALS, 96, del ramo de METAL

    . " Sabino, en su calidad de Administrador Concursal de la Empresa "Productos Balumco, S.A.", domiciliado en 08022 BARCELONA, CALLE000, NUM031, Torre.

    . "ANODI COLOR, S.L." NIE B90040551, domiciliado en 41001 SEVILLA, Calle Fael Gonzalez Abreu, 2. Fundo la presente en base a los siguientes,

    . FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, con domicilio en a 08002 BARCELONA, Plaça Catalunya, 20, 2º. Fundo la presente en base a los siguientes:

HECHOS
PRIMERO

ANTECEDENTES, BALUMCO: EMPRESA EN CONCURSO

  1. La parte actora ha prestado sus serv icios para la parte demandada, Productos Balumco, S.A., con la antigüedad, categoría y salario con prorrata de pagas extras que se especifican en el encabezamiento.

  2. A su vez la empresa fue declarada en situación de concurso, mediante auto de 21/09/11, dictado por el Juzgado de lo Mercantil de Barcelona, nº 2

  3. Los trabajadores prestaban sus servicios a jornada completa y en el centro de trabajo que la empresa tiene en Hospitalet, Calle Pau Casals.

  4. El convenio aplicable es el del Comercio del metal.

SEGUNDO

EN FECHA 8/08/11, SE DICTÓ RESOLUCIÓN EN E.R.E. Nº EXPEDIENTE NUM032 POR EL QUE SE ACORDABA LA EXTINCIÓN DE LOS CONTRATOS DE LOS ACTORES

  1. En fecha 8/08/11 se dictó Resolución por parte de la Autoridad Laboral en Expediente de Regulación de Empleo nº NUM032 mediante la cual se autorizaba la extinción de las relaciones laborales de los 13 trabajadores demandantes.

  2. La empresa procedió a la extinción de las relaciones laborales en fecha 31/08/11, con excepción de las trabajadoras Adelaida y Modesta cuyas relaciones laborales fueron extinguidas en fecha posterior.

  3. El Expediente de Regulación de Empleo fue pactado, es decir la autoridad laboral homologó el pacto alcanzado.

  4. Del citado ERE se derivaron unas cantidades que se detallan en el hecho siguiente.

TERCERO

CUANTÍAS ADEUDADAS POR INDEMNIZACIÓN DE E.R.E., QUE NI BALUMCO, NI LEFOSE PREVISIBLEMENTE ABONARÁN

  1. La empresa Balumco no ha abonado las cuantías correspondientes a la indemnización fijadas en el acta de finalización del período de consultas con acuerdo, cuyo monto asciende a:

    TRABAJADORES INDEMNIZACIÓN

    1 Jon 17.868,89€

    2 Modesta 8.744,39€

    3 Juan Enrique 27.536,83€

    4 Adelaida 24.565,41€

    5 Ceferino 21.664,03€

    6 Eufrasia 19.480,52€

    7 Gumersindo 14.531,42€

    8 Nicolas, 29.308,80€

    9 Jose Daniel 38.846,40€

    10 Pedro Jesús 38.846,40€

    11 Filomena 27.125,30€

    12 Saturnino 34.108,07€

    13 Ambrosio 29.864,47€

    TOTAL TRABAJADORES 332.490,93€

  2. Al haberse devengado las sumas antes señaladas con fecha anterior a la declaración del concurso, se trata de deudas concursales, con los privilegios que la Ley Concursal le otorga.

  3. Los han percibido del FGS las sumas que en la siguiente tabla se descuentan TRABAJADORES INDEM.PACTADA pagado fgs Pendiente Jon, 17.868,89 11.575,40 6.293,49 Modesta 8.744,39 6.650,30 2.094,09

    Juan Enrique 27.536,82 20.940,05 6.596,78

    Adelaida 24.565,41 18.680,70 5.884,71

    Ceferino 21.664,03 9.957,08 11.706,95

    Eufrasia 19.480,52 14.216,62 5.263,90

    Gumersindo 14.531,42 9.801,28 4.730,14

    Nicolas 29.308,80 22.286,90 7.021,90

    Jose Daniel 38.846,40 27.258,20 11.588,20

    Pedro Jesús 38.846,40 27.258,20 11.588,20

    Filomena 27.125,30 20.626,15 6.499.15

    Saturnino 34.108,07 25.936,90 8.171,17

    Ambrosio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR