STSJ Castilla y León 1415/2009, 23 de Julio de 2009

PonenteJOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLO
ECLIES:TSJCL:2009:4772
Número de Recurso451/2009
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1415/2009
Fecha de Resolución23 de Julio de 2009
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº: 506/2009 Señores:

Ilmo. Sr. D. Carlos Martínez Toral

Presidente Acctal.Ilmo. Sr. D. José Luis Rodríguez Greciano

Magistrado

Ilmo. Sr. D. Ignacio de las Rivas Aramburu

Magistrado

En la ciudad de Burgos, a veintitrés de Julio de dos mil nueve. En el recurso de Suplicación número 451/2009 interpuesto por DOÑA Elisabeth , frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Burgos en autos número 210/2009 seguidos a instancia de la recurrente, contra CORTEFIEL S.A. y el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, en reclamación sobre Despido. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. Don José Luis Rodríguez Greciano que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 10 de Mayo de 2009 cuya parte dispositiva dice: Que desestimando la demanda presentada por DOÑA Elisabeth contra CORTEFIEL, S.A. Y FONDO DE GARANTIA SALARIAL, debo declarar y declaro procedente el despido que ha sido operado a la actora por la empresa demandada, absolviendo a la empresa CORTEFIEL S.A., de los pedimentos contenidos en la demanda.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes:

PRIMERO

DOÑA Elisabeth ha venido prestando servicios para la empresa CORTEFIEL S.A., con una antigüedad de 1 de agosto de 1.977, ostentando la categoría profesional de Auxiliar de Caja y salario mensual bruto con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias de 1.665,01 #, percibiendo la demandante la cantidad mensual de 797,25 # en concepto de sueldo base, 147,63 # en concepto de antigüedad consolidada y 67,49 # en concepto de paga de beneficios, lo que supone un total de 1.012,37, percibiendo cantidades variables mensualmente en concepto de "captación socios club", siendo la media de lo percibido por dicho concepto durante el año 2.008, de 652,64 # mensuales.

SEGUNDO

La empresa CORTEFIEL S.A., está asociada con el programa de puntos de la empresa TuryOcio, en virtud del cual cada vez que uno de sus clientes adquiere cualquiera de las prendas que comercializa CORTEFIEL S.A., tiene la oportunidad de presentar su tarjeta del citado programa y así, ir acumulando puntos, que posteriormente puede canjear de manera gratuita a cambio de los premios que dicho programa facilita, y para formalizar dicha asociación con el programa de puntos de la empresa TuryOcio, CORTEFIEL S.A., ha suscrito un contrato de adhesión al programa, por el que se hace responsable frente a PMS S.A., que es la Sociedad responsable del programa citado, por cualquier actuación negligente producida en relación al cumplimiento de las normas del programa, figurando en el Estatuto del Patrocinador del Programa que el Patrocinador participa en el programa de modo que los titulares obtengan puntos electrónicos al realizar compras en los establecimientos del Patrocinador, obligándose este último a realizar la promoción, publicidad y comercialización del programa de forma diligente y con sujeción a lo previsto por el Estatuto y por las condiciones operativas que se acuerden, dirigiendo su actividad en todo momento a incrementar el éxito y aceptación por el público del mismo, señalando igualmente que el Patrocinador pagará inicialmente la cantidad de 2,20 pts (0,015025 #) por punto, cuantía que será actualizada anualmente por el Consejo de Administración de PMS, fijando que cualquiera de las partes (PMS o el Patrocinador) indemnizará a la otra por los daños causados a ésta por el incumplimiento por parte de aquélla de los términos del Estatuto.

En las Condiciones Generales del contrato se establece que el Programa TuryOcio patrocinado por la empresa PMS S.A. premia la fidelidad de los clientes dentro de las empresas participantes, así como que los Turys no son en ningún modo transferibles ni negociables, señalando igualmente que la tarjeta TuryOcio es de carácter familiar y tiene una vigencia ilimitada, pudiendo solicitar el titular tarjetas adicionales para otros miembros de su unidad familiar, constituyendo la tarjeta el elemento operativo del programa TuryOcio y faculta al titular para su participación en el Programa, siendo PMS la propietaria de la tarjeta, y el titular es el depositario y usuario de la misma y responsable de su correcta utilización.

En dichas condiciones generales se estipula asimismo que PMS se reserva el derecho a cancelar lacuenta de Turys, anular el saldo, retirar la tarjeta y exigir las responsabilidades pertinentes al titular que realice un uso indebido o fraudulento a través de la tarjeta, así como de los Turys o incumpla las condiciones generales, señalando igualmente que la obtención de los Turys se llevará a cabo en el momento de abonar el importe de las compras o el de cualquier otro servicio en moneda de curso legal en España, abonándose los Turys electrónica y periódicamente, siendo los premios emitidos personales e intransferibles.

TERCERO

La actora es titular desde el mes de junio de 1.998, de la tarjeta TuryOcio número 972441 6475667 00 6, no figurando nombre de personal alguna, no habiendo la demandante solicitado tarjetas adicionales para otros miembros de su unidad familiar.

CUARTO

En el mes de noviembre de 2.008 el Encargado de una tienda de la empresa CORTEFIEL S.A., en Pamplona detectó un comportamiento anómalo en cuanto al uso de la tarjeta TuryOcio por parte de una empleada de dicha tienda, habiendo solicitado dicho Encargado a la central de la empresa CORTEFIEL S.A. que procediera a efectuar una auditoría relacionada con el uso de las tarjetas TuryOcio, decidiendo la empresa efectuar dicha auditoría con carácter general, para lo cual, en fecha 2 de enero de 2.009 CORTEFIEL S.A. y PMS S.A., suscribieron contrato de cesión de datos, por el que se acordó que PMS S.A. cede a CORTEFIEL S.A. los datos relativos a la identidad del titular (nombre, apellidos y DNI/NIF) de las tarjetas TuryOcio cuyo número de tarjeta solicita CORTEFIEL S.A., con fines de control de fraude, no pudiendo CORTEFIEL S.A. hacer cualquier otro uso de los datos que exceda esta finalidad.

A partir de ese momento, el Departamento de Auditoría Interna de CORTEFIEL S.A. procedió a efectuar una investigación sobre el uso por los empleados de las tarjetas TuryOcio, comprobando que existían numeraciones de tarjetas TuryOcio con un número muy elevado de operaciones en las que al pagarse las compras se presentaban las tarjetas de fidelización propias del Club Cortefiel o se realizaba el pago mediante tarjeta de crédito/débito, de forma que se podía saber el titular de la compra, considerando que cuando se comprobaba que aparecían distintos titulares tanto de la tarjeta Club Cortefiel como de las tarjetas de crédito/débito, pero se pasaba siempre el mismo número de tarjeta TuryOcio, podía existir una actuación fraudulenta en la utilización de la tarjeta TuryOcio, comprobando en el caso de DOÑA Elisabeth que el periodo comprendido entre el 1 de octubre al 29 de noviembre de 2.008 tiene imputadas en su tarjeta TruyOcio un total de 59 operaciones que suponen un gasto por valor de 10.343,88 #, que son las siguientes:

FECHA Nº USOS IMPORTE TOTAL 20081001 1 72,80 20081004 2 238,70 20081006 1 252,50 20081007 2 79,80 20081009 3 172,57

20081010 2 7,00

20081011 1 74,80 20081015 1 123,70 20081016 3 356,20 20081017 1 119,00 20081018 1 74,80

20081020 1 32,92

20081022 3 37,90

20081023 2 30,0020081024 1 142,50

20081025 1 59,85

20081031 1 29,92

20081104 2 126,67

20081105 2 487,37

20081107 1 205,18

20081108 2 232,27

20081110 1 37,42

20081111 1 71,80

20081112 2 0,00

20081114 1 49,90

20081117 1 16,75

20081118 2 107,92

20081119 2 24,98

20081120 2 1.997,90

20081121 1 1.272,00

20081122 2 46,07

20081125 3 214,81

20081126 2 62,73

20081127 2 854,82

20081128 2 342,08

20081129 1 2.288,25

TOTALES 59 10.343,88 de las cuales 59 operaciones corresponden a ventas y 5 son devoluciones, en las que no han sido devueltos los puntos TuryOcio, que es lo que debe hacerse cuando se produce una devolución.

De esas 54 operaciones, hay 9 que corresponden a la actora, dado que ha sido pasada la tarjeta de empleado que le da derecho a descuento, y además hay una operación más que ha sido realizada con la tarjeta del Club Cortefiel, que corresponde a una persona desconocida, restando por lo tanto, 44 operaciones en el indicado periodo en las que los titulares de las tarjetas de Club Cortefiel son distintos, siendo el total del importe de esas ventas, de 8.857,93 #, tratándose de las siguientes operaciones:

Fecha Ticket Importe Tarjeta Club 20081125 41676 80,81 NUM000 20081105 46053 315,67 NUM00120081104 50247 37,42 NUM002 20081004 48971 117,00 NUM003 20081121 50910 1.272,00 NUM004 20081125 17935 116,10 NUM005 20081126 18073 44,91 NUM006 20081023 16525 49,90 NUM007 20081031 50107 29,92 NUM008 20081015 49356 123,70 NUM009 20081010 15962 -72,80 NUM010 20081125 51029 17,90 NUM011 20081111 50657 71,80 NUM012 20081007 15810 44,90 NUM007 20081119 17799 54,90 NUM013 20081126 18075 17,82 NUM014 20081001 48752 72,80 NUM010 20081010 15963 79,80 NUM010 20081122 17890 33,90 NUM015 20081011 49293 74,80 NUM016 20081016 16175 55,80 NUM017 20081016 16174 121,80 NUM018 20081016 16173 178,60 NUM018 20081112 50685 -142,50 NUM019 20081119 17815 -29,92 NUM019 20081104 17119 89,25 NUM020 20081127 51211 810,00 NUM021 20081112 50686 142,50 NUM019 20081108 50611 172,42 NUM019 20081117 51217 44,82 NUM022 20081128 18324 26,91 NUM023 20081024 16565 142,50 NUM024 20081023 16539 -19,90...

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