STSJ Andalucía 2235/2007, 11 de Octubre de 2007

PonenteJOSE MANUEL GONZALEZ VIÑAS
ECLIES:TSJAND:2007:12978
Número de Recurso1856/2007/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2235/2007
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2007
EmisorSala de lo Social

2235/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA

Recurso: SUPLICACION 1856/2007

Sentencia Nº 2235/07

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. RAMON GOMEZ RUIZ, ILTMO. SR. D. JOSE MANUEL GONZALEZ VIÑAS

En la ciudad de Málaga a once de octubre de dos mil siete

La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA CON SEDE EN MALAGA, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el Recurso de SUPLICACION interpuesto por GE HEALTHCARE BIO-SCIENCES S.A. contra la sentencia dictada por JUZGADO DE LO SOCIAL Nº7 DE MÁLAGA, ha sido ponente el Iltmo./Iltma Sr. /Sra D./ JOSE MANUEL GONZALEZ VIÑAS

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Rosendo sobre Despidos siendo demandado GE HEALTHCARE BIO-SCIENCES S.A., IBA MOLECULAR SPAIN S.A. y SCHERING ESPAÑA S.A. habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 19 de Febrero de 2007 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

Don Rosendo con DNI NUM000 comenzó a prestar servicios el día 1-6-98 por contrato indefinido a tiempo completo para la mercantil Amsersham Health SA como facultativo responsable de radiofarmacia con categoría profesional de grupo 7. La empleadora termino siendo tras las fusiones operadas la mercantil GE HEAL THCARE BID SCIENCIES SA. El actor ha prestado sus servicios para esta mercantil hasta el día 14 de noviembre de 2006 con un salario diario de 122, 81 euros.

SEGUNDO

GE HEAL THCARE BID SCIENCIES SA, procedente de la fusión por absorción de General Electric SA con Amsersham Health SA, venia desarrollando la adjudicación de la concesión por cuatro años en cada concurso de "la contratación mixta del suministro de Radiofarmacos y Servicio de gestión de Residuos de Hospitales del SAS". Dicha adjudicación se había obtenido en dos primeros concursos ofertados por el Servicio Andaluz de salud, siendo el ultimo de 24-6- 02.

TERCERO

El nuevo concurso convocado y publicado el 18 de junio de 2006 por el Servicio Andaluz de Salud fue adjudicado en resolución de 29 de septiembre de 2006 a la mercantil SCHERING ESPAÑA SA. Con fecha 10 de noviembre de 2006 se suscribió el contrato entre el SAS y SCHERING ESPAÑA SA que se da por reproducido.

CUARTO

La mercantil SCHERING ESPAÑA SA vendió a la mercantil IBA MOLECULAR los activos de la división de medicina nuclear en documento privado que se elevo a documento público mediante escritura publica de 6-4-06 otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Celso Méndez Ureña, obrante al numero 1.526 de su Protocolo. Ambas empresas suscribieron un contrato de distribución el 28 de abril de 2006, y en fecha 15 de mayo de 2006 firmaron una estipulación adicional al mismo por la que estipulaban la vía de sustitución en el concurso público que convocaba el SAS, que se da por reproducida.

QUINTO

Con fecha 8-11-06 el actor recibió carta de su empleador GE HEAL THCARE BIO SCIENCIES SA del tenor siguiente: " Tal y como le hemos venido informando durante las ultimas fechas, por la presente le confirmamos que como consecuencia de resolución del Servicio Andaluz de salud en virtud de la cual se otorga a SCHERING ESPAÑA SA (SCHERING) la concesión del suministro de radiofarmacos y el servicio de gestión de residuos radioactivos en sus hospitales, a partir del próximo día 15 de noviembre de 2006 (o la entidad que legalmente pudiera sucederle- IBA MOLECULAR SPAON SA) se subrogara en el suministro de radiofarmacos y gestión de residuos radioactivos que hasta la fecha ha venido realizando GE HEAL THCARE BIO SCIENCIES SA ( GE HEAL THCARE) en los hospitales del Servicio Andaluz de Salud).

Igualmente les informamos que la transmisión conforme al pliego de condiciones, publicado el 18 de junio de 2006 en el BOE, regulador del concurso otorgado a SCHERING de las Unidades de radiofarmacia, en tanto íntegramente equipadas y por ello susceptibles de su utilización de manera inmediata y sin solución de continuidad desde el cese de GE HEAL THCARE, constituyen un supuesto de sucesion de empresa al amparo de lo establecido en el articulo 44 del Estatuto de los Trabajadores.

Así y en su condición de nuevo adjudicatario de las Unidades de radio Farmacia de acuerdo a lo establecido en el articulo 44 del Estatuto de los Trabajadores y con efectos de 15 de noviembre de 2006, SCHERING, o la entidad a la que finalmente le fuere asignada la gestión de las Unidades de radiofarmacia (en este sentido, y pese a no haber recibido ninguna notificación oficial por parte de SCHERING, a GE HEAL THCARE ha tenido conocimiento de que dicha entidad pudiera se IBA MOLECULAR SPAIN SA), quedara subrogada su contrato de trabajo así como en la totalidad de los derechos y obligaciones que hasta la fecha tenia con GE HEAL THCARE. "

SEXTO

Desde el día 15 de noviembre de 2006 el actor presta sus servicios para IBA MOLECULAR SA con la categoría de radiofarmaceutico, grupo profesional 7, mediante contrato de duración determinada de la modalidad obra o servicio determinado, a tiempo completo con una retribución anual bruta de 27.000 euros. El salario bruto de mes de noviembre ha sido 1200 euros y de diciembre de 2006, 2.250 euros.

SEPTIMO

La cláusula adicional 2° del contrato de trabajo de 15-11-06 es del tenor siguiente: "El presente contrato no supone sucesión empresarial ni subrogación laboral respecto a la relación laboral mantenida con la empresa anteriormente adjudicataria del Concurso Publico, siendo la actual una relación laboral nueva".

OCTAVO

El pliego de condiciones de la contratación del concurso publicado el 18-6-06, que se da por reproducido, dispone en el apartado 8.1.2 (ejecución) que: "Una vez formalizado el contrato el contratista deberá abonar a la empresa que actualmente viene suministrando radiofarmacos, AMRSHAM HEAL TH SA, la cantidad de 140.257,30 euros, en concepto de amortización de los bienes muebles, que como consecuencia de la ejecución del contrato ha instalado en los Hospitales de Torrecardenas, Virgen Victoria y Complejo Hospitalario de Jaén, o la cantidad que figure en la ultima resolución del SAS.. ". Según el contrato entre el SAS y SCHERING SA de 10-11-06, estipulación octava, la cantidad fue de 70.702,801 euros.

NOVENO

El contrato de 21-6-02 que se suscribió tras la adjudicación a la demandada GE HEAL THCARE BIO SCIENCIES SA, que se da por reproducido, dispone en el apartado de recursos técnicos que: "EI SAS pondrá a disposición del adjudicatario, exclusivamente para el uso aquí previsto, y durante el tiempo de la vigencia del contrato, las unidades de radiofarmacia de los hospitales relacionados, en las condiciones para que el adjudicatario instale el instrumental necesario para la ejecución del contrato. El adjudicatario acondicionara las dependencias, atendiendo a la normativa vigente para la elaboración de radiofarmacos y de acuerdo con el uso a que...

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