STSJ Andalucía 1579/2009, 20 de Abril de 2009

PonenteJOAQUIN LUIS SANCHEZ CARRION
ECLIES:TSJAND:2009:2641
Número de Recurso2762/2008/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1579/2009
Fecha de Resolución20 de Abril de 2009
EmisorSala de lo Social

1579/2009

Recurso nº 2762/08 AUR Sentencia nº 1579/09

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMOS. SRES.:

DON JOAQUÍN LUIS SÁNCHEZ CARRIÓN, Presidente

DOÑA MARÍA ELENA DÍAZ ALONSO

DON JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD

DON BENITO RECUERO SALDAÑA

En Sevilla, a veinte de abril de dos mil nueve.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, EN NOMBRE DEL REY, ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 1579/09

En el recurso de suplicación interpuesto por Unión General de Trabajadores de Andalucía, contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 3 de los de Huelva, en sus autos núm. 125/08; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don JOAQUÍN LUIS SÁNCHEZ CARRIÓN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Candelaria, contra Unión General de Trabajadores de Andalucía, sobre despido, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día dos de mayo de 2008 por el referido Juzgado, con estimación de la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"Primero.- La actora Doña Candelaria, con D.N.I. n° NUM000, ha venido prestando sus servicios por cuenta y bajo la dependencia de U.G.T. Andalucía, en el centro de trabajo sito en calle Puerto nº 28 de esta capital, con categoría profesional de Administrativa Sub 2, los períodos y en virtud de los contratos que a continuación se especifican:

A/.-del 15 de junio de 1999 al 30 de abril de 2000, en virtud de contrato a tiempo parcial (50% de la jornada), de duración determinada y para obra o servicio definido como "asistencia e información social, formativa, cultural y lúdica dirigidas al colectivo de personas mayores, así como información para la integración laboral y social de personas discapacitadas, según el Convenio firmado con la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía para el año 1999".

B/.-del 1 de agosto de 2000 al 30 de abril de 2001, en virtud de contrato a tiempo parcial (50% de la jornada), de duración determinada y para obra o servicio definido como "tareas de información, asistencia y actuación sindical para el acceso al mercado laboral de personas discapacitadas, así como información y orientación a personas mayores y actividades de preparación a la jubilación, según Convenios firmados con el Instituto Andaluz de Servicios Sociales de fecha 25/7/00".

C/.-del 7 de septiembre de 2001 al 31 de mayo de 2002, en virtud de contrato a tiempo completo, de duración determinada y para obra o servicio definido como "tareas de información y orientación a personas mayores y actividades de preparación a la jubilación, según Convenios firmados con el Instituto Andaluz de Servicios Sociales de fecha 24/7/01".

D/.-del 5 de septiembre de 2002 al 31 de mayo de 2003, en virtud de contrato a tiempo completo, de duración determinada y para obra o servicio definido como "tareas de información y orientación a personas mayores y actividades de preparación a la jubilación, así como de integración del discapacitado, según Convenios firmados con el Instituto Andaluz de Servicios Sociales de fecha 17/7/02".

E/.-del 1 de agosto de 2003 al 31 de mayo de 2005, en virtud de contrato a tiempo completo, de duración determinada y para obra o servicio definido como "tareas de información y orientación a personas mayores y actividades de preparación a la jubilación, así como de integración del discapacitado, según Convenios firmados con el Instituto Andaluz de Servicios Sociales de fecha 17/7/03". Con fecha 31 de mayo de 2004 ambas partes convinieron la transformación del contrato de la trabajadora de tiempo completo en un contrato a tiempo parcial con fecha de efectos desde el 1 de junio de 2004, y jornada semanal de 17 horas y treinta minutos.

F/.-del 22 de diciembre de 2005 al 31 de mayo de 2007, en virtud de contrato a tiempo completo, de duración determinada y para obra o servicio definido como "tareas de coordinación de los programas de asistencia, información social, formación cultural y lúdica dirigidas a los colectivos de mayores y discapacitados, según Convenio firmado con la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía para 2005, 2006 y 2007".

Segundo

Del 21 de junio de 2007 al 3 de octubre de 2007, la demandante prestó servicios como Técnico, en el Programa de Orientación Socio Laboral de los Trabajadores y Trabajadoras (Programa "Orienta"), en virtud de contrato a tiempo completo, de interinidad con bonificación, para sustituir a Doña Leticia durante el período de descanso por maternidad.

Tercero

La actora percibió prestaciones por desempleo entre el 1 de junio y el 4 de septiembre de 2002, entre el 1 de junio y el 30 de julio de 2003, entre el 1 de junio y el 21 de diciembre de 2005, y desde el 4 de octubre de 2007.

Cuarto

La finalización de cada uno de los contratos se comunicaba siempre por escrito a la trabajadora, que en todos los casos suscribía recibo de finiquito en el que declaraba "hallarse completamente saldada y finiquitada por todos y cuantos devengos salariales y extrasalariales me corresponden por razón de mi trabajo por cuenta de la mencionada entidad, sin tener nada más que pedir ni reclamar a la misma, quedando extinguida la relación laboral que me unía con ella".

Quinto

El día 13 de diciembre de 2007 la productora se reunió con Doña Reyes, Responsable de Personal de UGT-Huelva, quien le indicó que en principio no iba a poder ser contratada en el nuevo programa de discapacitados y mayores.

Sexto

En cada uno de los distintos períodos (a excepción del correspondiente al último contrato) la Sra. Candelaria ha desempeñado tareas de información y asesoramiento de mayores y discapacitados y apoyo a los representantes sindicales.

Ha participado en cursos de preparación a la jubilación, y asistido a charlas sobre la Ley de Dependencia.

Realizaba visitas a Centros Especiales de Empleo y, ocasionalmente, a empresas.

Séptimo

Con fecha 9 de enero de 2008 el Sindicato demandado suscribe con Doña María Virtudes contrato de duración determinada, a tiempo completo y para obra o servicio definido como "tareas administrativas para el desarrollo del programa "promoción de la empleabilidad de personas con discapacidad e igualdad de trato" durante el período 2007-2009, según convenio de colaboración firmado por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social y la Unión General de Trabajadores de Andalucía el 14-11-07". Con fecha 24 de mayo de 2008 ambas partes suscriben ampliación del objeto de dicho contrato, "realizando también tareas administrativas relativas a la promoción de la participación activa y social de las personas mayores, recogidas en la subvención concedida por la Consejería de Igualdad y Bienestar Social en fecha 19-12-2007".

Octavo

Damos por reproducido el Convenio de Colaboración suscrito entre la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social y la Unión General de Trabajadores de Andalucía para la realización del programa "Promoción de la empleabilidad de personas con discapacidad e igualdad de trato" durante el período 2007-2009 (folios 233 a 241), así como el Convenio de Colaboración suscrito entre la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social y la Unión General de Trabajadores de Andalucía para la realización del programa "Servicio de Asesoramiento y Orientación en materia de discapacidad" durante el período 2005-2007 (folios 242 a 251), y su Addenda de 9 de abril de 2007 (folios 252 y...

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