STSJ Andalucía 2383/2016, 22 de Septiembre de 2016

PonenteMARIA ELENA DIAZ ALONSO
ECLIES:TSJAND:2016:7447
Número de Recurso2489/2015
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2383/2016
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2016
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 2489/2015 S Sentencia nº 2383/2016

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

DOÑA MARIA ELENA DIAZ ALONSO.

DOÑA MARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA

DON JOSE JOAQUIN PEREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a veintidos de septiembre de dos mil dieciseis.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY, ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 2383/2016

En el recurso de suplicación interpuesto por el LETRADO DEL AYUNTAMIENTO DE SEVILLA, contra la sentencia del Juzgado de lo Social 4 de Sevilla, en sus autos núm. 416/13, ha sido Ponente la Iltma. Srª. Magistrada Doña MARIA ELENA DIAZ ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Romulo y D. Juan Enrique, contra el Excmo Ayuntamiento de Sevilla, sobre Despido, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 13 de marzo de 2,014 por el referido Juzgado, con estimación de la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO

D. Romulo, N.I.F. NUM000, vino prestando servicios bajo las órdenes y la dependencia del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, con la categoría profesional monitor de jardinería capataz obrero, con un salario diario de 89,46 euros (salario mensual= salario base 750,02 euros, complemento de productividad 84,66 euros, complemento de destino 394,79 euros, complemento específico 841,51 euros, antigüedad 157,86 euros, p.p. extras 485,02 euros).

D. Juan Enrique, N.I.F. NUM001, vino prestando servicios bajo las órdenes y la dependencia del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, con la categoría profesional monitor de pintura capataz, con un salario diario de 88,40 euros (salario mensual= salario base 720,02 euros, complemento de productividad 84,66 euros, complemento de destino 394,79 euros, complemento específico 841,51 euros, antigüedad 131,55 euros, p.p. extras 479,69 euros).

SEGUNDO

En autos constan los siguientes contratos de trabajo del Sr. Juan Enrique :

Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado, de

26.9.1994, para prestar servicios como monitor de pintura, señalándose como tal obra "la realización del proyecto subvencionado por la Junta de Andalucía. Formación en prácticas para la Ciudad-Polígono Sur" (folio

30).

Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado, de 16.09.1996, para prestar servicios como monitor de pintura, capataz, señalándose como tal objeto "la realización del proyecto pintura dentro del Programa Urban" (folio 31).

Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado, 1 de septiembre de 1997, para prestar servicios como monitor de pintura, capataz, con duración prevista hasta el

31.8.1998, señalándose como tal objeto, la realización del programa de formación en prácticas para la ciudad (folio 32). Por escrito de 29.7.1998 se le comunicó que "con fecha 31 de agosto del presente año finaliza la relación contractual que tiene con este Excmo. Ayuntamiento de Sevilla (Servicio de Planificación y Gestión Económica) por terminación de contrato" (folio 489).

Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado, de

1.09.1998, para prestar servicios como monitor de pintura capataz, con duración prevista hasta el 31.8.2000, señalándose como tal objeto, la prestación de servicios como monitor de pintura en la Escuela Taller de Miraflores (folio 33). Por escrito de 7.8.2000 se le comunicó que "con motivo de la finalización de la obra o servicio, objeto del contrato de trabajo que tiene usted suscrito con este Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, en fecha 01-09-1998, le comunico que su relación quedará extinguida a todos los efectos legales el próximo 31 de agosto de 2000" (folio 483).

Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado, de

29.12.2000, para prestar servicios como monitor de pintura, capataz, señalándose como tal obra Escuela Taller Miraflores III (folio 34). La relación laboral se extinguió con fecha de efectos de 28.12.2002 (folio 480).

Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado, de

30.12.2002, para prestar servicios como monitor de pintura, capataz, señalándose como tal objeto monitor de pintura Escuela Taller Miraflores IV (folio 35). Por escrito de 1.12.2004 se le comunicó que "la obra o servicio objeto del contrato que tiene Vd. suscrito con el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, de 30 de diciembre de 2002, finalizará el próximo día 29 de diciembre de 2004" (folio 476).

Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado, de

30.12.2004, para prestar servicios como monitor de pintura, capataz, señalándose como tal objeto, monitor de pintura E.T. Miraflores V (folio 36). Por escrito de 4.12.2006 se le comunicó que "la obra y/o servicio que tiene Vd. suscrito con el Excmo. De Sevilla de fecha 30 de diciembre de 2004, finalizará el próximo día 29 de diciembre de 2006" (folio 472).

Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado, de

22.2.2007, para prestar servicios como monitor de pintura, capataz, señalándose como tal objeto monitor de pintura Escuela Taller Miraflores VI (folio 37). Por escrito de 2.2.2009 se le comunicó que "la obra o servicio objeto del contrato que tiene Vd. suscrito con el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, de fecha 22 de febrero de 2007 finalizará el próximo día 4 de marzo de 2009" (folio 468).

Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado, de

5.3.2009, para prestar servicios como monitor de pintura, capataz, señalándose como tal objeto monitor de pintura E.T. Parque Miraflores (folio 38). Por escrito de 1.2.2011 se le comunicó que "la obra o servicio objeto del contrato que tiene Vd. suscrito con el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, de fecha 05/03/2009 finalizará el próximo día 16/02/2011" (folio 464).

Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado, de

1.3.2011, para prestar servicios como monitor de pintura, capataz, señalándose como tal obra monitor de pintura en E.T. parque cultural Miraflores, y se añade una cláusula adicional segunda "será contratado con cargo a la subvención otorgada para la Escuela Taller Parque Cultural Miraflores en base a la resolución de fecha 26 de noviembre de 2010 de la Dª Provincial del S.A.E. de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía. Los gastos del proyecto serán confinanciados con el fondo social europeo en un porcentaje del 80% a través del programa operativo 2007ES05U90001 (2007-2013 "Adaptabilidad y empleo". Dentro el eje 2 (convergencia phasing out, fomento de la empleabilidad, la inclusión social y la igualdad entre hombres y mujeres (folios 40 y 41).

TERCERO

En autos constan los siguientes contratos de trabajo del Sr. Romulo : - Contrato de trabajo a tiempo parcial, para prestar servicios como perito agrícola, 1.7.1986, por obra o servicio determinado, señalándose como tal obra "planes de fomento de empleo BOE d 58/1986, de 19 de marzo (folio 56). La relación laboral se extinguió el día 1.1.1987 (folio 55).

Contrato de trabajo temporal de 7.5.1992, para prestar servicios como ingeniero técnico agrícola, con una duración prevista de 12 meses, (folio 241). Por escrito de 22.4.1993 se le comunicó que " a partir del próximo día 10-05-93 quedará resuelto y sin efecto alguno el contrato de trabajo suscrito por Vd. con fecha 11-05-92 por cumplimiento del término pactado en el mismo, dejando por tanto de prestar las funciones que venía desempeñando" (folio 243).

Contrato de trabajo de lanzamiento de nueva actividad de fecha de 30.12.1993, contrato firmado con la Escuela Taller Santa Bárbara, para prestar servicios como ingeniero técnico agrícola, consistiendo la nueva actividad en escuela taller dedicada a la enseñanza con la especialidad de restauración (folio 57). El contrato se extinguió el día 29.6.1994. En el informe de vida laboral consta que la entidad que le dio de alta en Seguridad Social fue el Ayuntamiento de Castilleja de la Cuesta (folio 55).

Contrato de trabajo de duración determinada, por obra o servicio determinado, a tiempo completo, de

11.5.1993, para prestar servicios como ingeniero técnico agrícola, señalándose como tal objeto terminación del programa de la casa de oficio de Miraflores, impartiendo conocimientos técnico prácticos del taller de jardinería y coordinando las cuadrillas de ajardinamiento (folio 58).

Contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio, de 26.9.1994, para prestar servicios como monitor de jardinería, capataz, señalándose como tal objeto la realización del proyecto subvencionado por la Junta de Andalucía formación en prácticas para la ciudad de Miraflores (folio

59). La relación laboral se extinguió en fecha de 25.9.1995 (folio 55),...

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