STSJ Comunidad Valenciana 26/2016, 12 de Enero de 2016

PonenteGEMA PALOMAR CHALVER
ECLIES:TSJCV:2016:1588
Número de Recurso3232/2015
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución26/2016
Fecha de Resolución12 de Enero de 2016
EmisorSala de lo Social

RECURSO SUPLICACION - 003232/2015

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Manuel Jose Pons Gil

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Antonio Vicente Cots Diaz

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Gema Palomar

En Valencia, a doce de enero de dos mil dieciséis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 26/2016

En el RECURSO SUPLICACION - 003232/2015, interpuesto contra el auto de fecha e julio de 2015 y auto aclaración de 31 de julio de 2015, dictada por el JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE VALENCIA, en los autos 001414/2014, seguidos sobre INCIDENTE CONCURSAL, a instancia de Martina Y María Inmaculada (RPTES. TRABAJADORES) asistida por el letrado D. Vicente Gonzalez Saiz y representada por la procuradora Dª. Laura Oliver Ferrer, contra QUALIBERICA SEGURIDAD SL, representada por la procuradora Dª. Clara Gonzalez Rodriguez, Leonardo ( ADMON CONCURSAL)DE QUALIBERICA SEGURIDAD, FONDO DE GARANTIA SALARIAL, QUALICONSULT representada por la letrada Dª. Elizabet Sanchez-Guardamino Saez y el procurador D. Ricardo Manuel Martin Perez, Gabriela, Sara y QUALIGROUP S.A.S representada por el letrado D. Gonzalo Vidal Beneyto, y en los que es recurrente Martina Y María Inmaculada (RPTES. TRABAJADORES), habiendo actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª. Gema Palomar.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El auto recurrido dce literalmente "FDISPONGODeclarar ante la falta de acuerdo entre la administración concursal de QUALIBERICA SEGURIDAD, S.L. y la representación legal de los trabadores empleados en la entidad concursada, que ha sido referido en los hechos probados de esta resolución, la extinción colectiva de los contratos de trabajo de los trabajadores que seguidamente se detallarán con derecho al percibo de una indemnización de 20 días de salario por cada año de servicio, hasta un máximo de doce mensualidades; prorrateándose por meses los periodos inferiores. Los trabajadores afectados por esta medida, a tenor del acuerdo logrado, son los siguientes:

NOMBRE O RAZON SOCIAL QUALIBERICA SEGURIDAD, S.L.

NUM INSCRIPCION S.SOCIAL NUM000

ACTIVIDAD SERVICIOS TECNICOS ARQ. Y URBANISMO LOCALIDAD BILBAO

CENTRO DE TRABAJO AFECTADO BARCELONA-CCC: NUM001 LOCALIDAD BARCELONA

DIRECCION TRAVESSERA DE LES CORTS, 340-ENT-1ª TELEFONO 933323104

TRABAJADORES

NUMERO DNI NUM002

APELLIDOS

NOMBRE Doroteo

FECHA NACIMIENTO NUM003 -79

DOMICILIO CR. DIRECCION000, NUM004 - 08105 SANT FOST DE CAMPSEN

Nº AFILIACION S.S. NUM005

GC 2

ESPECIALIDAD -CATEGORIA 2

FECHA INGRESO EMPRESA 08-05-06

SALARIO DIA/MES 64,38 / 1.931,27

INDEMNIZACION 11.910,30

¿ES REPRESENTANTE LEGAL TRABAJADORES? NO

DATOS DE LA EMPRESA

NOMBRE O RAZON SOCIAL QUALIBERICA SEGURIDAD, S.L.

NUM INSCRIPCION S.SOCIAL NUM000

ACTIVIDAD SERVICIOS TECNICOS ARQ. Y URBANISMO

LOCALIDAD BILBAO

CENTRO DE TRABAJO AFECTADO SANTANDER-CCC: NUM006

LOCALIDAD MALIAÑO

DIRECCION AVDA. DE LA CONSTITUCION, Nº2 ENT DCHA

TELEFONO 942314605

TRABAJADORES

NUMERO DNI NUM007

APELLIDOS

NOMBRE Martina

FECHA NACIMIENTO NUM008 -75

DOMICILIO C/ DIRECCION001, NUM009 - NUM010 39600 MALIAÑO (CANTABRIA) Nº AFILIACION S.S. NUM011

GC 2

ESPECIALIDAD -CATEGORIA 2

FECHA INGRESO EMPRESA 09-07-07

SALARIO DIA / MES 66,94 / 2.008,2

INDEMNIZACION 10.790,72

¿ES REPRESENTANTE LEGAL TRABAJADORES? NO

DATOS DE LA EMPRESA NOMBRE O RAZON SOCIAL QUALIBERICA SEGURIDAD, S.L.

NUM INSCRIPCION S.SOCIAL NUM000

ACTIVIDAD SERVICIOS TECNICOS ARQ. Y URBANISMO

LOCALIDAD BILBAO

CENTRO DE TRABAJO AFECTADO MADRID- CCC: NUM012

LOCALIDAD MADRID

DIRECCION C/ ANTONIO LOPEZ, 249- 3ºB 28041 MADRID

TELEFONO 913920519

TRABAJADORES

NUMERO DNI NUM013

APELLIDOS

NOMBRE Flor

FECHA NACIMIENTO NUM014 -73

DOMICILIO C/ DIRECCION002, NUM010 - 30163 COBATILLAS (MURCIA)

Nº AFILIACION S.S. NUM015

GC 2

ESPECIALIDAD -CATEGORIA 2

FECHA INGRESO EMPRESA 12-07-11

SALARIO DIA / MES 44,51 / 1.335,44

INDEMNIZACION 3.605,31

¿ES REPRESENTANTE LEGAL TRABAJADORES? NO

DATOS DE LA EMPRESA

NOMBRE O RAZON SOCIAL QUALIBERICA SEGURIDAD, S.L.

NUM INSCRIPCION S.SOCIAL NUM000

ACTIVIDAD SERVICIOS TECNICOS ARQ. Y URBANISMO

LOCALIDAD BILBAO

CENTRO DE TRABAJO AFECTADO ALMERIA-CCC: NUM016

LOCALIDAD ALMERIA

DIRECCION

TELEFONO

TRABAJADORES

NUMERO DNI NUM017

APELLIDOS

NOMBRE Arsenio

FECHA NACIMIENTO NUM018 -78

DOMICILIO C/ DIRECCION003, NUM019 - NUM020 - 04230 HUERCAL DE ALMERIA Nº AFILIACION S.S. NUM021

GC 2 ESPECIALIDAD -CATEGORIA 2

FECHA INGRESO EMPRESA 24-09-07

SALARIO DIA / MES 75 / 2.250,03

INDEMNIZACION 11.745

¿ES REPRESENTANTE LEGAL TRABAJADORES? NO

DATOS DE LA EMPRESA

NOMBRE O RAZON SOCIAL QUALIBERICA SEGURIDAD, S.L.

NUM INSCRIPCION S.SOCIAL NUM000

ACTIVIDAD SERVICIOS TECNICOS ARQ. Y URBANISMO

LOCALIDAD BILBAO

CENTRO DE TRABAJO AFECTADO MADRID- CCC: NUM000

LOCALIDAD BILBAO

DIRECCION

TELEFONO

CENTRO DE TRABAJO BILBAO

TRABAJADORES

NUMERO DNI NUM022

APELLIDOS

NOMBRE Gabriela

FECHA NACIMIENTO NUM023 -77

DOMICILIO C/ DIRECCION004, Nº NUM024 - NUM025 - 48280 SANTURZI (VIZCAYA) Nº AFILIACION S.S. NUM026

GC 2

ESPECIALIDAD -CATEGORIA 2

FECHA INGRESO EMPRESA 29-01-08

SALARIO DIA / MES 50 * Reducción guarda legal / 1.500

INDEMNIZACION 7.500

¿ES REPRESENTANTE LEGAL TRABAJADORES? NO

NUMERO DNI NUM027

APELLIDOS

NOMBRE Sara

FECHA NACIMIENTO NUM028 -79

DOMICILIO C/ DIRECCION005, Nº NUM029 - NUM030 - 48930 GETXO (VIZCAYA)

Nº AFILIACION S.S. NUM031

GC 2

ESPECIALIDAD -CATEGORIA 2 FECHA INGRESO EMPRESA 17-11-08

SALARIO DIA / MES 48,95 * Reducción guarda legal / 1.468,35

INDEMNIZACION 6.559,30

¿ES REPRESENTANTE LEGAL TRABAJADORES? NO

Considerar la del 31/07/2015, como fecha de cálculo de indemnización final de la totalidad de los trabajadores afectados por el expediente. Y ello de conformidad con el artículo 64.7, último párrafo de la vigente Ley Concursal), que dispone que el auto, en caso de acordarse la suspensión o extinción colectiva de los contratos de trabajo, surtirá efectos desde la fecha en que se dicte, salvo que en el auto se disponga otra fecha posterior. Ello sin perjuicio de que dictado por el Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Valencia el correspondiente Auto autorizando la extinción de los contratos de trabajo, se proceda a la notificación individual a los trabajadores en los términos fijados en el art. 53.1 del Estatuto de los Trabajadores. Los créditos indemnizatorios derivados de esta resolución tendrán carácter de crédito contra la masa, debiendo ser incluidos en la correspondiente relación una vez resulten concretados, amén de su comprensión en el correspondiente finiquito.

Auto Aclaración de 31 de julio de 2015 dice en su parte dispositiva: Que debo aclarar y rectifficar los errores meteriales cometidos en el auto de fecha 30 de julio de 2015 por el que se omiten dos trabajadores afectados por el ERE, de la siguiente manera:

NUMERO DNI NUM032

APELLIDOS

NOMBRE María Inmaculada

FECHA NACIMIENTO NUM033 -77

DOMIDICILIO C/ DIRECCION006, NUM034 - NUM035 20012 SAN SABASTIAN

Mº AFILICACIÓN S.S. NUM036

GC 2

ESPECIALIDAD -CATEGORIA 2

FECHA INGRESO EMPRESA 02-05-07

SALARIO DIA/MES 60,76 *Reducción guarda legal/1.822,93

INDEMNIZACIÓN 10.025,40

¿ES REPRESENTANTE LEGAL TRABAJADORES? NO

NUMERO DNI NUM037

APELLIDOS

NOMBRE Amanda

FECHA NACIMIENTO NUM038 /1975

DOMICILIO DIRECCION007, DIRECCION008 NUM039 6400 HENDAYA (FRANCIA) Nº AFILIACIÓN S.S. NUM040

GC 2

ESPECIALIDAD -CATEGORIA 2

FECHA INGRESO EMPRESA 04-05-07

SALARIO DIA/MES 72,25/2.167,51

INDEMNIZACIÓN 11.921,25

¿ES REPRESENTANTE LEGAL TRABAJADORES? NO

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: Declarada en situación de concurso voluntario la mercantil, QUALIBERICA SEGURIDAD, S.L., por dicha concursada se vino en solicitar la extinción colectiva de la totalidad de los contratos laborales que vinculaban a la concursada con el personal que presta servicios para la misma, previa tramitación del expediente de regulación de empleo, que venía en promoverse, amparando dicha petición en el art. 64 de la Ley Concursal, fundamentándola, desde el punto de vista económico, en la imposibilidad de pervivencia de la misma, dada su inviabilidad, habida cuenta sus resultados económicos y la situación de iliquidez. Consecuencia de ello, además, es la intención de proceder a la liquidación, que supondrá el cese y total desaparición de la sociedad. Los resultados de los ejercicios 2012, 2013 y 2014 (2º trimestre) fueron respectivamente:-86.637,47 €, -300.622,68 € y -29.449,08 €. El Fondo de Maniobra (Activo corriente menos pasivo corriente) fueron para los ejercicios de 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014 (2º trimestre) el siguiente, para cada ejercicio correlativo: -585.345,93 €, -438.442,21 €, -533.443,44 €, -793.874,87 € y -1.376.700,26 €. Todo ello acreditado en base

a la memoria y documentación contable acompañada. Habida cuenta que se había decretado la nulidad de actuaciones por haberse entendido que se trata de grupo de empresas tanto a efectos mercantiles como laborales, hechos que negaba y se oponía la empresa, se procedió a iniciarse de nuevo el periodo de consultas de fecha 17 de junio de 2015, con asistencia de los trabajadores de...

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