STSJ Comunidad Valenciana 26/2016, 12 de Enero de 2016
Ponente | GEMA PALOMAR CHALVER |
ECLI | ES:TSJCV:2016:1588 |
Número de Recurso | 3232/2015 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 26/2016 |
Fecha de Resolución | 12 de Enero de 2016 |
Emisor | Sala de lo Social |
RECURSO SUPLICACION - 003232/2015
Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Manuel Jose Pons Gil
Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Antonio Vicente Cots Diaz
Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Gema Palomar
En Valencia, a doce de enero de dos mil dieciséis.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,
SENTENCIA Nº 26/2016
En el RECURSO SUPLICACION - 003232/2015, interpuesto contra el auto de fecha e julio de 2015 y auto aclaración de 31 de julio de 2015, dictada por el JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE VALENCIA, en los autos 001414/2014, seguidos sobre INCIDENTE CONCURSAL, a instancia de Martina Y María Inmaculada (RPTES. TRABAJADORES) asistida por el letrado D. Vicente Gonzalez Saiz y representada por la procuradora Dª. Laura Oliver Ferrer, contra QUALIBERICA SEGURIDAD SL, representada por la procuradora Dª. Clara Gonzalez Rodriguez, Leonardo ( ADMON CONCURSAL)DE QUALIBERICA SEGURIDAD, FONDO DE GARANTIA SALARIAL, QUALICONSULT representada por la letrada Dª. Elizabet Sanchez-Guardamino Saez y el procurador D. Ricardo Manuel Martin Perez, Gabriela, Sara y QUALIGROUP S.A.S representada por el letrado D. Gonzalo Vidal Beneyto, y en los que es recurrente Martina Y María Inmaculada (RPTES. TRABAJADORES), habiendo actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª. Gema Palomar.
El auto recurrido dce literalmente "FDISPONGODeclarar ante la falta de acuerdo entre la administración concursal de QUALIBERICA SEGURIDAD, S.L. y la representación legal de los trabadores empleados en la entidad concursada, que ha sido referido en los hechos probados de esta resolución, la extinción colectiva de los contratos de trabajo de los trabajadores que seguidamente se detallarán con derecho al percibo de una indemnización de 20 días de salario por cada año de servicio, hasta un máximo de doce mensualidades; prorrateándose por meses los periodos inferiores. Los trabajadores afectados por esta medida, a tenor del acuerdo logrado, son los siguientes:
NOMBRE O RAZON SOCIAL QUALIBERICA SEGURIDAD, S.L.
NUM INSCRIPCION S.SOCIAL NUM000
ACTIVIDAD SERVICIOS TECNICOS ARQ. Y URBANISMO LOCALIDAD BILBAO
CENTRO DE TRABAJO AFECTADO BARCELONA-CCC: NUM001 LOCALIDAD BARCELONA
DIRECCION TRAVESSERA DE LES CORTS, 340-ENT-1ª TELEFONO 933323104
TRABAJADORES
NUMERO DNI NUM002
APELLIDOS
NOMBRE Doroteo
FECHA NACIMIENTO NUM003 -79
DOMICILIO CR. DIRECCION000, NUM004 - 08105 SANT FOST DE CAMPSEN
Nº AFILIACION S.S. NUM005
GC 2
ESPECIALIDAD -CATEGORIA 2
FECHA INGRESO EMPRESA 08-05-06
SALARIO DIA/MES 64,38 / 1.931,27
INDEMNIZACION 11.910,30
¿ES REPRESENTANTE LEGAL TRABAJADORES? NO
DATOS DE LA EMPRESA
NOMBRE O RAZON SOCIAL QUALIBERICA SEGURIDAD, S.L.
NUM INSCRIPCION S.SOCIAL NUM000
ACTIVIDAD SERVICIOS TECNICOS ARQ. Y URBANISMO
LOCALIDAD BILBAO
CENTRO DE TRABAJO AFECTADO SANTANDER-CCC: NUM006
LOCALIDAD MALIAÑO
DIRECCION AVDA. DE LA CONSTITUCION, Nº2 ENT DCHA
TELEFONO 942314605
TRABAJADORES
NUMERO DNI NUM007
APELLIDOS
NOMBRE Martina
FECHA NACIMIENTO NUM008 -75
DOMICILIO C/ DIRECCION001, NUM009 - NUM010 39600 MALIAÑO (CANTABRIA) Nº AFILIACION S.S. NUM011
GC 2
ESPECIALIDAD -CATEGORIA 2
FECHA INGRESO EMPRESA 09-07-07
SALARIO DIA / MES 66,94 / 2.008,2
INDEMNIZACION 10.790,72
¿ES REPRESENTANTE LEGAL TRABAJADORES? NO
DATOS DE LA EMPRESA NOMBRE O RAZON SOCIAL QUALIBERICA SEGURIDAD, S.L.
NUM INSCRIPCION S.SOCIAL NUM000
ACTIVIDAD SERVICIOS TECNICOS ARQ. Y URBANISMO
LOCALIDAD BILBAO
CENTRO DE TRABAJO AFECTADO MADRID- CCC: NUM012
LOCALIDAD MADRID
DIRECCION C/ ANTONIO LOPEZ, 249- 3ºB 28041 MADRID
TELEFONO 913920519
TRABAJADORES
NUMERO DNI NUM013
APELLIDOS
NOMBRE Flor
FECHA NACIMIENTO NUM014 -73
DOMICILIO C/ DIRECCION002, NUM010 - 30163 COBATILLAS (MURCIA)
Nº AFILIACION S.S. NUM015
GC 2
ESPECIALIDAD -CATEGORIA 2
FECHA INGRESO EMPRESA 12-07-11
SALARIO DIA / MES 44,51 / 1.335,44
INDEMNIZACION 3.605,31
¿ES REPRESENTANTE LEGAL TRABAJADORES? NO
DATOS DE LA EMPRESA
NOMBRE O RAZON SOCIAL QUALIBERICA SEGURIDAD, S.L.
NUM INSCRIPCION S.SOCIAL NUM000
ACTIVIDAD SERVICIOS TECNICOS ARQ. Y URBANISMO
LOCALIDAD BILBAO
CENTRO DE TRABAJO AFECTADO ALMERIA-CCC: NUM016
LOCALIDAD ALMERIA
DIRECCION
TELEFONO
TRABAJADORES
NUMERO DNI NUM017
APELLIDOS
NOMBRE Arsenio
FECHA NACIMIENTO NUM018 -78
DOMICILIO C/ DIRECCION003, NUM019 - NUM020 - 04230 HUERCAL DE ALMERIA Nº AFILIACION S.S. NUM021
GC 2 ESPECIALIDAD -CATEGORIA 2
FECHA INGRESO EMPRESA 24-09-07
SALARIO DIA / MES 75 / 2.250,03
INDEMNIZACION 11.745
¿ES REPRESENTANTE LEGAL TRABAJADORES? NO
DATOS DE LA EMPRESA
NOMBRE O RAZON SOCIAL QUALIBERICA SEGURIDAD, S.L.
NUM INSCRIPCION S.SOCIAL NUM000
ACTIVIDAD SERVICIOS TECNICOS ARQ. Y URBANISMO
LOCALIDAD BILBAO
CENTRO DE TRABAJO AFECTADO MADRID- CCC: NUM000
LOCALIDAD BILBAO
DIRECCION
TELEFONO
CENTRO DE TRABAJO BILBAO
TRABAJADORES
NUMERO DNI NUM022
APELLIDOS
NOMBRE Gabriela
FECHA NACIMIENTO NUM023 -77
DOMICILIO C/ DIRECCION004, Nº NUM024 - NUM025 - 48280 SANTURZI (VIZCAYA) Nº AFILIACION S.S. NUM026
GC 2
ESPECIALIDAD -CATEGORIA 2
FECHA INGRESO EMPRESA 29-01-08
SALARIO DIA / MES 50 * Reducción guarda legal / 1.500
INDEMNIZACION 7.500
¿ES REPRESENTANTE LEGAL TRABAJADORES? NO
NUMERO DNI NUM027
APELLIDOS
NOMBRE Sara
FECHA NACIMIENTO NUM028 -79
DOMICILIO C/ DIRECCION005, Nº NUM029 - NUM030 - 48930 GETXO (VIZCAYA)
Nº AFILIACION S.S. NUM031
GC 2
ESPECIALIDAD -CATEGORIA 2 FECHA INGRESO EMPRESA 17-11-08
SALARIO DIA / MES 48,95 * Reducción guarda legal / 1.468,35
INDEMNIZACION 6.559,30
¿ES REPRESENTANTE LEGAL TRABAJADORES? NO
Considerar la del 31/07/2015, como fecha de cálculo de indemnización final de la totalidad de los trabajadores afectados por el expediente. Y ello de conformidad con el artículo 64.7, último párrafo de la vigente Ley Concursal), que dispone que el auto, en caso de acordarse la suspensión o extinción colectiva de los contratos de trabajo, surtirá efectos desde la fecha en que se dicte, salvo que en el auto se disponga otra fecha posterior. Ello sin perjuicio de que dictado por el Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Valencia el correspondiente Auto autorizando la extinción de los contratos de trabajo, se proceda a la notificación individual a los trabajadores en los términos fijados en el art. 53.1 del Estatuto de los Trabajadores. Los créditos indemnizatorios derivados de esta resolución tendrán carácter de crédito contra la masa, debiendo ser incluidos en la correspondiente relación una vez resulten concretados, amén de su comprensión en el correspondiente finiquito.
Auto Aclaración de 31 de julio de 2015 dice en su parte dispositiva: Que debo aclarar y rectifficar los errores meteriales cometidos en el auto de fecha 30 de julio de 2015 por el que se omiten dos trabajadores afectados por el ERE, de la siguiente manera:
NUMERO DNI NUM032
APELLIDOS
NOMBRE María Inmaculada
FECHA NACIMIENTO NUM033 -77
DOMIDICILIO C/ DIRECCION006, NUM034 - NUM035 20012 SAN SABASTIAN
Mº AFILICACIÓN S.S. NUM036
GC 2
ESPECIALIDAD -CATEGORIA 2
FECHA INGRESO EMPRESA 02-05-07
SALARIO DIA/MES 60,76 *Reducción guarda legal/1.822,93
INDEMNIZACIÓN 10.025,40
¿ES REPRESENTANTE LEGAL TRABAJADORES? NO
NUMERO DNI NUM037
APELLIDOS
NOMBRE Amanda
FECHA NACIMIENTO NUM038 /1975
DOMICILIO DIRECCION007, DIRECCION008 NUM039 6400 HENDAYA (FRANCIA) Nº AFILIACIÓN S.S. NUM040
GC 2
ESPECIALIDAD -CATEGORIA 2
FECHA INGRESO EMPRESA 04-05-07
SALARIO DIA/MES 72,25/2.167,51
INDEMNIZACIÓN 11.921,25
¿ES REPRESENTANTE LEGAL TRABAJADORES? NO
Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: Declarada en situación de concurso voluntario la mercantil, QUALIBERICA SEGURIDAD, S.L., por dicha concursada se vino en solicitar la extinción colectiva de la totalidad de los contratos laborales que vinculaban a la concursada con el personal que presta servicios para la misma, previa tramitación del expediente de regulación de empleo, que venía en promoverse, amparando dicha petición en el art. 64 de la Ley Concursal, fundamentándola, desde el punto de vista económico, en la imposibilidad de pervivencia de la misma, dada su inviabilidad, habida cuenta sus resultados económicos y la situación de iliquidez. Consecuencia de ello, además, es la intención de proceder a la liquidación, que supondrá el cese y total desaparición de la sociedad. Los resultados de los ejercicios 2012, 2013 y 2014 (2º trimestre) fueron respectivamente:-86.637,47 €, -300.622,68 € y -29.449,08 €. El Fondo de Maniobra (Activo corriente menos pasivo corriente) fueron para los ejercicios de 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014 (2º trimestre) el siguiente, para cada ejercicio correlativo: -585.345,93 €, -438.442,21 €, -533.443,44 €, -793.874,87 € y -1.376.700,26 €. Todo ello acreditado en base
a la memoria y documentación contable acompañada. Habida cuenta que se había decretado la nulidad de actuaciones por haberse entendido que se trata de grupo de empresas tanto a efectos mercantiles como laborales, hechos que negaba y se oponía la empresa, se procedió a iniciarse de nuevo el periodo de consultas de fecha 17 de junio de 2015, con asistencia de los trabajadores de...
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