SAP A Coruña 63/2009, 12 de Febrero de 2009
Ponente | CARLOS FUENTES CANDELAS |
ECLI | ES:APC:2009:97 |
Número de Recurso | 720/2008 |
Número de Resolución | 63/2009 |
Fecha de Resolución | 12 de Febrero de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
LA CORUÑA/A CORUÑA
SENTENCIA: 00063/2009
ORDES
Rollo: RECURSO DE APELACION 0000720 /2008
FECHA REPARTO: 10-12-08
SENTENCIA
Nº 63/09
AUDIENCIA PROVINCIAL
Sección Cuarta
Ilmos. Sres. Magistrados:
JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG
CARLOS FUENTES CANDELAS
ANTONIO MIGUEL FERNÁNDEZ MONTELLS Y FERNÁNDEZ
En LA CORUÑA/A CORUÑA, a doce de Febrero de dos mil nueve.
Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de juicio ORDINARIO Nº 359/06, sustanciado en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DE ORDES, que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTE Y APELADA REALE SEGUROS GENERALES, S.A., representada en primera instancia por el Procurador Sr. Reguero Muñoz y con la dirección del Letrado Sr. González Novo Martínez y representada en esta instancia por el Procurador Sr. Painceira Cortizo y de otra como DEMANDADA Y APELANTE CONSTRUCCIONES PONCIANO NIETO S.L., representada en primera instancia por el Procurador Sr. Gómez Martín y con la dirección del Letrado Sr. Ruíz Permuy y representada en esta instancia por el Procurador Sr. López Valcarcel y el demandado declarado en situación procesal de rebeldía DON Luis Alberto ; versando los autos sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD POR RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL.
Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA DE ORDES, con fecha 18-2-08 . Su parte dispositiva literalmente dice: FALLO: "Que estimo en parte la demanda interpuesta por la entidad CONSTRUCCIONES PONCIANO NIETO, S.L., representada por el Procurador DON SANTIAGO GÓMEZ MARTÍN, contra DON Luis Alberto, declarado en situación de rebeldía procesal, y la entidad UNIÓN ASEGURADORA GRUPO REALE, S.A., representada por el Procurador DON VICTORINO REGUEIRO MUÑOZ, DEBO CONDENAR Y CONDENO a los demandados a que conjunta y solidariamente abonen a la actora la suma de MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS EUROS CON DIECISEIS CENTIMOS DE EURO (1.896,16 euros) cantidad que devengará los intereses del artículo 20 de la LCS respecto de la aseguradora demandada. No procede especial pronunciamiento en materia de costas procesales, debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia y las comunes por mitad".
Contra la referida resolución por la demandada CONSTRUCCIONES PONCIANO NIETO, S.L., se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a ponencia para resolución.
Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON CARLOS FUENTES CANDELAS.
Se aceptan los Fundamentos...
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