SAP Córdoba 356/2008, 14 de Noviembre de 2008
Ponente | EDUARDO BAENA RUIZ |
ECLI | ES:APCO:2008:1345 |
Número de Recurso | 327/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 356/2008 |
Fecha de Resolución | 14 de Noviembre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Córdoba, Sección 1ª |
1
SENTENCIA Nº 356/08
Iltmos. Sres.:
Presidente:
D. Eduardo Baena Ruiz.
Magistrados:
D. Antonio Fernández Carrión.
D. José María Magaña Calle.
APELACIÓN CIVIL
Juicio Verbal
número 328/07
Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Pozoblanco (Córdoba)
Rollo: 327/08
En la ciudad de Córdoba a catorce de noviembre de dos mil ocho.
Visto por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, el recurso de apelación interpuesto contra autos de Juicio Verbal número 328/07, seguidos en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Pozoblanco (Córdoba), a instancia de D. Eugenio, representado por la Procuradora Sra. Sánchez y asistido por el Letrado Sr. Del
Del Rey, contra DÑA. Blanca Y REALE, representados por el Procurador Sr. Gómez Cabrera y asistidos de la Letrada Sra. González Forneri, pendientes en esta Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandada, contra la sentencia recaída en los autos, siendo Ponente del recurso el Presidente de la Audiencia Iltmo. Sr. Don Eduardo Baena Ruiz.
Se aceptan los de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites, se dictó sentencia con fecha 19 de julio de 2008, por la Sra. Jueza de 1ª Instancia nº 2 de Pozoblanco (Córdoba), cuya parte dispositiva dice así: "Que ESTIMANDO INTEGRAMENTE la demanda de Juicio verbal, en reclamación de daños producidos a consecuencia de la circulación de vehículos a motor, promovido por la Procuradora Dña Sánchez Cabrera, en nombre y representación de D. Eugenio, contra DOÑA Blanca y la COMPAÑÍA DE SEGUROS REALE, DEBO CONDENAR Y CONDENO a los citados co-demandados a que, conjunta y solidariamente, abonen al actor la cantidad de cuatrocientos treinta y nueve con cuarenta y cuatro euros (439,44 €). Esta suma se verá incrementada por los siguientes conceptos: a) con el interés legal más dos puntos desde hoy y hasta el pago completo en relación a Doña Blanca ; y b) el interés legal incrementado en un 50% desde el día 11 de diciembre de 2006 hasta el pago completo, en relación a la aseguradora interpelada.
Se imponen a la parte demandada el pago de las costas procesales causadas por el seguimiento de esta instancia..".
Contra dicha sentencia y por la representación de la parte demandada, se interesó la preparación del recurso de apelación, en escrito presentado el 24 de julio de 2008,...
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