STSJ Asturias 2150/2015, 13 de Noviembre de 2015

PonenteMARIA VIDAU ARGÜELLES
ECLIES:TSJAS:2015:2333
Número de Recurso2073/2015
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución2150/2015
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2015
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 02150/2015

T.S.J. ASTURIAS SALA SOCIAL - OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax: 985 20 06 59

NIG: 33044 44 4 2015 0001549

402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0002073 /2015

Procedimiento origen: DEMANDA 263/2015

Sobre: DESPIDO DISCIPLINARIO

RECURRENTE/S D/ña: HIERROS Y CARBONES SA

ABOGADO/A: ANA SUAREZ BOTAS

RECURRIDO/S D/ña: Carlos Jesús, MINISTERIO FISCAL

ABOGADO/A: BEGOÑA GARCIA SANCHEZ

Sentencia nº 2150/2015

En OVIEDO, a trece de noviembre de dos mil quince.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, el Tribunal de la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formado por los Ilmos. Sres. D. JOSÉ ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ, Presidente, Dª. MARÍA VIDAU ARGÜELLES y D. JESÚS MARÍA MARTÍN MORILLO, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el RECURSO DE SUPLICACIÓN 2073/2015, formalizado por la Letrada Dª Ana Suárez Botas, en nombre y representación de la empresa HIERROS Y CARBONES SA, contra la sentencia número 355/2015 dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de OVIEDO en el procedimiento DEMANDA 263/2015, seguido a instancia de D. Carlos Jesús, representado por la Letrada Dª Begoña García Sánchez frente a la citada empresa recurrente, siendo parte el MINISTERIO FISCAL y habiéndose designado Magistrado-Ponente a la Ilma. Sra. MARÍA VIDAU ARGÜELLES.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Carlos Jesús presentó demanda contra la empresa HIERROS Y CARBONES SA, siendo parte el MINISTERIO FISCAL, y habiéndose turnado para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual dictó la sentencia número 355/2015, de fecha veintinueve de junio de dos mil quince .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. - El actor presta sus servicios para Hierros y Carbones SA desde el 24 de mayo de 2007 con la categoría profesional de Director de Comercio Internacional y un salario bruto diario de 194,61#; su contrato fue suscrito por Justiniano en calidad de Director General de la empresa. No ostenta la representación de los trabajadores.

  2. - Hierros y Carbones SA forma parte de un grupo empresarial cuya empresa matriz es Gerencia y Vigilancia de Recursos S L, que es socio de aquélla con el 100% de las participaciones sociales. Justiniano, Brigida, Nicolas y Diana son los socios de esta empresa.

    Gerencia y Vigilancia de Recursos SL que es la administradora de Hierros y Carbones SA.

  3. - Por acuerdo del consejo de administración de Gerencia y Vigilancia de Recursos de 30 de marzo de 2013, elevados a escritura pública autorizada el 3 de mayo de 2013, se nombraron apoderadas con facultades mancomunadas por un periodo de tres años, a Felisa y Jacinta . Felisa había sido nombrada apoderada, junto con Jose Ramón, el 31 de julio de 2001.

    Ambas son consejeras de la empresa. Jacinta fue contratada el 22 de octubre de 2012 como personal de alta dirección, por Gerencia y Vigilancia de Recursos SL con funciones de coordinación administrativa y de contratación del grupo.

    También es consejero de la misma Miguel Ángel, quien fue contratado como personal de alta dirección con funciones de coordinación financiera de las empresas del grupo, el 2 de noviembre de 2006. El contrato fue suscrito por Justiniano en representación de Gerencia y Vigilancia de Recursos.

    El 12 de septiembre de 2007 se elevó a público su nombramiento como Director de Hierros y Carbones SA, acordado por su consejo de administración celebrado el 27 de julio de ese año, otorgándole un poder tan amplio como fuera necesario en Derecho.

  4. - Hierros y Carbones disponía de un servidor de correo electrónico de FADE, con la identificación @hicasa, quien envió las direcciones y las contraseñas, antes de la incorporación a la empresa del actor; fueron facilitadas a todos los que en ese momento prestaban sus servicios. Algunos de ellos las modificaron; María Esther y Casimiro, no la modificaron; aquélla estuvo en excedencia durante trece meses, desde diciembre de 2013 y éste es el director financiero de Gerencia y Vigilancia de Recursos, en cuyo correo recibe información de todas las empresas del grupo; el actor le consultaba asuntos sobre las ventas (pagos, justificantes de transferencias, etc). María Esther facilitó su clave a Felisa .

    Posteriormente se añadió el correo y contraseña del actor.

    Se accedía al correo bien por la página de la empresa o por la de FADE.

    Justiniano informó en repetidas ocasiones al personal de esta empresa, que deseaba la máxima transparencia en la información de que disponían.

  5. - El 19 de diciembre de 2014 Nicolas protocolizó un documento privado suscrito por él y Justiniano sin fecha ni identificación de los firmantes, en el que consta el acuerdo de valorar el grupo empresarial, hacer dos lotes separados por actividad, acero y carbón, adjudicar cada lote a una rama familiar y otras medidas complementarias, en un proceso que debía finalizar el 31 de marzo de 2015.

  6. - Justiniano, Jacinta y Francisco interpusieron demanda ante el juzgado de lo mercantil, en la que solicitaron, entre otras cosas, la nulidad de los acuerdos adoptados en Gerencia y Vigilancia de Recursos SL el 10 de marzo de 2015, en concreto la remoción de Justiniano como representante físico de la misma como administrador único de Hierros y Carbones SA y de Auxiliar Laminadora Alavesa, el nombramiento de Felisa como representante físico de Gerencia y Vigilancia de Recursos como Administrador único de las empresas citadas y facultar a Nicolas para que en nombre y representación de Gerencia y Vigilancia de Recursos ejecute los acuerdos y los eleve a públicos.

    Solicitaron como medidas cautelares la suspensión de los citados acuerdos.

    El juzgado de lo mercantil nº1 de Oviedo, dictó providencia de 21 de abril de 2015 convocando a las partes a la vista; la parte contraria se allanó a la solicitud de las medidas cautelares el 14 de mayo. El juzgado dictó un auto el 27 de dicho mes acordando la suspensión en los términos en que fue solicitada.

  7. - El juzgado de instrucción nº 2 de Oviedo tramita las diligencias previas nº 5392/2014 iniciadas por denuncia de Felisa, por descubrimiento de secretos frente al actor.

    La denunciante manifestó en su declaración ante la Guardia Civil, que el 9 de diciembre de 2014, que a las 10,44 horas, recibió un correo electrónico en el que le informa que se produjo un intento de inicio de sesión en su cuenta de correo personal DIRECCION000, que fue bloqueado, incorporándole un enlace mediante el que se puede ver que hubo dos intentos de acceso, uno a las 10,44 horas y el otro a las 10,59 horas de ese día, desde la dirección IP NUM000 en Madrid; que el actor estaba en esas fechas en Madrid por motivos personales y su nombre coincide con el del correo electrónico visualizado y que motivó la denuncia inicial.

    Relata que los días 10, 11 y 12 de noviembre de 2014 el actor estuvo de viaje en Brasil; indica que el correo electrónico de María Esther era DIRECCION001 .

  8. - La Guardia Civil investigó y concluyó que el día 11 de noviembre de 2014 se accedió a la cuenta de correo DIRECCION001, asignada al director financiero de la empresa matriz, desde una dirección IP de Brasil, desde la que también se accedió el día 11 de diciembre del mismo año, a la cuenta DIRECCION001 a las 9,55 y 9,56 horas, además de varios intentos el mismo día.

    El día 12 de noviembre del mismo año, se accedió desde la misma IP de Brasil, las mismas cuentas a las 10,55 y 10,56 horas.

    El 14 de noviembre se accedió a las mismas, desde una dirección IP de Madrid, asignada al actor desde el 8 de octubre al 8 de diciembre de 2014, a las 9,35 horas al correo DIRECCION001 y las 9,37horas al DIRECCION001 .

    En fechas y horas cercanas a los reseñados, el actor remitió otros correos desde las mismas direcciones IP.

    El actor fue detenido en las instalaciones de la empresa el 5 de febrero de 2015.

  9. - Miguel Ángel envió a Felisa y a los auditores, un correo electrónico identificado como "Reformulación de cuentas 2013", que fue reenviado desde el correo DIRECCION002 .es al DIRECCION003 .

    Este correo fue impreso el 12 de noviembre de 2014 en las oficinas de la empresa.

  10. - El actor declaró en las diligencias previas 5392/2014, el 20 de mayo de 2015, que había accedido al correo electrónico del director financiero, desde Brasil y Vietnam y al de María Esther, técnica de comercio exterior, y que reenvió a Jacinta, hija de Justiniano, el correo denominado "Reformulación cuentas 2013".

  11. - El actor envió al Consejo de Administración de la empresa matriz, una carta el día 4 de junio de 2014, cuyo contenido es el siguiente: "Att Consejo de Administración. Estimados Justiniano / Nicolas y demás miembros del Consejo de Administración. Antes de explicarles los motivos que me llevan a dirigirme a este Consejo, quisiera agradecerles la confianza que ustedes depositaron en mí, hace ya 7 años, cuando me dieron la oportunidad de unirme a su empresa, y el trato amable recibido por la propiedad durante estos años con la que he ido creciendo personal y profesionalmente, y de la que entiendo, en base a estar conformes con mi trabajo recayó sobre mi persona la responsabilidad de ser nombrado ya el pasado año director comercial. Si hoy me dirijo a Vds. es para aclarar, que soy un profesional que trabaja para esta empresa en la que creo profundamente, con una motivación que ha ido creciendo con el tiempo, ya a cuyos miembros respeto por igual. Desde la primera entrevista que realicé, en el proceso de selección que ustedes llevaron a cabo para cubrir este puesto, durante las entrevistas que...

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