STSJ Andalucía 1128/2008, 1 de Abril de 2008

PonenteMARIA ELENA DIAZ ALONSO
ECLIES:TSJAND:2008:14402
Número de Recurso359/2007/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1128/2008
Fecha de Resolución 1 de Abril de 2008
EmisorSala de lo Social

1128/2008

Recurso nº 07-359-S Sentencia nº 1128/08

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMOS. SRES.:

DON JOAQUIN LUIS SÁNCHEZ CARRION, PRESIDENTE

DOÑA MARÍA ELENA DÍAZ ALONSO

DON JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a uno de abril de dos mil ocho.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, EN NOMBRE DEL REY, ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 1128/08

En el recurso de suplicación interpuesto por Explotadora de Hostelería 1990 y Kerdos S.L. contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de los de Cordoba, en sus autos núm. 62/06 ; ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada, Doña MARÍA ELENA DÍAZ ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por María Virtudes y Otros contra Explotadora de Hostelería 1990 SL, sobre cantidad, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 9 de marzo de 2006 por el referido Juzgado, con estimación de la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

Primero

Dª María Virtudes, con D.NI. n° NUM000, viene prestando sus servicio para la empresa Kerdos S.L., desde el día 17/03/05, con la categoría profesional Grupo IV, con centro de trabajo en la codemandada Explotadora de Hostelería 1.990, S.L. (Hotel La Adelfas), aplicándose el Convenio Colectivo Provincial de Limpieza de Edificios y Locales de Córdoba y con una jornada laboral de 20 horas semanales.

- Dª Teresa, con D.N.I. n° NUM001, viene prestando sus servicios para la empresa Kerdos S.L., desde el día 12/03/05, con la categoría profesional Grupo IV, con la categoría profesional Grupo IV con centro de trabajo en la codemandada Explotadora de Hostelería 1.990, S.L. (Hotel La Adelfas), aplicándose el Convenio Colectivo Provincial de Limpieza de Edificios y Locales de Córdoba y con una jornada laboral de 20 horas semanales.

- Dª Leticia, con D.N.I. n° NUM002, viene prestando sus servicios par la empresa Kerdos S.L., desde el día 1/07/03, con la categoría profesional Grupo IV, con centro de trabajo en la codemandada Explotadora de Hostelería 1.990, S.L. (Hotel La Adelfas), aplicándose el Convenio Colectivo Provincial de Limpieza de Edificios y Locales de Córdoba y con una jornada laboral de 20 horas semanales.

- Dª Claudia, con D.N.I. n° NUM003, viene prestando su servicios para la empresa Kerdos S.L., desde el día 1/07/03, con la categoría profesional Grupo IV, con centro de trabajo en la codemandada Explotadora de Hostelería 1.990, SL (Hotel Las Adelfas), aplicándose el Convenio Colectivo Provincial de Limpieza de Edificio y Locales de Córdoba y con una jornada laboral de 20 horas semanales.

- Dª María del Pilar, con D.N I. n° NUM004, viene prestando sus servicios para la empresa Kerdos S.L., desde el día 1/07/03, con la categoría profesional Grupo IV, con centro de trabajo en la codemandada Explotadora de Hostelería 1.990, S.L. (Hotel LaAdelfas), aplicándose el Convenio Colectivo Provincial de Limpieza de Edificios y Locales de Córdoba y con una jornada laboral de 20 horas semanales.

- Dª Nieves, con D.NI. n° NUM005, viene prestando sus servicios para la empresa Kerdos S.L., desde el día 20/02/04, con la categoría profesional Grupo IV, con centro de trabajo en la codemandada Explotadora de Hostelería 1.990, S.L. (Hotel La Adelfas), aplicándose el Convenio Colectivo Provincial de Limpieza de Edificios y Locales de Córdoba y con una jornada laboral de 20 horas semanales.

- Dª Flor, con D.N.I. n° NUM006, viene prestando sus servicios par la empresa Kerdos S.L., desde el día 1/07/03, con la categoría profesional Grupo IV, con centro de trabajo en la codemandada Explotadora de Hostelería 1.990, S.L. (Hotel La Adelfas), aplicándose el Convenio Colectivo Provincial de Limpieza de Edificios y Locales de Córdoba y con una jornada laboral de 20 horas semanales.

- Dª Aurora, con D.N.I. n° NUM007, viene prestando sus servicios para la empresa Kerdos S.L., desde el día 1/07/03, con la categoría profesional Grupo III, con centro de trabajo en la codemandada Explotadora de Hostelería 1.990, S.L. (Hotel La Adelfas), aplicándose el Convenio Colectivo Provincial de Limpieza de Edificios y Locales de Córdoba y con una jornada laboral a tiempo completo.

- Dª Marí Trini, con D.N.I. n° NUM008, viene prestando sus servicios para la empresa Kerdos S.L., desde el día 20/08/04, con la categoría profesional Grupo IV, con centro de trabajo en la codemandada Explotadora de Hostelería 1.990, S.L. (Hotel La Adelfas), aplicándose el Convenio Colectivo Provincial de Limpieza de Edificios y Locales de Córdoba y con una jornada laboral de 20 horas semanales y habiendo permanecido en la misma hasta el día 9/01/05. De nuevo con fecha 17/02/05 suscribió un nuevo contrato con la demandada, Kerdos S.L., en idénticas condiciones que las anteriores, continuando prestando sus servicios en ella.

- D° Mercedes, con D.N.I. n° NUM009, viene prestando sus servicios para la empresa Kerdos S.L., desde el día 02/02/04, con la categoría profesional Grupo IV con centro de trabajo en la codemandada Explotadora de Hostelería 1.990, S.L. (Hotel La Adelfas) aplicandose el Convenio Colectivo Provincial de Limpieza de Edificios y Locales de Córdoba y con una jornada laboral de 20 horas semanales

- Dª Eva, con D.N.I. n° NUM010, viene prestando sus servicios para la empresa Kerdos S.L., desde el día 1/0 7/03, con la categoría profesional Grupo IV con centro de trabajo en la codemandada Explotadora de Hostelería 1.990, S.L. (Hotel La Adelfas), aplicándose el Convenio Colectivo Provincial de Limpieza de Edificios y Locales de Córdoba y con una jornada laboral de 20 horas semanales.

- Dª Camila, con D.N.I. n° NUM011, viene prestando sus servicios par la empresa Kerdos S.L., desde el día 20/09/04, con la categoría profesional Grupo IV, con centro de trabajo en la codemandada Explotadora de Hostelería 1.990, S.L. (Hotel La Adelfas), aplicándose el Convenio Colectivo Provincial de Limpieza de Edificio y Locales de Córdoba y con una jornada laboral de 20 horas semanales y habiendo permanecido en la misma hasta el día 9/01/05 De nuevo con fecha 17/02/05 suscribió un nuevo contrato con la demandada Kerdos S.L., en idénticas condiciones que las anteriores, continuando prestando sus servicios en ella

- Dª Amanda con D NI n° NUM012 viene prestando sus servicio para la empresa Kerdos SL desde el día 22/03/05 con la categoría profesional Grupo IV con centro de trabajo en la codemandada Explotadora de Hostelería 1.990, S.L. (Hotel La Adelfas), aplicándose el Convenio Colectivo Provincial de Limpieza de Edificios y Locales de Córdoba y con una jornada laboral de 20 horas semanales.

- Dª Trinidad, con D.N I. n° NUM013, viene prestando su servicios para la empresa Kerdos S.L., desde el día 13/09/03, con la categoría profesional Grupo IV, con centro de trabajo en la codemandada Explotadora de Hostelería 1.990, S.L (Hotel Las Adelfas), aplicándose el Convenio Colectivo Provincial de Limpieza de Edificios y Locales de Córdoba y con una jornada laboral de 20 horas semanales.

- Dª María Inmaculada, con D.N.I. n° NUM014, viene prestando sus servicios para la empresa Kerdos S.L., desde el día 16/03/05, con la categoría profesional Grupo IV, con centro de trabajo en la codemandada Explotadora de Hostelería 1.990, S.L. (Hotel La. Adelfas), aplicándose el Convenio Colectivo Provincial de Limpieza de Edificios y Locales de Córdoba y con una jornada laboral de 20 horas semanales.

Segundo

Con fecha de registro de salida de 7/11/05 se dicta Resolución por parte de Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Córdoba por la que se reconoce que el Convenio Colectivo de aplicación es el de Hostelería Provincial de Córdoba, así como que las funciones que realizan son las correspondientes a la categoría profesional de Camareras de Piso encuadrada en el Grupo Profesional V, estableciéndose igualmente una jornada efectiva de trabajo de un 64%, levantándose las correspondientes Actas de Liquidación de Cuotas a la demandada Kerdos S.L., y como responsable solidario a Explotadora de Hostelería 1990, S.L. haciéndose constar en la referida resolución que los conceptos que venían percibiendo de "Plus de Productividad' "Plus festivos" y "Plus Transporte y Dietas" no son objeto d compensación.

Tercero

Por las diferencias retributivas fruto de la aplicación del Convenio de Hostelería por la diferencia de jornada efectiva de trabajo, reclaman las cantidades que de forma pormenorizada reflejan en sus demandas y que se dan por reproducidas.

Cuarto

Celebradas las Conciliaciones Previas ante el C.M.AC., el día 11/01/06, se tuvieron por intentadas sin efecto.

TERCERO

Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte actora, que fue impugnado de contrario.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El presente recurso de suplicación lo interponen las empresas "Kerdos S.L." y "Explotadora de hostelería 1.990 S.L.", contra la sentencia de instancia que estimó las demandas acumuladas en la instancia y les condenó solidariamente a que abonaran a las demandantes, trabajadoras de la empresa "Kerdos S.L." que prestan sus servicios en el "Hotel Las Adelfas" administrado por la empresa codemandada "Explotadora de hostelería 1.990 S.L.", las diferencias retributivas entre los salarios que percibieron en aplicación del Convenio Colectivo del sector de Limpieza de edificios y locales de Córdoba y el Convenio colectivo de la Hostelería de la misma provincia, que la Inspección Provincial de Trabajo consideró aplicable a la relación laboral que vinculaba a las demandantes con esta empresa.

En...

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