STSJ Andalucía 703/2008, 22 de Febrero de 2008
Jurisdicción | España |
Emisor | Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), sala social |
Número de resolución | 703/2008 |
Fecha | 22 Febrero 2008 |
703/2008
Recurso nº 4402/06 AM
DON JOSÉ ÁNGEL MANCHA CADENAS, Secretario de la Sala de lo Social de SEVILLA del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía
CERTIFICO: Que en el rollo nº 4402/06 se ha dictado por esta Sala la siguiente resolución:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
ILTMOS SRES:
D. MIGUEL CORONADO DE BENITO PRSIDENTE
D. JESÚS SÁNCHEZ ANDRADA
Dª ANA MARÍA ORELLANA CANO
En Sevilla, a veintidós de febrero de dos mil ocho.
La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA Nº 703/08
En el recurso de suplicación interpuesto por Dña Gloria contra la sentencia del Juzgado de lo Social número Nueve de los de Sevilla, Autos nº 470/06; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª ANA MARÍA ORELLANA CANO, Magistrada.
Según consta en autos, se presentó demanda por Dña Gloria contra Fundación Andaluza para la Integración, sobre declarativa de derechos, se celebró el juicio y se dictó sentencia el 21-09-06 por el Juzgado de referencia, en la que se desestimó la demanda.
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:
"Primero.- La actora Doña Gloria, con D.N.I. nº NUM000, viene prestando sus servicios por cuenta y bajo la dependencia de la FUNDACIÓN ANDALUZA PARA LA INTEGRACIÓN CON LA CATEGORÍA DE Monitora Residencial prestando los servicios propios de su categoría en el centro de la empresa Parque Sierra Cárdena, nº 3 de Sevilla, con una antigüedad de 10 años y percibiendo las retribuciones propias de su categoría en aplicación del Convenio Colectivo de Aplicación, III Convenio Colectivo de la empresa.
En IT por maternidad, permaneció desde 14 Nov. 2006 a 15 de Marzo de 2006 que se incorpora.
El 03/02/06 contrajo matrimonio.
El 28/02/06 solicita el disfrute de las vacaciones anuales, del 20 de Marzo al 31 de Marzo de 2006, del 05 de Abril al 11 de Abril de 2006 y del 02 de mayo al 12 de Mayo de 2006, folio 29, que se reproduce.
En el CEMAC y con el resultado obrante al folio 5, se celebró acto de conciliación."
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte actora, que fue impugnado por la demandada.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte actora- demandada, que no fue impugnado de contrario.
ÚNICO: La actora permaneció en situación de maternidad, con su contrato de trabajo suspendido y, encontrándose en esta situación, el 3 de febrero de 2006 contrajo matrimonio. Una vez finalizado el permiso por maternidad, solicitó el disfrute del permiso por matrimonio, que le fue denegado por la empresa. La sentencia recurrida desestima la demanda. La parte recurrente denuncia, como único motivo de suplicación, con...
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... ... igualdad efectiva de mujeres y hombres (STSJ de Andalucía (Sevilla) nº703/2008, Sala de lo ocial, de 22 de febrero, Rec. 4402/2006). [j 5] ... ...