STSJ Comunidad de Madrid 390/2015, 11 de Mayo de 2015

PonenteMARIA AURORA DE LA CUEVA ALEU
ECLIES:TSJM:2015:5075
Número de Recurso1078/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución390/2015
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2015
EmisorSala de lo Social

Rec. 1078/2014 -A- Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 05 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 2 - 28010

Teléfono: 914931935

Fax: 914931960

34002650

NIG : 28.079.00.4-2013/0051193

Procedimiento Recurso de Suplicación 1078/2014

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 06 de Madrid Despidos / Ceses en general 1111/2013

Materia : Despido

Sentencia número: 390

Ilmos. Sres

D./Dña. MARIA BEGOÑA HERNANI FERNANDEZ

D./Dña. MARIA AURORA DE LA CUEVA ALEU

D./Dña. ALICIA CATALA PELLON

En Madrid a once de mayo de dos mil quince habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 5 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 1078/2014, formalizado por el/la LETRADO D./Dña. JOSE SERRANO GARCIA en nombre y representación de D./Dña. Rogelio y Sr. ABOGADO DEL ESTADO en nombre y representación de AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACION INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO, contra la sentencia de fecha 17 de junio de 2014 dictada por el Juzgado de lo Social nº 06 de Madrid en sus autos número Despidos / Ceses en general 1111/2013, seguidos a instancia de D./Dña. Rogelio frente a AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACION INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO, en reclamación por Despido, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dña. MARIA AURORA DE LA CUEVA ALEU, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados: .

PRIMERO

D. Rogelio, mayor de edad, con D.N.I. nº NUM000, vino prestando servicios de forma ininterrumpida para la AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO ( en adelante AECID), dependiente del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación:

  1. D esde el 01/02/2005 hasta el 31/07/2010 mediante contratos de Alta Dirección suscritos al amparo del RD 1382/1985, para prestar servicios como Adjunto al Coordinador General de la Cooperación Española en Ecuador, Nicaragua y Managua, y

  2. D esde el 01/08/2010 hasta el 31/07/2013 en virtud de un contrato temporal fuera de convenio, para obra o servicio determinado, formalizado el 12/07/2010 para prestar servicios en la Oficina Técnica de Cooperación de la AECID en Ecuador, con la categoría de "Responsable de Proyectos de Cooperación", en cuya Cláusula Octava se pactó:

OCTAVA.- La duración del presente contrato se extenderá desde el día 1 de agosto de 2010, hasta la terminación del proyecto o proyectos para los que se contrata al trabajador, descritos en el ANEXO I del mismo, y para los que se prevé una duración estimada de 36 meses.....

En el ANEXO I del contrato se pactó lo siguiente:

" Como desarrollo de lo convenido en las cláusulas Primera y Octava del presente contrato. El proyecto o proyectos que constituyen el objeto del mismo son los que se describen a continuación:

DENOMINACIÓN. PROYECTO INTEGRAL GALÁPAGOS, ARAUCARIA XXI

Acciones:

El proyecto busca contribuir al desarrollo humano de la población local mediante la conservación de la biodiversidad y la utilización sostenible del capital natural de la región en el marco de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

Serán tareas específicas del/de la responsable del proyecto/s entre otras,

Coordinar la elaboración, ejecución y seguimiento de los Planes Operativos Anuales.

2- Controlar la ejecución de las actividades y supervisar el trabajo de los técnicos y administradores del proyecto.

3 - Elaborar periódicamente informes técnicos y económicos de avance y progresos del Proyecto.

4 - Realizar reuniones de planificación, programación y seguimiento de las actividades con la participación del equipo técnico y administrativo del proyecto.

5 - Participar en reuniones de trabajo con los diferentes Ministerios y otras entidades públicas y privadas para la ejecución de actuaciones conjuntas.

6 - Realizar actividades de coordinación interinstitucional para promover e impulsar la firma entre los socios de la Cooperación Española de convenios y /o acuerdos de participación, en la ejecución de obras y actividades programadas en los Planes Operativos Anuales.

7 - Promover la coordinación con otros actores de la cooperación española en terreno para la realización de actividades conjuntas.

8 - Así como, todas aquellas tareas que se consideren propias de los responsables de proyectos."

SEGUNDO

Durante la vigencia del contrato de Alta Dirección, el salario del actor ascendía a 3.491,16 euros brutos mensuales con prorrata de pagas extras, y durante la vigencia de su contrato de trabajo ordinario a 3.894,48 euros brutos con dicho prorrateo.

TERCERO

Las funciones que llevó a cabo el demandante desde el 01/08/2010 hasta el 31/07/2013, fueron las siguientes:

1- Gestión, control y seguimiento del proyecto de cooperación a mi cargo, bajo la supervisión directa del responsable de programas de cooperación correspondiente

Preparación y provisión de las evaluaciones del proyecto y otras actividades de cooperación en el sector de pertenencia del mismo

Realización de los informes de evaluación previa de proyectos de cooperación en el área específica a la que pertenece el proyecto.

Apoyo en la identificación y formulación de proyectos bilaterales de cooperación a realizar en el sector de pertenencia del proyecto

Asesoramiento en el proceso de identificación de oportunidades de cooperación en el sector específico al que pertenece el proyecto.

Coordinación en la ejecución del proyecto con las contrapartes locales.

Apoyo al responsable de programas de cooperación correspondiente en la representación en la oficina técnica de cooperación en foros especializados técnicos y académicos.

Elaboración del Plan Operativo Anual Técnico y Económico del Proyecto Integral galápagos Araucaria XXI

Responsable de los sectores de medioambiente, cambio climático y acción humanitaria en la OTC de Ecuador.

Concretamente, en el periodo comprendido entre enero de 2012 y la finalización de sus actividades en la OTC, además de la actividad principal de seguimiento del proyecto en Galápagos se encargaron al demandante, bajo la supervisión de la Responsable de Programas de Medio Ambiente, Agua y Saneamiento y Gestión de Riesgos en ese entonces, Enriqueta, algunos apoyos al sector de medio ambiente y gestión de riesgos en acuerdo a las funciones establecidas en su contrato, entre otros: "Apoyo en la identificación y formulación de proyectos bilaterales de cooperación a realizar en el sector de pertenencia del proyecto o proyectos a su cargo. Asesoramiento en el proceso de identificación de oportunidades de cooperación en el sector específico al que pertenece el proyecto o proyectos a su cargo, y Apoyo al Responsable de Programas de Cooperación correspondiente en la representación de la Oficina Técnica de Cooperación en foros especializados técnicos y académicos".

Esos apoyos técnicos nunca supusieron una carga mayor al 20% de su trabajo.

(Doc. nº 21 de la parte demandada -pag.2-)

CUARTO

El 29/09/2010, la Jefa del Área de Personal en el Exterior de la AECID, Dª Natividad, comunicó al actor, que tras consultar con la Jefa del Departamento, se había resuelto conceder a su mujer, de forma excepcional, ya que se iba a computar de forma continuada su relación laboral con la AECID, el billete de vacaciones anuales del 2010.

(Doc. nº 10 bis de la parte actora)

QUINTO

El 23/07/2013 la AECID notificó al actor comunicación del siguiente tenor literal:

"Por la presente le comunico que su relación contractual con la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), como "Responsable de proyectos del Proyecto Integral Galápagos. Araucaria XXI", contrato laboral temporal fuera de convenio, termina el próximo día 31 de julio de 2013, extinguiéndose así la relación laboral entre esta Institución y usted, conforme a lo previsto en su contrato.

Para que así conste y surta los efectos oportunos de preaviso y quedar oficialmente notificado."

(Doc. nº 11 de la parte...

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