SAP Málaga 576/2014, 9 de Diciembre de 2014
Ponente | FRANCISCO SANCHEZ GALVEZ |
ECLI | ES:APMA:2014:2562 |
Número de Recurso | 1004/2013 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 576/2014 |
Fecha de Resolución | 9 de Diciembre de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL MALAGA
Sección 4ª
PRESIDENTE ILMO. SR.
D. JOSÉ LUÍS LÓPEZ FUENTES
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D. ALEJANDRO MARTÍN DELGADO
D. FRANCISCO SÁNCHEZ GÁLVEZ
ROLLO DE APELACIÓN Nº 1004/2013
JUZGADO DE PROCEDENCIA: PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 DE TORROX
JUICIO VERBAL Nº 831/2010
SENTENCIA Nº 576/2014
En la ciudad de Málaga a nueve de diciembre de dos mil catorce.
Visto, por la Sección 4ª de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en el Juzgado de referencia en los autos con número 831/2010. Interpone recurso D. Oscar, que comparece en esta alzada representado por la Procuradora Dª Ana María Pérez Jurado y asistido del Letrado D. Enrique Cruz Villegas. Comparece como apelada Dª Eva, representada por la Procuradora Dª Elena Martínez Gómez y asistida de la Letrada Sra Martín Parra.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 19 de abril de 2013 desestimando la demanda presentada en nombre de D. Oscar y absolviendo a Dª Eva, con imposición de las costas al demandante.
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 19 de noviembre de 2013 .
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO SÁNCHEZ GÁLVEZ quien expresa el parecer del Tribunal.
En nombre de D. Oscar se interpone recurso de apelación contra la sentencia de 19 de abril de 2013 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Uno de Torrox, desestimatoria de la acción confesoria para constitución de servidumbre de paso, por hallarse enclavada la finca de la que se dice propietario en el denominado pago del Melí, en el término municipal de Torrox. La desestimación se basa en que no se reconoce al referido demandante legitimación activa, considerando que no acreditada la titularidad dominical de la finca, y en que tampoco se acredita que se halle enclavada sin salida a camino público, puesto que no se acredita que una parcela intermedia, que se dice en la demanda de ajena pertenencia, realmente lo sea; concurriendo un tercer argumento consistente en la posibilidad de otras opciones de salida distintas de las que afectan a la finca de la demandada Dª Eva .
En el primer motivo del recurso se alega indefensión porque la falta de legitimación activa se aduce que no fue opuesta en el juicio verbal, lo que quiere decir que se denuncia vicio de incongruencia.
La representación de la apelada impugna este motivo alegando que el proceso comenzó a tramitarse como juicio ordinario, que contestó a la demanda alegando falta de legitimación activa por no acreditar el demandante ser propietario de la finca y en el juicio verbal ratificó esa contestación a la demanda.
Examinadas las actuaciones y la grabación de la vista se comprueba que efectivamente esa alegación se hizo en la contestación a la demanda realizada durante la tramitación como procedimiento ordinario y que en el acto del juicio se ratificó, aunque no fuese objeto de mención expresa en ese momento, a diferencia de la cuestión relativa a la no concurrencia de los requisitos previstos en el art. 564 del Código Civil, si bien...
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