STSJ Galicia 5966/2014, 3 de Diciembre de 2014

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2014:10030
Número de Recurso3442/2014
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución5966/2014
Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:881881133 /981184853

NIG: 36057 44 4 2014 0000652

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0003442 /2014. BC

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000131 /2014 JDO. DE LO SOCIAL nº 005 de VIGO

Recurrente/s: Gervasio

Abogado/a: NURIA GONZALEZ LORES

Procurador/a: PATRICIA BEREA RUIZ

Recurrido/s: NUTER FEED,S.A.

Abogado/a: BEATRIZ REGOS CONCHA

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

ILMO. SR. D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. JOSÉ ELÍAS LÓPEZ PAZ

ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO

En A CORUÑA, a tres de Diciembre de dos mil catorce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0003442/2014, formalizado por la LETRADA Dª NURIA GONZÁLEZ LORES, en nombre y representación de Gervasio, contra la sentencia número 361/2014 dictada por XDO. DO SOCIAL N. 5 de VIGO en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000131/2014, seguidos a instancia de Gervasio frente a NUTER FEED, S.A., siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª LUIS F. DE CASTRO MEJUTO.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Gervasio presentó demanda contra NUTER FEED,S.A., siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 361/2014, de fecha treinta de Mayo de dos mil catorce .

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

El actor don Gervasio, con DNI NUM000, desde el 14 de junio de 2004 ha estado prestando servicios a tiempo completo como ensacador, con la categoría profesional de especialista por cuenta y bajo la dependencia de la empresa Núter Feed, S.A.U., dedicada a la elaboración y comercialización de piensos compuestos para animales, percibiendo por su actividad un salario mensual promediado por el último año por importe de 1.862,65 euros, englobando el prorrateo de pagas extraordinarias, al percibir durante el pasado año 2014 unas retribuciones salariales por un total de 22.351,90 euros.

SEGUNDO

Las relaciones laborales en la empresa están afectadas por el Convenio Colectivo para la industria de fabricación de alimentos compuestos para animales, que en su artículo 35 tipifica como falta muy grave susceptible de sanción por despido el fraude en las gestiones encomendadas y el hurto o robo, tanto a la empresa como a sus compañeros de trabajo o a cualquier otra persona de las dependencias del centro de trabajo o durante el servicio, en cualquier lugar. En el artículo siguiente como trámite imprescindible para la imposición de la sanción se indica que en cualquier caso, la empresa ha de dar cuenta por escrito y previamente al Comité de Empresa o delegados de personal de la sanción que vaya a imponer al trabajador afectado, quien ha de ser oído, así como la representación legal de los trabajadores, audiencia que debe respetar un plazo mínimo de 48 horas en caso de faltas graves o muy graves para que el encartado pueda formular alegaciones para su defensa. TERCERO.- El trabajador prestaba servicios en la planta de O Porriño, en la que preparan o elaboran diversas clases de pienso para mascotas, como la serie oro, entre el que no se incluye el pienso canino, aunque sí se almacena y distribuye desde esas instalaciones. El pienso elaborado en la planta en caso de rotura es reutilizable, no así el de perros, que puede regalarse al personal que lo solicita expresamente. CUARTO.-El puesto de trabajo de ensacador que el actor habitualmente desenvolvía en el turno de noche se ubica en una zona comprendida entre las dos líneas de ensacado, los paletizadores y la zona de llenado de big-bag y separada unos metros del portal exterior del almacén. Dicho puesto no requiere el manejo de una carretilla elevadora, labor a cargo de un carretillero llamado don Serafin . QUINTO.- En el inventario de existencias la empresa empieza a detectar a mediados del pasado año 2013 la desaparición de varios sacos de pienso, que no computaban como roturas, por lo que la dirección toma la decisión de llevar a cabo a partir del día 17 de septiembre un registro aleatorio de vehículos que se hallen estacionados en el interior del recinto de la fábrica, y así se apercibe tanto a los tres delegados de personal del centro de trabajo como de manera individual a cada uno de los empleados. SEXTO.- El actor a partir de ese momento comienza a aparcar su vehículo Citroén Xsara de color gris fuera del perímetro de la fábrica, como así se refleja en los informes de 28 de septiembre, 5, 12 y 26 de octubre, 9 y 23 de noviembre y 6 y 21 de diciembre del 2013. SÉPTIMO.-De manera correlativa, al seguir registrándose esas mermas de mercancía la empresa adopta otras medidas de vigilancia, encargadas a un investigador privado, quien desde el día 10 de noviembre de 2013 instala un sistema de grabación oculto a la vista, consistente en un grabador digital sincronizado con dos microcámaras que enfocan hacia el portalón interior y exterior del almacén en la zona de envases vacíos. OCTAVO.- Del visionado de esas grabaciones se descubre al actor a diferentes horas de la madrugada de los días 15, 20, 22, 23, 27, 28 y 29 de noviembre y 4 y 5 de diciembre de 2013, cargando diversos sacos en la carretilla elevadora que traslada hasta el portalón de salida del almacén, que levanta manualmente. A continuación y una...

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