STSJ Galicia 5264/2014, 29 de Octubre de 2014

PonenteJUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ
ECLIES:TSJGAL:2014:10008
Número de Recurso5722/2012
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución5264/2014
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939

Fax:881881133 /981184853

NIG: 15030 44 4 2011 0006385 SECRETARIA SRA. FREIRE CORZO

N08450

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0005722 /2012 IP

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0001265 /2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de A CORUÑA

Recurrente/s: Isidoro

Abogado/a:

Procurador/a:

Graduado/a Social: FRANCISCO NAZARIO DIZ GARCIA

Recurrido/s: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Abogado/a: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL(PROVINCIAL)

Procurador/a:

Graduado/a Social:

ILMO/A SR/SRA MAGISTRADOS

D/Dª JOSE MANUEL MARIÑO COTELO

JUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ

FERNANDO LOUSADA AROCHENA

En A CORUÑA, a veintinueve de Octubre de dos mil catorce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 0005722 /2012, formalizado por el/la D/Dª FRANCISCO NAZARIO DIZ GARCIA, Graduado Social, en nombre y representación de Isidoro, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 1 de A CORUÑA en el procedimiento DEMANDA 0001265 /2011, seguidos a instancia de Isidoro frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/ a Sr/Sra D/Dª JUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Isidoro presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia, de fecha veintinueve de Junio de dos mil doce

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. - El demandante, DON Isidoro con DNI NUM000, nacido el NUM001 .1948, se encuentra afiliado a la Seguridad Social en el Régimen General, con el n° de afiliación NUM002, y fue declarado afecto de incapacidad Permanente total para su trabajo de carpintero, derivada de enfermedad común, por resolución del I.N.S.S. de 31.08.1989, con base en el siguiente cuadro clínico residual: EN 1980 OPERADO DE BERNIA DISCAL CON LUMBOCIÁTICA DERECHA. EN MARZO DEL 86 HEMILAMINECTOMÍA L4-L5 DERECHA,EXTIRPÁNDOSE UN FRAGMENTO DISCAL ADHERIDO L5, PERSISTE CLAUDICACIÓN RADICULAR PIERNA DERECHA, con derecho al percibo de una prestación económica del 55% sobre una base reguladora de 374,98 #, con efectos de 01.09.1989 (expediente administrativo ramo de prueba documental del INSS)

  2. - El actor solicitó revisión del grado de invalidez reconocido, por agravación de sus dolencias, en el 2004 y en el 2008, siendo su solicitud desestimada en ambos casos (expediente administrativo)

  3. - Iniciado el pasado año nuevo expediente de revisión, a petición del actor, se confirmó la IPT por resolución de 28.09.2011, de conformidad con el dictamen- propuesta emitido por el EVI el 14.09.2011. El demandante formuló reclamación previa, postulando el reconocimiento de invalidez permanente absoluta. Dicha reclamación previa fue desestimada mediante nueva resolución del INSS de 07.11.2011, que confirmó el pronunciamiento inicial (expediente administrativo)

  4. - El actor presenta las siguientes patologías: ANTECEDENTES DE CIRUGÍA DE HERNIA DISCAL L4L5 Y L5S1. SECUELA DE PARESIA PARA LA DORSIFLEXIÓN DEL PIE DERECHO DE 4/5. HERNIA DISCAL L3L4 NO SUBSIDIARIA DE TRATAMIENTO NEUROQUIRÓRGICO (NOVIEMBRE 2009) SÍNDROME FACETARIO (MARZO 2011) . CARDIOPATÍA ISQURÁICA. REVASCULARIZACIÓN MIOCÁRDICA CON CUÁDRUPLE PONTAJE EN 1996. INGRESO EN 02/07 CON 1AM NO Q. Y ENFERMEDAD CORONARIA DE TRES VASOS. BY PASS AORTOCORONARIO POR 4. OCLUSIÓN DEL PUENTE DE SAFENA A DP. NO REVASCULARIZABLE. RESTO DE PUENTES PERMEABLES. DISNEA DE GRADO 11-111 Y DOLOR TORÁCICO COMPATIBLE CON ANGOR IICCS (Servicio Cardiología 14.05.2012) (expediente administrativo).

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

Que desestimando la demanda formulada por Don Isidoro con DNI NUM000 contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL debo declarar y declaro no haber lugar a ella, absolviendo a la demandada de las pretensiones deducidas en su contra.

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por Isidoro formalizándolo posteriormente. Tal recurso no fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL en fecha 26 de noviembre de 2012.

SEXTO

Admitido a trámite el recurso se señaló el día 24 de octubre de 2014 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala...

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