SAP Cantabria 596/2005, 19 de Diciembre de 2005

PonenteMIGUEL CARLOS FERNANDEZ DIEZ
ECLIES:APS:2005:2167
Número de Recurso117/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución596/2005
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª

SENTENCIA NUM. 596/05

Ilmo. Sr. Presidente

Don Miguel Fernández Díez

Ilms. Sres. Magistrados

Don Bruno Arias Berrioategortúa

Doña Milagros Martínez Rionda

========================================

En la Ciudad de Santander, a diecinueve de diciembre de dos mil cinco.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Santander los presentes Autos de juicio ordinario núm. 1066 de 2.003, Rollo de Sala núm. 117 de 2.005 procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Santander , seguidos a instancia de D. Elena contra DIRECCION000 de Santander.

En esta segunda instancia ha sido parte apelante D. Elena , representado por el Procurador Sr. Quiros Martínez y defendido por el Letrado Sr. Sierra Rodríguez; y apelada DIRECCION000 , representado por el Procurador Sr. Calvo Sánchez y defendido por el Letrado Sr. Ruiz Sinde.

Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado Don Miguel Fernández Díez

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado, Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Santander, y en los autos ya referenciados, se dictó en fecha veinticinco de noviembre de 2.004 Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta a instancia de D. Elena , representada por la Procuradora Sra Quiros Martínez y asistida delLetrado D. Eduardo Sierra Rodríguez contra DIRECCION000 de Santander , representada por la Procuradora Sra Calvo Sánchez y asistida de la Letrado D. María Luz Ruiz Sinde ; debo absolver y absuelvo a la demandada de las pretensiones formuladas; con expresa imposición de las costas de esta instancia a la parte actora".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, la representación de la parte demandante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; tramitado el mismo se remitieron las actuaciones a esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial en la que se señaló para deliberación y fallo del recurso el día veinticuatro de octubre pasado.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, excepto el plazo para dictar Sentencia por el volumen de asuntos que pesan sobre el órgano judicial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la resolución recurrida en lo que no opongan o contradigan a los de la presente resolución y

PRIMERO

Frente a la Sentencia de instancia en que se desestima la acción ejercitada en la demanda relativa a la impugnación por un comunero de determinados acuerdos adoptados por la Junta de Propietarios de la Comunidad demandada celebrada el 31 de julio de 2003 se alza el recurso interpuesto por la actora reiterando en esta alzada los motivos que en su día justificaron la impugnación.

SEGUNDO

El primer punto impugnado es la lectura y aprobación si procede del balance económico del año 2002. La tesis expuesta por la recurrente es que la aprobación de tal punto del orden del día deviene nula en la medida en que se ha infringido el derecho de información que corresponde a todo copropietario. Ha de decirse que tal y como se desprende de la documental acompañada con la demanda con la convocatoria de la junta a celebrar el 31 de julio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
5 sentencias
  • SAP Valencia 626/2008, 6 de Noviembre de 2008
    • España
    • 6 Noviembre 2008
    ...una información ilimitada, lo que con carácter general respecto del derecho de información del comunero proclaman las SSAP de Cantabria -Secc. 2ª- de 19-12-2.005 y Sevilla -Secc. 5ª- de 22-2-2.007, lo que en buena lógica es cabal, de forma que, ante el silencio de la Ley, sólo queda afirmar......
  • SAP Córdoba 134/2017, 24 de Febrero de 2017
    • España
    • 24 Febrero 2017
    ...una información ilimitada, lo que con carácter general respecto del derecho de información del comunero proclaman las SSAP de Cantabria - Secc. 2ª- de 19-12-2.005 y Sevilla -Secc. 5ª- de 22-2-2.007, lo que en buena lógica es cabal, de forma que, ante el silencio de la Ley, sólo queda afirma......
  • SAP Asturias 6/2008, 18 de Enero de 2008
    • España
    • 18 Enero 2008
    ...una información ilimitada, lo que con carácter general respecto del derecho de información del comunero proclaman las SSAP de Cantabria -Secc. 2ª- de 19-12-2.005 y Sevilla -Secc. 5ª- de 22-2-2.007, lo que en buena lógica es cabal, de forma que, ante el silencio de la Ley, sólo queda afirmar......
  • SAP Baleares 437/2008, 16 de Diciembre de 2008
    • España
    • 16 Diciembre 2008
    ...ilimitada, lo que con carácter general respecto del derecho de información del comunero proclaman las sentencias de la Audiencia Provincial de Cantabria de 19-12-2005 y de Sevilla de 22-2-2007, lo que en buena lógica es cabal, de forma que, ante el silencio de la Ley, sólo queda afirmar que......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
3 artículos doctrinales
  • Hacia una nueva Ley de Propiedad Horizontal. El proyecto del consejo general de colegios de administradores de fincas de España desde la prespectiva de la mejora de la protección de los consumidores y usuarios
    • España
    • Revista Consumo y Empresa Núm. 4, Febrero 2017
    • 1 Febrero 2017
    ...una información ilimitada, lo que con carácter general respecto del derecho de información del comunero proclaman las SSAP de Cantabria -Secc. 2ª- de 19-12-2.005 y Sevilla -Secc. 5ª- de 22-2-2.007 , lo que en buena lógica es cabal, de forma que, ante el silencio de la Ley, sólo queda afirma......
  • Artículo 16 Convocatoria y reunión de la Junta de Propietarios
    • España
    • La Ley de Propiedad Horizontal después de 2013. Doctrina, jurisprudencia y concordancias Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal Del régimen de la propiedad por pisos o locales
    • 6 Marzo 2014
    ...cuentas comunitarias, que no tiene un contenido ilimitado en el sentido que impida el normal desarrollo de la comunidad". (SAP de Cantabria de 19 de diciembre de 2005). "Entre las funciones del Administrador se encuentra la de custodiar a disposición de los titulares la documentación de la ......
  • Artículo 16
    • España
    • Comentarios a la Ley de Propiedad Horizontal. Después de la Reforma de 2011 Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, después de las reformas de 1988, 1990, 1992, 1999, 2000 , 2003, 2009 y 2011 Del régimen de la propiedad por pisos o locales
    • 5 Julio 2012
    ...cuentas comunitarias, que no tiene un contenido ilimitado en el sentido que impida el normal desarrollo de la comunidad". (SAP de Cantabria de 19 de diciembre de 2005). "Entre las funciones del Administrador se encuentra la de custodiar a disposición de los titulares la documentación de la ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR