STSJ Comunidad Valenciana 2354/2006, 4 de Julio de 2006

PonenteANTONIO VICENTE COTS DIAZ
ECLIES:TSJCV:2006:6580
Número de Recurso214/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2354/2006
Fecha de Resolución 4 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 2354/2006

En el Recurso de Suplicación núm. 214/2006, interpuesto contra la sentencia de fecha 23-09-05, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 10 de Valencia, en los autos núm. 201/05, seguidos sobre invalidez, a instancia de Dª Maite , asistido por el Letrado D. Alberto Castellá García, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente la parte demandada INSS, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 23-09-05 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando la demanda promovida por Dª Maite contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar y declaro que la parte actora se encuentra situación de invalidez permanente en grado de incapacidad permanente absoluta, con origen en enfermedad común; y, en consecuencia, debo de condenar y condeno a la Entidad Gestora a estar y pasar por esta declaración y a abonar al demandante una pensión vitalicia y mensual en la cuantía del 100% de la base reguladora de 2.270'49 euros, más los incrementos legales correspondientes, con efectos desde el día 02-11-04.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- La actora, Dª Maite , nacida el 15-04-1955, con D.N.I. núm. NUM000 , afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con el nº NUM001 , inició un período de incapacidad por enfermedad el día 27 de marzo de 2003 que, por Resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de fecha 15 de noviembre de 2004, fue declarada como de Incapacidad Permanente para su profesión habitual de Administrativa, y ello en base a las siguientes secuelas: Fibromialgia, Protrusiones Discales-Lumbares. Hernia Discal L5- Sº. Distimia. Rectocele intervenido, Colón Irritable. Vértigos. Y las limitaciones Orgánicas y funcionales siguientes: Fatigabilidad, Astenia. SEGUNDO.- Contra dicha resolución, la demandante formuló en fecha 13-12-2004 Reclamación Previa ante la entidad demandada, solicitando se le declare afecta a una Incapacidad Permanente Absoluta, siendo ampliada el 5 de enero de 2005. TERCERO.- Por Resolución de fecha 27 de enero de 2005, el INSS desestimó la reclamación previa formulada, agotando la vía administrativa. CUARTO.- La tabajadora presenta el siguiente cuadro clínico: "Cuadro de Artrosis degenerativa, con protusiones discales C3-C4, C4-C5, C5-C6 e Hipertrofia de ligamentoamarillo en C7-D1, así como hipercifosis dorsal, protusiones discales D11- D12, L3-L4, L4-L5 y Hernia discal L5-S1, con Dorsolumbalgia crónica que se incrementa al permanecer mucho tiempo de pie o santada y Gonalgia izquierda por Entesopatía en la inserción distal del cuadríceps, que se agudiza también al permanecer mucho tiempo de pie o sentada y con la deambulación. Colón irritable. Fibromialgia severa, con poliartralgias generalizadas, mialgias, astenia, sueño no reparador y disistesias en ambas manos, con fenómeno de Raynoud asociado Neuralgia que afecta especialmente a la hemicara izquierda y se aompaña de mareos y vértidos. Distimia depresiva severa". QUINTO.- Que la Base Reguladora asciende a 1936'98 euros, siendo la fecha de efectos de 2 de noviembre de 2004 ".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada INSS, habiendo sido impugnada por la parte demandante Dª Maite . Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que estimando la pretensión actora reconoció a la demandante afecta de invalidez permanente en el grado de absoluta para toda profesión u oficio, con una base reguladora de 2.270,49 euros mensuales, interpone recurso de suplicación la parte demandada INSS, siendo impugnado el recurso por la parte actora, y en el primer motivo del recurso se postula con amparo procesal en el artículo 191, a) de la Ley de Procedimiento Laboral , la reposición de los autos al estado en que se encontraban en el momento de haberse infringido normas o garantías del procedimiento que hayan producido indefensión, alegando que se han...

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