STSJ Murcia 927/2008, 27 de Octubre de 2008

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2008:1846
Número de Recurso788/2008
Número de Resolución927/2008
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Carlos Daniel , contra la sentencia número 184/08 del Juzgado de lo Social número Tres de Murcia, de fecha 16 de mayo del 2008, dictada en proceso número 775/07, sobre INCAPACIDAD, y entablado por D. Carlos Daniel frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- Al actor D. Carlos Daniel , nacido el 1 de septiembre de 1942, le fue reconocida por la Dirección Provincial del INSS en fecha 28 de septiembre de 2004, confirmada por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de fecha 27 de junio de 2005 , pensión de incapacidad permanente total para su profesión habitual de peón de la construcción por padecer las dolencias siguientes: Cardiopatía Isquémica; angor de esfuerzo; episodio de angor de reposo en el año 2002, Hemorroides externas (Colonoscopia en 4 de mayo de 2004); Cataratas, Leucotrombopenia leve sin repercusión clínica. Limitado para esfuerzos físicos intensos y continuados; agudeza visual CSC en ojo derecho 1/2 y en ojo izquierdo 1/3. SEGUNDO.- Solicitó el 1 de diciembre de2006 a la Dirección Provincial del INSS, Revisión de su estado por agravación, y sometido a reconocimiento médico se emitió Informe médico de síntesis en fecha 6 de marzo de 2007, en el que se hacia constar que la parte actora padecía las siguientes dolencias: Angor de esfuerzo con lesión leve-moderada en DA; Ergometría y Ecocardiograma de stress negativos para isquemia; Hepatopatía crónica con paramentos analíticos normales; Ecografia abdominal normal. Intervenido de cataratas: Agudeza visual 0,5 binocular; menoscabo visual de 22%. No cambio de grado que tiene reconocido; déficit funcional similar a valoración anterior. TERCERO.- Por el Equipo de Valoración de Incapacidades se emitió Dictamen Propuesta en fecha 13-3-2007 de existencia de Incapacidad permanente en grado de total sin variación de grado (revisable a partir de 13-6-07), y por Resolución de 14-5-07 se elevó a definitivo. CUARTO.- La base reguladora de la prestación a asciende a 512,47 €. QUINTO.- En la actualidad el actor presenta las dolencias referidas en el hecho probado segundo, a lo que debe añadirse que con posterioridad a la valoración por el EVI y en concreto el 13-1-08 el actor tuvo nuevo ingreso por angor de reposo realizándose nueva prueba de esfuerzo (Protocolo Bruce) que se suspendió por fatiga a los 8:01 mm., alcanzando 9,90 METS, siendo el resultado del Test...

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