ATS, 9 de Septiembre de 2014

PonenteSEBASTIAN SASTRE PAPIOL
ECLIES:TS:2014:6880A
Número de Recurso466/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a nueve de Septiembre de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. presentó escrito el 21 de enero de 2014 interponiendo recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada con fecha de 16 de diciembre de de 2013 por la Audiencia Provincial de Castellón (Sección 3ª), rollo de apelación nº 292/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 73/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Castellón.

  2. - Mediante Diligencia de Ordenación se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes.

  3. - La Procuradora Doña Ana LLorens Pardo, en nombre y representación de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., presentó escrito el 18 de febrero de 2014 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. El Procurador D. Luis Fernando Pozas Osset, en nombre y representación de TONATIUH EHECATL, S.L. presentó escrito el 20 de febrero de 2014 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casacióny el recurso extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) Admitir el recurso de casación y el recurso extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. contra la Sentencia dictada con fecha de 16 de diciembre de 2013 por la Audiencia Provincial de Castellón (Sección 3ª), rollo de apelación nº 292/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 73/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Castellón.

  2. ) Entréguese copias del escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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