STSJ Murcia 698/2007, 4 de Junio de 2007
Ponente | JOSE LUIS ALONSO SAURA |
ECLI | ES:TSJMU:2007:663 |
Número de Recurso | 626/2007 |
Número de Resolución | 698/2007 |
Fecha de Resolución | 4 de Junio de 2007 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de suplicación interpuesto por D. Daniel , contra la sentencia número 80/07 del Juzgado de lo Social número Uno de Murcia, de fecha 27 de febrero del 2007, dictada en proceso número 43/07, sobre INCAPACIDAD, y entablado por D. Daniel frente INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "1.- El actor D. Daniel , nacido en Murcia, el día 30 de octubre de 1953, ha sido alta en Régimen de Seguridad Social General, por tareas de gerente empresarial de construcción, los hijos trabajan en la empresa. 2.- El actor inició incapacidad temporal el día 10 de enero de 2005, el reconocimiento del EVI tuvo lugar el 4 de agosto de 2006. 3.- El
I.N.S.S. ha declarado la inexistencia de incapacidad permanente. 4.- Deduce el interesado la demanda para que se le declare en situación de Invalidez Permanente Absoluta para todo trabajo y subsidiariamente la total. 5.- La base reguladora es de 1079,18 euros. 6.- Se interpuso reclamación previa. 7.- Presenta enfermedad de Crohn que debuto en 1994 con múltiples reagudizaciones desde entonces, último ingresohospitalario en marzo de 2006, fístula anal recidivante, hombro doloroso bilateral con tendinopatia supraespinoso bilateral y síndrome subacromial izquierdo epitelioma basocelular extirpado en 2005. 8.- En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda interpuesta por Daniel contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL debo absolver y absuelvo a éstos de aquella, confirmando lo acordado en vía previa.".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado D. ANTONIO GONZALEZ-AMALIACH CANO, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.
FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor, D. Daniel , presentó demanda en la que invoca que es gerente de empresa de construcción, solicitando la declaración en situación de invalidez permanente absoluta o, subsidiariamente total.
La sentencia recurrida desestimó la demanda, razonando en síntesis que no concurría el grado de invalidez solicitado.
El actor, disconforme, interpuso recurso de suplicación, en el que, a través de dos motivos de recurso; dedicados, uno, a la revisión de los hechos declarados probados y, el otro, al examen del Derecho aplicado, postula la revocación de la sentencia recurrida.
FUNDAMENTO SEGUNDO.- Inicialmente, se solicita, al amparo del artículo 191.b) de la Ley de Procedimiento Laboral, la modificación del hecho declarado probado séptimo , que debería decir: "Además de lo anterior el trabajador presenta trastorno ansioso-depresivo, distimia, así como diabetes mellitas, obesidad, vasculopatía y neuropatía en ambos miembros inferiores, obesidad, cushing iatrogénico, hipertensión arterial y poliartralgias".
Este motivo de recurso se rechaza.
En efecto, el relato que se pretende añadir, no asociado a concretas limitaciones funcionales, no se evidencia relevante.
FUNDAMENTO TERCERO.- Se denuncia, finalmente, infracción del artículo 137.5 de la Ley General de la Seguridad Social , pues la parte recurrente estaría en...
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