STSJ Murcia 561/2007, 7 de Mayo de 2007

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2007:599
Número de Recurso485/2007
Número de Resolución561/2007
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por doña Carolina , contra la sentencia número 0013/2007 del Juzgado de lo Social número 1 de Murcia, de fecha 12 de enero, dictada en proceso número 0163/2006, sobre incapacidad, y entablado por doña Carolina frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "1.- La actora Da. Carolina , nacida, nacida en Cieza, el día 10 de Julio de .970, ha sido alta en Régimen de Seguridad Social Agrícola por cuenta ajena, por cultivo directo de la tierra. 2.- La trabajadora inició incapacidad temporal el 18 de Mayo de 2005, el reconocimiento del EVI tuvo lugar el 18 de Julio de 2006 y la propuesta del INSS es de fecha 20 de Julio de 2006. 3.- El I.N.S.S. ha declarado la inexistencia de incapacidad permanente. 4.- Deduce el interesado la demanda para que se le declare en situación de Invalidez Permanente Absoluta para todo trabajo y subsidiariamente la total para su ocupación habitual. 5.- La base reguladora es 492,60 euros/mes.6.- Se interpuso reclamación previa. 7.- Presenta, rinoconjuntivitis, asma bronquial extrinseco por sensibilización a pólenes, test de metacolina, disnea, trastorno disociativo de conversión histérico, trastorno crónico con síntomas neurológicos, mareos crónicos, cefaleas. Personalidad infantil con necesidad de sostén social, familiar y clínico, cervicobraquialgia crónica izquierda y fibromialgia"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Carolina contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo declarar al actor en situación de Invalidez Permanente Total para su trabajo habitual, absolviéndole del resto de la demanda, con derecho a lucrar pensión del 55 % de su base reguladora de 492,60 euros más mejoras y revalorizaciones, condenando al I.N.S.S. al reconocimiento de tal situación y al abono de la pensión con efectos económicos desde el 20 de Julio de 2006 hasta el tope legal máximo".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Fermín Gallego Moya, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- Recurre la parte actora al amparo de los apartados b) y c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , la sentencia de instancia que le fue contraria a sus intereses, y en la que reclamaba una invalidez permanente absoluta, para que ésta sea revocada y, en su lugar, sea dictada...

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