STSJ Murcia 523/2007, 23 de Abril de 2007

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2007:502
Número de Recurso447/2007
Número de Resolución523/2007
Fecha de Resolución23 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Esteban , contra la sentencia número 19/07 del Juzgado de lo Social número Cuatro de Murcia, de fecha 18 de enero del 2007, dictada en proceso número 740/06, sobre INCAPACIDAD, y entablado por D. Esteban frente D. Luis , IBERMUTUAMUR, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO: El demandante D. Esteban , nacido el 4-03-1982, viene prestando servicios para la empresa demandada MIGUEL BOTIA CEREZO, dedicada a la actividad taller de chapa, con antigüedad de 7- 07-1998 y categoría profesional de mecánico-chapista. SEGUNDO: En fecha 16-03-2005 el demandante inició proceso de incapacidad temporal cuando prestaba servicios para la empresa demandada, que tenía cubierto el riesgo derivado de contingencias profesionales con IBERMUTUAMUR. TERCERO: Iniciado expediente de valoración de secuelas, en fecha 17-03-2006 se emitió informe médico de síntesis y el EVI el 23-03-2006 elevó propuesta de existencia de incapacidad permanente derivada de accidente de trabajo en grado de parcial para suprofesión habitual derivada de enfermedad profesional. CUARTO: Por resolución de la Dirección Provincial del INSS de fecha 12-05-2006 se reconoció al demandante incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional en grado de parcial para su profesión habitual, con derecho a percibir la indemnización a tanto alzado por importe de 31.426,56 €, (24 mensualidades de la base reguladora de

1.309,44 €). QUINTO: El demandante presenta las secuelas siguientes: dolor e inflamación en muñeca derecha, sin antecedente traumático desde el 9-11-2004; en diciembre de 2004, tendinitis muñeca, necrosis ósea aséptica; en enero de 2005 RMN del semilunar, sinovitis carpiana; tratamiento conservador hasta junio de 2005; tratamiento quirúrgico: osteotomía de acortamiento- horizontalización del radio, rehabilitación; secuelas de muñeca derecha con movilidad global limitada en un 50% (flexión dorsal -40°, palmar -450, supinación -30°, pronación conservada; limitado para sobrecargas importantes de muñeca derecha y para tareas con vibraciones sobre muñeca derecha. SEXTO: La base reguladora mensual asciende a 1.209,15 €. SEPTIMO: Las tareas que realiza el demandante consistente en la reparación de chapa de vehículos siniestrados: si el vehículo está en muy malas condiciones, se instala en el banco de trabajo y se sujeta el chasis de éste; anteriormente se han colocado 5 barras de hierro de unos 40 Kg. (entre dos trabajadores) al banco de trabajo para poder sujetarlo; a continuación se engancha un gato hidráulico o el equipo "L" al chasis o carrocería y se estira; en algunas ocasiones se deben cortar trozos de carrocería, con el martillo y el cincel, sierra automática o la radial, que se repararán o se instalan piezas o trozos nuevos (puertas, aletas, trozos de chasis, etc.), esta reinstalación se realizará con ayuda de los equipos de soldadura o con herramientas manuales destinadas a esta tarea (llaves, martillo, destornilladores, etc.); si la reparación es de pequeños golpes, se empleará el martillo y una pequeña pieza metálica, que se coloca en el interior de la chapa y que va dando forma a ésta, al mismo tiempo que se va golpeando con el martillo por el otro lado, el trabajador no desmonta el motor de los vehículos, ni realiza tareas de...

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