STSJ La Rioja 109/2014, 25 de Junio de 2014

PonenteMARIA DE LA MERCEDES OLIVER ALBUERNE
ECLIES:TSJLR:2014:275
Número de Recurso102/2014
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución109/2014
Fecha de Resolución25 de Junio de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.J.LA RIOJA SALA SOCIAL

LOGROÑO

SENTENCIA: 00109/2014

T.S.J. LA RIOJA SALA SOCIALLOGROÑO

C/ BRETON DE LOS HERREROS 5-7 LOGROÑO

Tfno: 941 296 421

Fax:941 296 408

NIG: 26089 44 4 2013 0001114

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000102 /2014

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000364 /2013 JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de LOGROÑO

Recurrente/s: Mariola

Abogado/a:

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: INSTITUTO DE FORMACION Y ESTUDIOS SOCIALES, FORMACION 2020 SA, LOCALMUR SL, FOGASA FOGASA, MINISTERIO FISCAL MINISTERIO FISCAL

Abogado/a:,,,,

Procurador/a:,,,,

Graduado/a Social:,,,,

Sent. Nº 109-2014

Rec. 102/2014

Ilmo. Sr. D. Miguel Azagra Solano. :

Presidente. :

Ilmo. Sr. D. Cristóbal Iribas Genua. :

Ilma. Sra. Dª Mercedes Oliver Albuerne. :

En Logroño, a veinticinco de junio de dos mil catorce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación nº 102/2014 interpuesto por Dª Mariola asistida del Ldo. D. Javier Marín Barrero contra la SENTENCIA del Juzgado de lo Social nº TRES de La Rioja de fecha 15 DE ENERO DE 2014 y siendo recurridos INSTITUTO DE FORMACION Y ESTUDIOS SOCIALES, asistido del Ld. D. Javier Berriatua Horta, FORMACION 2020 S.A. y LOCALMUR S.L. asistidos del Ldo. Dª Pilar Conesa Martínez, el MINISTERIO FISCAL y el FONDO DE GARANTIA SALARIAL asistido del Ldo. de Fogasa, ha actuado como PONENTE LA ILMA. SRA. DOÑA Mercedes Oliver Albuerne.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, por Dª Mariola se presentó demanda ante el Juzgado de lo Social número TRES de La Rioja, contra INSTITUTO DE FORMACION Y ESTUDIOS SOCIALES, FORMACION 2020 S.A., LOCALMUR S.L., el MINISTERIO FISCAL y el FONDO DE GARANTIA SALARIAL en reclamación de DESPIDO.

SEGUNDO

Celebrado el correspondiente juicio, con fecha 15 DE ENERO DE 2014 recayó sentencia cuyos hechos probados y fallo son del siguiente tenor literal:

"HECHOS PROBADOS:

PRIMERO

La demandante venía prestando sus servicios por cuenta y órdenes de la demandada IFES con una antigüedad del 12.04.1993, categoría profesional de oficial 2ª administrativo B y salario bruto mensual de 1.797#26 # (ipp), en la delegación territorial de La Rioja, como personal de estructura.

SEGUNDO

A la relación laboral existente entre las partes le era de aplicación el Convenio Colectivo de la Fundación IFES para los años 2008- 2010 (BOE nº 247 de 13.10.2008), expresamente prorrogado en su vigencia hasta la suscripción de uno nuevo que lo sustituya (BOE nº 149 de 22.06.2012).

TERCERO

Con fecha 19.03.2013 la empresa le comunicó su despido mediante carta del siguiente tenor literal:

Estimada Mariola :

Por el presente escrito lamentamos comunicarle que la Fundación se ha visto obligada a proceder a la extinción y resolución de la relación laboral que mantiene usted con la misma, con efectos al día de hoy, 19 de marzo de 2013, al amparo de lo dispuesto en el art. 52.c) del Estatuto de los Trabajadores, esto es, por la concurrencia de causas objetivas, más concretamente debido a causas económicas por disminución persistente del nivel de ingresos ordinarios y productivas, así como a causas organizativas. Esta medida es de carácter individual y afecta a 26 trabajadores en toda la Empresa .

Como Ud bien conoce, la empresa atraviesa actualmente una grave situación derivada de la disminución importante y continuada de su actividad principal; la formación para el empleo.

Así, el número de horas de formación impartidas por la Fundación en el año 2009 fueron 9.713.884, con unos ingresos de 67.691.755 euros; en 2010 fueron 8.281.257, lo que supuso unos ingresos de 64.901.056 euros y aunque dichos ingresos provenían como todos los de la Fundación, de convenios y subvenciones de carácter finalista que no reportan beneficios para IFES, nos permitieron realizar nuestro fin fundacional y mantener los puestos de trabajo (con recortes en contrataciones temporales y redistribuciones de cargas de trabajo en 2010).

La situación actual, sin embargo, es bien distinta, ya que el gasto público y subvenciones otorgadas por la Administración Pública para formación se han visto recortadas en más de un 50% lo que ha llevado aparejado un importante descenso en la actividad formativa y encomendada a esta Fundación. Así, el número de horas de formación impartidas en los años 2011 y 2012 se han visto muy reducidas, en concreto a 7.481.766 y 6.657.414, respectivamente.

Esta caída de la producción ha tenido fiel reflejo en los ingresos, como puede comprobarse en la siguiente tabla:

AÑO INGRESOS HORAS

IMPARTIDAS PLANTILLA FIJA* RESULTADOS

F. IFES

2009 67.691.755# 9.713.884 222 171.693 #

2010 64.901.056# 8.281.257 226 -452.870 #

2011 57.753.737# 7.481.766 223 -1.603.773 #

2012 47.545.685# 6.657.414 220 -525.325 #

De forma más patente, se refleja en la persistente caída de ingresos que refleja la comparativa de los 9 meses (tres trimestres) inmediatamente anteriores a la fecha de esta extinción de contrato con los correlativos del año anterior:

Mayo a Julio 2011 Agosto a

Octubre 2011 Nov. 2011 a

Enero 2012 TOTAL:

12.378.326,00 11.658.600,00 18.656.329,00 42.693.255,00

Mayo a Julio 2012 Agosto a

Octubre 2012 Nov. 2011 a

Enero 2013 TOTAL:

11.749.253,00 7.108.962,00 5.038.280,00 23.896.495,00

Actualmente, no existe perspectiva de que esta situación de caída de los ingresos vaya a recuperarse a corto o medio plazo, sino más bien too lo contrario, de hecho la previsión para el ejercicio 2013, es que los ingresos sigan descendiendo. Como lo acredita y agrava el hecho de no haber obtenido financiación directa en las dos últimas convocatorias estatales de ayudas a las que nos hemos presentado para ejecutar en este año (Convocatoria para la concesión de subvenciones para la ejecución de planes de formación, de ámbito estatal, Resolución de 9 de agosto de 2012 del SPEE y convocatoria para la ejecución de un programa específico de ámbito estatal de cualificación y mejora de la empleabilidad de jóvenes menores de treinta años Resolución de 11 de octubre de 2012 del SPE) lo que ha supuesto una reducción de aproximadamente 2.000.000 euros en los ingresos previstos.

Este desfase evidente entre gastos fijos e ingresos, no sólo está produciendo un perjuicio económico por la cada vez mayor imposibilidad de justificación en los Planes formativos (cuando y donde los hay) de estos gastos, sino por la financiación necesaria para soportarlos. Con un problema actual añadido: La falta de liquidez de las Administraciones Públicas está produciendo una morosidad en los pagos de las subvenciones que nos aboca a enormes gastos financieros, los cuales ni siquiera pueden después incluirse como gastos asumibles en las justificaciones finales.

Como hemos señalado en el año 2009, los ingresos de la fundación fueron 67.691.755 #, destinados a la realización de 9.713.884 horas de formación, para lo que la Fundación contaba con 222 trabajadores fijos de personal de estructura, excluyendo los fijos discontinuos. Ahora, tras una bajada del 30% de la producción, el número de trabajadores fijos de estructura, siempre excluyendo los fijos discontinuos, no ha tenido prácticamente ninguna variación, en concreto, hay 220 trabajadores fijos, lo que supone una disminución del porcentaje de trabajadores del 1% en todo el período . En el primer cuadro se puede comprobar cómo, con la producción, los ingresos y la plantilla que teníamos en el año 2009, la Fundación obtenía resultados positivos (equilibrados), sin embargo, al producirse la reducción paulatina de los ingresos y la producción, sin una reducción proporcional en el personal fijo de estructura, las cuentas de IFES comienzan a arrojar pérdidas a partir del 2010, pérdidas importantes y crecientes que sólo han conseguido paliarse un poco en el 2012 gracias a la bajada de los costes salariales por el impacto económico que ha tenido el Expediente de Regulación de Empleo Temporal sufrido.

Amén de las causas productivas y económicas expuestas, concurren circunstancias organizativas motivadas por la necesidad de adaptarnos a los últimos cambios normativos en la justificación económica de las subvenciones que no sólo han reducido considerablemente el valor económico de los cursos, sino que además han disminuido entre un 5 y un 10% el porcentaje de gastos asociados que se puede imputar (gastos estos en los que se encuentran incluidos los costes del personal de estructura), lo que añadido al descenso en un 30% de nuestra producción nos obliga a realizar un ajuste del personal de estructura que se halla sobredimensionado para los ingresos y actividad actual, ya que las Fundación no puede hacer frente a los costes de personal, lo que pone en serio peligro la viabilidad de la Fundación, sobre todo teniendo en cuenta que debido a nuestro carácter benéfico docente y a los ingresos finalistas de nuestra actividad carecemos de margen de beneficios.

Como sabe, antes de tomar esta dolorosa decisión de la extinción de su puesto de trabajo, así como de los otros 25 trabajadores afectados, la Fundación tomó una serie de medidas con el fin de mejorar la situación generada por el descenso de la producción y los ingresos; así, se implantó un plan de reducción del gasto, se congelaron los salarios, se redujo la contratación temporal y se llevó a cabo un expediente de Regulación Temporal de Empleo de seis meses (hasta el 31/10/2013) en el que se vieron afectados 153 trabajadores pero, dichas medidas, aunque han conseguido que las pérdidas económicas de la Fundación en el ejercicio 2012 fueran menores (La previsión actual es de...

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