STSJ Asturias 1531/2014, 27 de Junio de 2014

PonenteMARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2014:2238
Número de Recurso1288/2014
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1531/2014
Fecha de Resolución27 de Junio de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01531/2014

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIALOVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33024 44 4 2013 0002959

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001288 /2014

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000736/2013 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de GIJON

Recurrente/s: Joaquín

Graduado/a Social: JUAN SANCHEZ DE LA CRUZ

Recurrido/s: SERVICIOS NORMATIVOS FORMACION SLU, SERVICIOS NORMATIVOS SA,

SERVICIOS NORMATIVOS ASTURIAS SL, COORDINADORA DE SERVICIOS PREVENTIVOS S.L.U.,

Teresa, Ruperto, ADMON. CONCURSAL Catalina, FONDO DE GARANTIA SALARIAL

Abogado/a: ISABEL COSIO FERNANDEZ, ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 1531/14

En OVIEDO, a veintisiete de Junio de dos mil catorce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Iltmos Sres. Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, Presidente, D. FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ, Dª. PALOMA GUTIERREZ CAMPOS y Dª. MARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0001288/2014, formalizado por el Graduado Social D. JUAN SANCHEZ DE LA CRUZ, en nombre y representación de Joaquín, contra la sentencia número 63/2014 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de GIJON en el procedimiento DEMANDA 0000736/2013, seguidos a instancia de Joaquín frente a las empresas SERVICIOS NORMATIVOS FORMACION SLU, SERVICIOS NORMATIVOS SA, SERVICIOS NORMATIVOS ASTURIAS SL y COORDINADORA DE SERVICIOS PREVENTIVOS SLU, así como Teresa, Ruperto, ADMON. CONCURSAL Catalina y el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, siendo Magistrado-Ponente la Ilma Sr Dª MARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ .

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Joaquín presentó demanda contra las empresas SERVICIOS NORMATIVOS FORMACION SLU, SERVICIOS NORMATIVOS SA, SERVICIOS NORMATIVOS ASTURIAS SL y COORDINADORA DE SERVICIOS PREVENTIVOS SLU, así como Teresa, Ruperto, ADMON. CONCURSAL Catalina y el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 63/2014, de fecha doce de febrero de dos mil catorce .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. ) El demandante D. Joaquín, con DNI nº NUM000, ha venido prestando sus servicios, con la categoría profesional de licenciado, dentro del ámbito del Convenio Colectivo Estatal de Enseñanza y Formación no Reglada, en virtud de los siguientes contratos de trabajo:

    - Contrato de trabajo en prácticas, a tiempo parcial, transformado a tiempo completo, con la empresa SERVICIOS NORMATIVOS ASTURIAS SL, del 1 de marzo de 2002 al 28 de febrero de 2003, que se prorrogó desde el 1 de marzo de 2003 hasta el 29 de febrero de 2004.

    - Contrato de trabajo de obra o servicio determinado, a tiempo completo, con la empresa SERVICIOS NORMATIVOS ASTURIAS SL, del 1 de marzo de 2004 al 31 de enero de 2005, que tenía por objeto "Contrato de Asistencia Técnica con la empresa JOSE GERMAN VIZCAINO GARCIA, con el NIF 10.523.846-N de Oviedo".

    - Contrato de trabajo indefinido, a tiempo completo, con la empresa SERVICIOS NORMATIVOS SA, desde el 1 de febrero de 2005, con una antigüedad reconocida a dicha fecha, en el que se subrogó el 1 de octubre de 2008 la empresa SERVICIOS NORMATIVOS FORMACION SLU.

  2. ) El salario correspondiente a la categoría del trabajador asciende a 106,30 euros brutos diarios, incluyendo prorrata de pagas extras, por conformidad de las partes.

  3. ) SERGEY NORA COMUNICATION GROUP SA fue constituida el 9 de febrero de 1996 con un amplio objeto social que incluye operaciones inmobiliarias, producción y comercialización de material didáctico y de formación por medio de métodos audiovisuales, comercio de material pedagógico y educativo, asesoramiento jurídico, contable, fiscal, económico, financiero y laboral, confección de nóminas realización de trámites y gestiones ante organismos, operaciones con valores, obligaciones, propiedad industrial. En septiembre de 2002 se traslada el domicilio social de Bilbao a Gijón, así como se eleva a escritura pública el traspaso de acciones, quedando como socios D. Edmundo, D. Iván y D. Rafael . En octubre de 2002 se lleva a cabo el cambio de denominación social para denominarse SERVICIOS NORMATIVOS SA así como la ampliación del objeto social a la consultoría en materia de calidad y medioambiente y el asesoramiento a empresas en la certificación de productos, mercado CE y la formación a terceros en estos temas. Se produce una venta de acciones en dicho mes, como consecuencia de la cual el capital se repare entre 8 socios, D: Edmundo (11%),

    D. Iván (11%), D. Baltasar (8,37%), D. Rafael (11%), Doña Apolonia (16,75%), D. Gabino (8,38%), D. Mauricio (16,75%) y D. Francisco Victoriano .

    El domicilio social se ubica en la plaza del Seis de Agosto nº 6- 2º de Gijón.

    Desde septiembre de 2002 hasta el 13 de junio de 2012 fue administrador único D. Rafael . Con posterioridad a dicha fecha, se nombró consejo de administración siendo consejeros D. Iván, D. Baltasar y D. Edmundo .

  4. ) SERVICIOS NORMATIVOS FORMACIÓN SLU es una mercantil cuyo domicilio social está en la Plaza del Seis de Agosto nº 6-2º de Gijón. Se constituyó el 1 de abril de 2005 y su objeto social es el de prestar servicios empresariales de formación y adaptación de trabajadores al puesto de trabajo, reorientación profesional, incorporación de nuevas tecnologías, formación a distancia y presencial y servicios de asesoramiento complementarios relacionados con la formación, incluyendo comercio del material didáctico o informático. También engloba servicios de promoción, organización y desarrollo de eventos formativos, culturales o sociales de todo tipo. Hasta el 14 de junio de 2012 fue administrador único D. Rafael . Con posterioridad a dicha fecha, se nombró consejo de administración siendo consejeros D. Iván, D. Baltasar y D. Edmundo .

  5. ) COORDINADORA DE SERVICIOS PREVENTIVOS SLU es una mercantil constituida en 17 de noviembre de 2006, íntegramente participada por SERVICIOS NORMATIVOS SA cuyo objeto social es la prestación de servicios de prevención ajena, en las especialidades de seguridad en el trabajo, higiene industrial, ergonomía y psicología aplicada. Hasta el 14 de junio de 2012 fue administrador único D. Rafael . Con posterioridad a dicha fecha, se nombró consejo de administración siendo consejeros D. Iván, D. Baltasar y D. Edmundo .

  6. ) El 13 de junio de 2000 SERGEY NORA COMUNICATION GROUP SA suscribe con Iván, D. Rafael y D. Edmundo un contrato de franquicia. En el mismo se establece que el franquiciado podrá, como persona física, constituir cualquiera de los tipos de sociedad mercantil existentes en un futuro.

  7. ) SERVICIOS NORMATIVOS ASTURIAS SL es una mercantil constituida el 28 de julio de 2000, íntegramente participada por SERVICIOS NORMATIVOS SA cuyo objeto social es la consultoría, el control de calidad, prevención de riesgos laborales, ecoauditorías, consultoría y temas medioambientales. Son accionistas D. Iván, D. Rafael y D. Edmundo . El primero y el tercero son administradores solidarios.

  8. ) El 21 de febrero se concluye un periodo de consultas en el seno de SERVICIOS NORMATIVOS FORMACION SLU con acuerdo en relación con medidas temporales de regulación de empleo. La actora no se vio afectada por las medidas acordadas, habida cuenta de que se encontraba en situación de incapacidad temporal.

  9. ) El 18 de julio de 2013 SERVICIOS NORMATIVOS DE FORMACION SLU presentó ante la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía y Empleo del Gobierno del Principado de Asturias, comunicación de apertura de periodo consultivo a los efectos de proceder a la aplicación de despido colectivo de toda su plantilla. En ese momento la empresa tenía una plantilla de 18 trabajadores. Dio lugar al expediente 2013-598.

  10. ) El 29 de julio de 2013 se llega a un acuerdo entre la empresa y la Comisión Negociadora, compuesta por los trabajadores Doña Teresa, D. Ruperto y D. Joaquín, aquí demandante. Los representantes de los trabajadores reconocen la situación económica crítica por la que atraviesa la empresa y se fija por las partes un periodo de un año para llevar a cabo la totalidad de las extinciones de los contratos, finalizando el mismo el 16 de agosto de 2014. La indemnización se fija en 20 días de salario por año trabajado, pactando las partes los criterios siguientes para el cálculo del módulo salarial indemnizatorio: los trabajadores que se vieron afectados por el anterior expediente de regulación de empleo, bien con reducción de jornada, bien con suspensión del contrato: se estaría al promedio de las bases cotizadas de los doce meses anteriores al expediente NUM001 . Si hubieran causado alta con posterioridad a marzo de 2012, al promedio retributivo del periodo ordinario trabajado hasta febrero de 2013, incluido. A los trabajadores no afectados por el expediente, promedio retributivo cotizado del primer semestre de 2013.

  11. ) Por resolución de 1 de agosto de 2013 de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía y Empleo del Gobierno del Principado de Asturias, comunica a la entidad gestora la decisión de SERVICIOS NORMATIVOS FORMACION SLU.

  12. ) En el marco de este ERE de extinción, SERVICIOS NORMATIVOS FORMACION SLU dio traslado al demandante de un escrito de la empresa, fechado el 2 de agosto de 2013, por el cual se le comunicaba la extinción de su relación laboral con efectos a 18 de agosto de 2013, con el siguiente tenor literal:

    "Don Joaquín

    Gijón, 2 de Agosto 2013.

    Muy Sr...

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