SAP Castellón 10/2003, 18 de Enero de 2003

PonenteCARLOS DOMINGUEZ DOMINGUEZ
ECLIES:APCS:2003:20
Número de Recurso308/2002
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución10/2003
Fecha de Resolución18 de Enero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 2ª

SENTENCIA N° 10-A

Iltmo. Sr. Presidente

Don Carlos Domínguez Dominguez

Ilmos Sres. Magistrados

Doña Eloisa Gómez Santana

Don José Luis Antón Blanco

En la Ciudad de Castellón, a dieciocho de enero de dos mil tres.

La Sección Segunda de la Iltma. Audiencia Provincial de Castellón, integrada por los señores Magistrados al margen referenciados, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Carlos Domínguez Dominguez, ha visto y examinado el presente Rollo de Apelación Penal n° 308/02, dimanante del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada el 9 de julio de 2002 por el Juzgado de lo Penal n° 2 de Castellón, y en el que han sido partes, como apelante, Don Narciso , representado por la Procuradora Sra. Campayo Martínez y defendido por el Letrado Sr. Caballero Escribano; y como apelado, Don Alfonso , representado por la Procuradora Sra. Pesudo Arenós y asistido por la Letrada Sra. Pallarés Castellet.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal n° 2 de Castellón, en su indicado Rollo, se dictó sentencia en la fecha ya indicada, cuya parte dispositiva dice: FALLO: Debo condenar y condeno a Alfonso , como autor responsable de un delito de INJURIAS CON PUBLICIDAD y de dos FALTAS DE INJURIAS, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad, a las penas de MULTA en la extensión de SIETE MESES a razón de DOCE EUROS/DIA por el delito, y MULTA en la extensión de DIEZ DIAS a razón de DOCE EUROS/DIA por cada falta, en todo caso, para el delito y para las faltas, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de prisión por cada dos cuotas no satisfechas; y a que en vía de responsabilidad civil indemnice a Narciso en la suma de SIETE MIL DOSCIENTOS EUROS de principal mas los intereses procesales desde esta sentencia y a la difusión a su cargo de la presente resolución en cuanto a la conducta calificada como delito, difusión que se realizara en la forma que previo incidente contradictorio se determine en ejecución de sentencia y cuyo contenido será el siguiente:

" En este Juzgado Penal n° 2 de los de Castellón se ha seguido el expediente de Procedimiento Abreviado n° 159/02 por delito de injurias siendo querellante el Letrado del Ilustre Colegio de Abogados deCastellón D. Narciso y acusado D. Alfonso , provisto de DNI. NUM000 , habiéndose dictado sentencia firme que en el particular interés de la presente publicación dice:

Hechos Probados:

En fecha 24 de Julio de 2001, actuando provisto de la hojas de un cuaderno y luego valiéndose de las servilletas de un establecimiento próximo al edificio de Castellón en que el letrado Sr. Narciso tenia su despacho profesional y sito en la C/ DIRECCION000 n° NUM001 , el acusado, en horas de mediodía, se dedico a colocar en la puerta de entrada al zaguán diversas notas con menciones expresas al querellante y con manifiesto propósito de faltar a la consideración que merece cualquier persona. Así en algunas de dichas notas se indicaba:

Narciso : Abogado expedientado por el Colegio de Abogados de Castellón por cobrar en negro

Narciso : Un abogado facha expedientado por cobrar en negro

Abogado, advocat, lawyer/expedientado/ negó la factura a un cliente/ el abogado se llama Narciso / Narciso

Narciso cobra en negro

Este abogado no da facturas a sus clientes/ Narciso (Expedientado)

Ojo con el abogado/ no da facturas/ Narciso expedientado

Cuidado!!! Abogado expedientado. Narciso no dio la factura a un cliente

Narciso : Ya se que soy un pisapapeles de plata en tu despacho / cobra en negro y sin factura

Ni Jon ni hostias: Narciso cobra en negro y no da factura

" Narciso : Se separan naranjeros y ceramistas y se cobra en negro".

Narciso No se crean lo de los naranjeros y ceramistas / cobra en negro/ negro- Narciso / separaciones baratas- Narciso el negro (Que me digan lo contrario/ fascistas ! ! ! )

Os queréis separar ¿ Venid a Narciso ... cobra en negro/ negro como su alma

"Negro: Gran negro / Abogado: Mentiroso / Cobra en negro"

Todas estas notas podían ser leídas por los viandantes no constando que expresamente el acusado se dedicara a repartirlas entre quienes discurrían por la zona.

Fallo:

Debo condenar y condeno a Alfonso , como autor responsable de un delito de injurias con publicidad y sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad, a la pena de multa en la extensión de siete meses a razón de doce euros/día con responsabilidad personal subsidiaria de un día de prisión por cada dos cuotas no satisfechas y a que en vía de responsabilidad civil indemnice a Narciso en la suma de seis mil euros de principal y a la difusión por su cuenta del contenido de la presente resolución en cuanto a la calificación de los hechos como delito".

Debo absolver y absuelvo al acusado de las calificaciones penales sobre las conductas perpetradas en el Colegio de Onda y en el establecimiento situado en las inmediaciones del despacho profesional del querellante.

Y debo condenar y condeno al acusado al abono de las tres quintas partes de las costas originadas a la acusación particular, siendo declaradas de oficio la otra tercera e igual parte.

SEGUNDO

Dicha resolución declaró como probados los siguientes hechos: UNICO.- El, acusado Alfonso , mayor de edad y sin antecedentes penales, como consecuencia de la disconformidad con el abogado de Castellón, Narciso , a propósito de su intervención como letrado de la esposa del acusado en elproceso de divorcio tras haberlo hecho en el previo expediente de separación de mutuo acuerdo, y debido a la negativa del Sr. Narciso de entregarle minuta por los trabajos prestados en la separación, decidió hacer publicas estas diferencias, al margen de las oportunas denuncias en el Colegio de Abogados de Castellón, faltando en sus comentarios a la consideración y respecto del letrado y mas allá de la mera critica; así hasta Abril de 2001 envió varios correos electrónicos al buzón del colegio de Abogados, sin mayor publicidad que la de los empleados del colegio que abrían el correo y en los que indicaba el acusado:

"Coincidiendo con las rebajas de Enero ( Narciso separaciones por algo mas de veinte mil duros ! ! ! !

! ! !.... según papel presentado por dicho caballero) la web DIRECCION001 les presenta su ultima incorporación: Servilleta de papel registrada por la Ilustre Corporación de Abogados de Castellón (Claro que nunca superara el papel firmado por uno de sus colegiados (El antes citado))".

En otro correo:

" VIVA LA LEC

MUERAN LOS LEGULEYOS

MUERAN LOS QUE SE "ENROLLAN" CON SUS CLIENTAS

MUERAN LOS Sebastián , LOS Benedicto Y LOS Narciso )"

En otro correo:

" un Abogado de esa Corporación me negó la "factura" Muera la Corporación y sus sotanas. Viva la LEC. Quiero mi factura. Viva la leeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeeec "

En otro correo:

" Me dirijo respecto a la conducta del colegiado Narciso . Deontológicamente reprobado por resolución firme del Consejo Superior de Abogados. Al parecer ese "colegiado" (Unido sentimentalmente a una excliente) y que emite facturas "falsas" (acaso no escuchamos por la tele lo de las "facturas falsas del IVA" ), se permite demandar a exclientes vulnerando cosas como... el secreto profesional .. y otros parecidos... Podemos hacernos ricos con naranjeros y ceramistas... pero DEONTOLOGIA ES DEONTOLOGIA".

En otro correo:

" Narciso : Reprobado por el Consejo Valenciano de Abogados por negar la factura a un cliente. Intenta no cumplir la nueva Lec. Están interesados en este tema?".

En otro correo:

"Muy pronto en internet texto integro del expediente seguido ante esa Ilustre Corporación y Resolución de Consejo Valenciano de Colegios de Abogados sobre la actitud deontológica del Letrado Narciso . Incluirá fastuosas erratas y el texto integro de Quevedo "Letrados y litigantes.

DIRECCION001 .

(Dada de alta en los principales buscadores con las meta-tarjetas "Colegio de Abogados de Castellón" y " Narciso "

Y en otro correo:

" Como es posible que un abogado indigno ya que ha vulnerado los principios deontológicos según resolución firme del Consejo Valenciano... se permita demandar a exclientes (cuando esta "enrollado" con una excliente... ese colegio defensor de la deontología o de naranjeros y ceramistas?"

Asimismo y movido por el propósito de poner en evidencia las irregularidades atribuidas al letrado Narciso el acusado colgó la dirección de su pagina web con referencia DIRECCION001 en una lista de distribución del Colegio de Abogados de Castellón con referencia ".Grups" hacia marzo de 2001. En dicha dirección el acusado concreto la hoja con referencia DIRECCION001 en la que insertó diversos escritosdirigidos al Colegio de Abogados de Castellón denunciando la negativa del Sr. Narciso a entregarle la minuta tras la tramitación de un expediente matrimonial en que el acusado era parte. Además inserto la resolución del recurso de alzada de fecha 15 de Noviembre de 1999 del Consejo Valenciano del Colegio de Abogados en que fue estimada su petición.

La intención del acusado era comunicar, aprovechando sus conocimientos informáticos, su negativa experiencia con el querellante tras las...

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