STSJ Andalucía 209/2014, 6 de Febrero de 2014

PonenteRAUL PAEZ ESCAMEZ
ECLIES:TSJAND:2014:2141
Número de Recurso1716/2013
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución209/2014
Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2014
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL CON SEDE EN MÁLAGA

Recursos de Suplicación 1716/2013

Sentencia Nº 209/14

ILTMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES, PRESIDENTE

ILTMO. SR. D. RAMÓN GÓMEZ RUIZ,

ILTMO. SR. D. RAÚL PÁEZ ESCÁMEZ

En la ciudad de Málaga a seis de febrero de dos mil catorce

La SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA CON SEDE EN

MÁLAGA, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen, ha dictado la siguiente:

S E N T E N C I A

En el Recursos de Suplicación interpuesto por Ángel Jesús contra la sentencia dictada por JUZGADO DE LO SOCIAL Nº11 DE MALAGA, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. RAÚL PÁEZ ESCÁMEZ

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Ángel Jesús sobre Despidos / Ceses en general siendo demandado MINISTERIO FISCAL, GRUPO FAGOR ELECTRODOMESTICOS, FAGOR S. COOP., FAGOR ELECTRODOMESTICOS S. COOP. LTDA., EDESA SOCIEDAD COOPERATIVA y MONDRAGON S. COOP. habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 29 de Julio de 2013 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - El demandante, D. Ángel Jesús, mayor de edad, con DNI NUM000, prestaba servicios por cuenta y orden de la empresa, Fagor Electrodomésticos S.Coop, desde el 10 de enero de 1.992, ostentando la categoría profesional de Delegado de Ventas, desarrollando su actividad esencialmente en la provincia de Málaga, y con un salario regulador a efectos de despido de 3.666,93#. (contratos, parte de alta en la Seguridad Social y salario extraído de la media de las últimas doce nóminas).

  2. - El salario del actor, estaba integrado por los conceptos que obran en las nóminas aportadas, detrayéndose mensualmente por la empresa la cantidad actualizada última de 160,93#, habiéndose pactado con la plantilla con la misma categoría del actor, la detracción de un porcentaje del uso del vehículo de empresa por rentig. (folios 821 a 840. Normativa del Rentig de vehículos en Fagor Electrodomésticos 1.671 a 1.681, concre. 1.673 en cuanto al co-pago).

  3. - Con fecha 3 de mayo de 2013, la empresa envió comunicación vía mail al actor sobre el concepto retribuciones variables correspondientes al 2012, haciéndolas efectivas mediante transferencia bancaria el 10 de mayo de 2013, por importe de 2.599#.(fol.819-820). En la nómina de mayo de 2012, consta como concepto incentivo liquidación anual por importe de 2.500#. (folio 809).

  4. - Fagor electrodomésticos Scoop, es una sociedad constituida por tiempo indefinido en abril de 1959, y es sociedad dominante del un grupo denominado Grupo Fagor. Fagor electrodomésticos S. Coop. tiene como actividad principal la fabricación y comercialización de electrodomésticos, minidomésticos, climatización para uso doméstico y mobiliario de cocina, estando ubicadas sus plantas fabriles y oficinas en Arrasate, Oñati y Eskoriatza (Guipúzcoa). El resto de sociedades del grupo, también centran su actividad en estos sectores, manteniendo plantas productivas en Francia, Polonia, Italia, Marruecos y China. Forma parte del grupo también la sociedad EDESA Scoop. El grupo presenta cuentas consolidadas anualmente. (informe de auditoría).

  5. - El 30 de noviembre de 2012, la empresa Fagor Electrodomésticos S.coop comunicó mediante carta al trabajador su despido, con efectos el 16 de diciembre de 2012. Las causas invocadas en la carta de despido son causas económicas y productivas. La carta obra a los folios 1662 a 1669 y su contenido se da por reproducido. Las causas consignadas en la carta han quedado acreditadas en autos.(informe de Auditoría a los folios 170 a 366 presentado como prueba anticipada. Información económica y contable documentos 4, 5 y 6 del ramo de prueba de Fagor Electrodomésticos Scoop LTDA a los folios 977 a 1098).

  6. - Ha quedado acreditado como causas económicas que se hacían constar en la carta de despido, que en el Grupo Fagor Electrodomésticos en el año 2009 el resultado de explotación fue negativo de -21.301.000#, en 2010 un resultado negativo de 8.035.000 euros, y en el año 2011, un resultado negativo de -27.983.000#, acumulando en el año 2012 a 30 de noviembre de 2012 un resultado negativo de -42.251.000#. Finalmente las cifras corregidas fueron en 2009 resultado negativo de 19.985.000#, en 2010 9.983.000#, y en 2011

    25.733.000#, y en cuanto la estimación para el 2012, el resultado final fue negativo de 89.983.000# en pérdidas.(testigo director recursos financieros).

  7. - Las ventas, desde 2008 a la actualidad habían descendido hasta un 60%. El retroceso en el mercado nacional fue de un 16%. En la Zona Sur en la que estaba adscrito el demandante la disminución de las ventas fue del 50%, pasando de una facturación de 38 millones de euros en 2008, a 21 millones en 2012, y produciéndose una disminución en la plantilla desde 2011, de 16 a 11 trabajadores en 2013 (testifical Sr. Eladio director recursos financieros y Sr. Luis Enrique director zona Andalucía).

  8. - Respecto de las declaraciones de Iva de Fagor electrodomésticos Scoop con relación a la carta, en Fagor electrodomésticos hay diferencias, por ventas extraordinarias de inmuebles, por la necesidad de afrontar gastos ordinarios de la actividad. En 2011 se vendieron dos pabellones de Mondragón, para obtener 41 millones de euros, no obstante se produjeron en ese año 21 millones de pérdidas. En 2012 vendieron el derecho de uso de la marca Fagor lo que supuso una plusvalía de 49 millones de euros, lo que mejoro el resultado de pérdidas de la sociedad en ese importe.(declaración del impuesto y testifical director recursos financiero).

  9. - Ha quedado acreditado como causas económicas que se hacían constar en la carta de despido, que en Fagor electrodomésticos, el resultado de la explotación en el ejercicio económico fue positivo de

    1.074.000#, en el año 2010 positivo de 222.000#, y en 2011 negativo de 4.268.000#, acumulando en 2012, un resultado negativo de -26.122.200#, que ascendieron finalmente a -25.733.000#.

  10. - En 2011 y 2012 el Consejo Rector de Fagor electrodomésticos S.Coop con relación al plan de gestión de esas anualidades, acordó una reducción del gasto de estructura de 4 y 10,5 millones de euros respectivamente. (fol. 977-979).

  11. - En el año 2011-2012 Fagor electrodomésticos tenía en plantilla 134 trabajadores indefinidos y al

    25 de enero de 2013 109 trabajadores. ( folios 1079-1082).

  12. - Entre indefinidos y eventuales en 2.011 fueron despedidos 28 trabajadores, y en 2012, 17 trabajadores. ( folios 1083 a 1085).

  13. - En el año 2011 fueron trasladados trabajadores socios cooperativistas de Fagor Electrodomésticos a otras Cooperativas del Grupo Mondragón 58 socios, y en 2012, 6 socios, (folios 1086).

  14. - Las medidas para remontar las pérdidas desde el 2009 a la actualidad consistieron en recortes de gastos de estructura, viajes, publicidad, reducción salarial de los socios, estando al día de hoy con una reducción del 27% en nóminas de los socios para la viabilidad de las cooperativas. Los ajustes de la plantilla supusieron en 2.012 ajustes en las plantas de montaje y oficinas salieron 228 personas, y previstas la saladita de la cooperativa de la división de montaje 160 personas y de oficinas 130 personas. En Las plantas productivas han tenido paros por falta de material por impagos a proveedores al inicio de 2.013. (testifical director recursos financieros y directora responsable recurso humanos, ambos Fagor Electrodomésticos).

  15. - La empresa Fagor Electrodomésticos S.Coop, es una sociedad cooperativa de trabajo asociado, formada por un número 3.674 de socios con derecho a voto, que se integran desde el punto de vista mercantil, en un grupo conformado por Fagor S.COOP, y ambas a su vez conforman junto con otras cooperativas del sector en Mondragón S.Coop. Estas asociaciones cooperativas está sujetas a la Ley de Cooperativas del País Vasco de 1.993, Reglamento de Cooperativas del País Vasco 58/25 de 29 de marzo.(documental).

  16. - Fagor Electrodomésticos S.Coop y Fagor S.Coop, y el resto de cooperativas sujetas a la entidad de previsión Lagun Aro EPSV tienen plantillas que se conforman en gran parte por socios cooperativistas que son autónomos y en parte por contratados laborales. La regulación legal, habilita un mecanismo para que en casos concretos puedan reubicarse socios cooperativistas de una cooperativa a otra, en las situaciones de desempleo estructural.( declaración de testigos, estatutos, normativa Lagun-Aro).

  17. - Fagor S.Coop en una cooperativa de segundo grado que se rige por lo dispuesto en los artículos 128 y ss de la Ley de Cooperativas del País Vasco, de estructura horizontal, integrada por ocho cooperativas, que se integran como medio de impulso del tejido empresarial de la zona y presta servicios comunes a las cooperativas socias tales como informática, servicios de chófer, documentación (bases de datos), asesoramiento. No participa en los órganos de gobiernos de la Fagor Electrodomésticos, ni mantiene relaciones laborales con sus trabajadores.

  18. - Obran los estautos de Lagun Aro EPSV y acuerdos de la entidad referentes a los trabajadores socios cooperativistas de Fagor Electrodomésticos (documentos 6 a 15 a los folios 1490 a 1636. por reproducidos).

  19. - Fagor Electrodomésticos SCOOP, obtuvo un préstamo de Fundación Mondragón por importe de 70 millones con interés al tipo de mercado al 5%, ante la delicada situación en el año 2013. Hubo un congreso extraordinario, tratándose de una medida excepcional. (testifical director recursos financieros-documental).

  20. - El Consejo Rector de Fagor Electrodomésticos Scoop decidió en julio de 2013 el no reembolso de participaciones de capital social de los socios que causen baja en la cooperativa en el plazo de dos años (acta...

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