STSJ Murcia 254/2014, 24 de Marzo de 2014

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2014:653
Número de Recurso1094/2013
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución254/2014
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00254/2014

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Pº GARAY, 5-2ª PLANTA. 30005-MURCIA

Tfno: 968 22 92 16

Fax: 968 22 92 13

NIG: 30030 44 4 2013 0000166

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001094 /2013

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: CLASIFICACION PROFESIONAL 0000023 /2013 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de MURCIA

Recurrente/s: Pedro Jesús

Abogado/a: PEDRO PABLO ROMO RODRIGUEZ

Procurador/a:

Graduado/a Social: PEDRO GINES MARTINEZ COSTA

Recurrido/s: MANCOMUNIDAD CANALES DEL TAIBILLA

Abogado/a: ABOGADO DEL ESTADO

Procurador/a:

Graduado/a Social:

En MURCIA, a veinticuatro de marzo de dos mil catorce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos Sres D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Pedro Jesús, contra la sentencia número 0328/2013 del Juzgado de lo Social número 1 de Murcia, de fecha 30 de julio, dictada en proceso número 0023/2013, sobre DERECHOS, y entablado por Pedro Jesús frente a MANCOMUNIDAD DE CANALES DEL TAIBILLA.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- El actor Pedro Jesús viene prestando sus servicios desde el 7/3/1977 por cuenta y orden de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, con la categoría profesional de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales (Grupo profesional

3). SEGUNDO.- El actor está adscrito a la Estación de Tratamiento de Campotéjar, donde desempeña el puesto de trabajo de Encargado. Realiza tareas de explotación, mantenimiento y administración. El actor carece de título universitario alguno. Las depuradoras dependientes de la Mancomunidad están divididas en tres zonas, cada una de las zonas tiene al frente un Ingeniero Técnico. El actor en su depuradora realiza las siguientes tareas.

EXPLOTACIÓN

Todas estas tareas las realiza con el apoyo del personal de Explotación.

- Distribuye y supervisa el trabajo del personal de la E.T.A.P. e Instalaciones anejas.

- Controla los datos de calidad del agua bruta, decantada y tratada.

- Controla las existencias de reactivos y realiza las propuestas de pedidos necesarios para mantener el stock necesario.

- Comprueba la correcta dosificación de reactivos.

- Comprueba el correcto funcionamiento de todos los equipos de la Estación de Tratamiento, así como de sus instalaciones anejas.

- Controla y revisa los envases de cloro.

- Controla los vehículos adscritos a la planta.

MANTENIMIENTO

Todas estas tareas las realiza con el apoyo del personal de mantenimiento.

- Dirige y controla el mantenimiento de los equipos eléctricos, electrónicos, mecánicos, hidráulicos, obra civil y neumáticos de la potabilizadora e instalaciones anejas.

- Interpreta planos, mecánicos, de obra civil y neumáticos de la potabilizadora e instalaciones anejas.

- Controla los almacenes de repuesto.

- Supervisa la verificación periódica del funcionamiento de los grupos electrógenos.

- Supervisa las medidas necesarias para el correcto funcionamiento de los equipos electromecánicos, etc.

- Supervisa el correcto funcionamiento de los equipos de cloro.

- Realiza informes sobre la programación de los trabajos extraordinarios.

- Controla los trabajos de contratistas ajenos al organismo.

ADMINISTRACIÓN

- Comprueba la viabilidad de los permisos que solicita el personal, con el V°B" del Jefe de Sección.

- Elabora un parte semanal, con los datos de los trabajadores de la planta en cuanto a dietas, horas extras, etc., con el conforme del Jefe de Sección.

- Adquiere pequeños suministros con el visto bueno de su superior o bien si la importancia económica lo requiere, propone la adquisición de compra a su superior.

- Recepciona los pedidos y firma la conformidad en un parte de comunicación de entrada, con el VB ° del Jefe de Sección.

- Supervisa el control de las salidas de los envases de cloro.

- Atiende en caso de necesidad (vacaciones, permisos., etc) las dos plantas potabilizadoras o Instalaciones de una misma sección. Instruye al personal en las medidas de Seguridad e Higiene en el Trabajo, así como en el manejo de los equipos de seguridad.

Todas estas tareas son supervisadas por el Jefe de Sección y, en algunos supuestos, por otros servicios de la Mancomunidad, como el Servicio de Prevención. El personal que está bajo el control del Encargado, siempre supervisado por el Jefe de Sección, es el siguiente: un Técnico Superior de Investigación y Laboratorio, grupo 3; un Ayudante de Investigación y Laboratorio (TRAGSA); un Oficial de ATP, grupo 4; dos Ayudantes de ATP, grupo 5; cinco Técnicos Superiores de ATP, Oficiales de Explotación, grupo 3; dos Técnicos Superiores de ATP, Ayudantes de explotación (TRAGSA).

TERCERO

Las diferencias retributivas entre el Grupo profesional 3 y el Grupo profesional 2 devengadas desde noviembre de 2011 hasta noviembre de 2012 ascienden a la suma total de 8.069,92#. CUARTO.- El demandante interpuso reclamación previa, que fue desestimada por resolución expresa"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por Pedro Jesús contra MANCOMUNIDAD DE LOS CANALES DEL TAIBILLA, absuelvo a la demandada de la pretensión deducida en su contra".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Graduado Social D. Pedro Ginés Martínez Costa, en representación de la parte demandante, con impugnación del Sr. Abogado del Estado, en representación de la parte demandada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO .- Por el juzgado de lo social nº 1 de Murcia se dicta sentencia el 30 de julio de 2013, en los autos nº 23/12 sobre Clasificación Profesional, seguidos a instancia de don Pedro Jesús contra la MCT, desestimando la demanda. Por lo que el actor interpuso recurso de suplicación para que revoque la sentencia de instancia y se declare su derecho a percibir la diferencia retributiva entre el grupo profesional 3 que tiene reconocido con las del grupo 2, funciones que realmente realiza, cuantificadas en 8.863,77 euros. Recurso que fue impugnado por la contraparte que pidio su desestimación y la confirmación de la sentencia

FUNDAMENTO SEGUNDO .- Se ampara la parte recurrente en el apartado b) del art. 193 de la LJS para que:

  1. Se revise el hecho probado segundo que dice: "El actor está adscrito a la Estación de Tratamiento de Campotéjar, donde desempeña el puesto de trabajo de Encargado. Realiza tareas de explotación,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 3 de Febrero de 2015
    • España
    • 3 Febrero 2015
    ...por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de fecha 24 de marzo de 2014, en el recurso de suplicación número 1094/13 , interpuesto por D. Jose María , frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de los de Murcia de fecha 30 de julio de 2013 , en ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR