STSJ Comunidad de Madrid 916/2013, 4 de Noviembre de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución916/2013
Fecha04 Noviembre 2013

Sentencia nº 916

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 5ª

MADRID

Ilma. Sra. Dª Begoña Hernani Fernández :

Presidente

Ilma. Sra. Dª Aurora de la Cueva Aleu :

Ilma. Sra.Dª Alicia Catalá Pellón :

En Madrid, a 4 de noviembre de 2013.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación 1395/2013 interpuesto por DAVISERCO, S.L. representado por el Letrado IVAN DE MIGUEL DE BERENGUER, contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social NUM. 25 DE MADRID en autos núm. 682/2012 siendo recurrido Jose Carlos representado por el Letrado ELENA COMÍN HERNÁNDEZ. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. DOÑA Begoña Hernani Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por Jose Carlos contra MEGA 2 SERVICIOS INTEGRALES SL Y DAVISERCO SL en reclamación sobre DESPIDO en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 17 de septiembre de 2012, en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:

PRIMERO

El demandante, D, Jose Carlos, ha venido prestando servicios como personal laboral por cuenta y orden de la empresa MEGA 2 SERVICIOS INTEGRALES SL, con una antigüedad desde

25.01.2011, ocupando la categoría profesional de Auxiliar de servicios y percibiendo un salario mensual de 947.63 # incluida prorrata de pagas extras., con centro de Trabajo en la Comunidad de Propietarios de la URBANIZACIÓN000, situada en el Casar Guadalajara,

SEGUNDO

Con fecha 15 de octubre de 2006 MEGA 2 SERVICIOS INTEGRALES SL suscribió con LA comunidad de Propietarios URBANIZACIÓN000 contrato para la prestación de servicio de control de acceso a la Urbanización situada en el Casar de Guadalajara, de los siguientes servicios auxiliares: Control de acceso subida y bajada de barrera de acceso.

Relación de matriculas en los partes diarios facilitada por el cliente

Atención al público recepción de llamadas y paquetería

Llamadas a servicios de emergencia encaso de necesidad, policía local, bomberos ambulancias y guardia Civil.

Control de Pozos y alumbrado público CT.

Cualquier otra función propia del servicio solicitado por el Cliente a la que la empresa haya dado su conformidad.

TERCERO

Las funciones de la categoría de Auxiliar de servicios según la Ley de Seguridad Privada 23/1992 de 23 de Julio son las siguientes:

Realizan actividades excluidas fuera del ámbito de aplicación del Reglamento de Seguridad Privada:

-Las de información en los accesos, custodia y comprobación del estado y funcionamiento de instalaciones, y de gestión auxiliar, realizadas en edificios particulares por porteros, conserjes y personal análogo.

-En general, la comprobación y control del estado de calderas e instalaciones generales en cualesquiera clase de inmuebles, para garantizar funcionamiento y seguridad física.

-Control de tránsito en zonas reservadas o de circulación restringida en el interior de fábricas, plantas de producción de energía, grandes centros de procesos de datos y similares.

-Las tareas de recepción, comprobación de visitantes y orientación de los mismos, así como las de control de entradas, documentos o carné privados, en cualquier clase de edificios o inmuebles.

CUARTO

En fecha 3 05.2009 la empresa DAVISERCO SL suscribió contrato mercantil de arrendamiento de servicios Auxiliares, con ENTIDAD URBANISTICA COLABORADORA DE LA URBANIZACIÓN MONTECALDERONB SL del tenor siguiente:

  1. Locales o instalaciones: Instalaciones sitas en la URBANIZACIÓN000 -el Casar-Guadalajara Horario. Todos los días de 11:00 horas a 07:00 horas.

    Funciones a realizar:

    Gestión y supervisión de camiones de recogida de materiales de la urbanización.

    Gestión y supervisión de contenedores de restos de poda y jadinería.

    Llamadas a servicios de emergencia en caso de necesidad: Policía Local, Bomberos, Ambulancias y Guardia Civil.

    Mantenimiento de pozos y ph del agua de la urbanización

    Apoyo y coordinación de diversos servicios de mantenimiento y jardinería.

    Cualquier otra función propia del servicio solicitado por EL CLIENTE a la que la empresa haya dado su conformidad.

  2. - Todo el personal que haya de prestar los servicios contratados por EL CLIENTE, que dependerá a efectos laborales de LA EMPRESA, se dedicará única y exclusivamente a la función de "servicios auxiliares" para la que ha sido designado, atendiendo únicamente a las instrucciones que a tal efecto, reciba del Jefe del Servicio, Administrador o Presidente de la finca.

  3. - El presente contrato de arrendamiento de servicios de iniciará el día 3 de mayo de 2012 y tendrá una duración de 1 año, renovable tácitamente, salvo denuncia por escrito de cualquiera de las partes con un mes de antelación al vencimiento del presente contrato o cualquiera de sus prorrogas.

  4. -LA EMPRESA percibirá como precio por la prestación de los "Servicios Auxiliares", contratados por EL CLIENTE, la suma de 10,50 C/hora (¡ Va no incluido) por los servicios objeto del presente contrato.

QUINTO

La empresa MEGA 2 SERVICIOS INTEGRALS SL, en fecha 25.04.2012 remitió al trabajador, escrito del tenor siguiente: Por la presente ponemos en su conocimiento que con efectos del día 3 de Mayo de 2012 se procederá a la cancelación del contrato de arrendamiento de servicios en virtud del cual prestamos servicios en las instalaciones de nuestro cliente E.U UR13. URBANIZACIÓN000 de El Casar, Guadalajara, servicio al que se encuentra Vd. adscrito.

Por consiguiente en virtud de lo establecido en el Art. 44 del Estatuto de los Trabajadores y la Jurisprudencia de aplicación, a partir del 4 de Mayo de 2012 quedará Vd. Subrogado a la nueva empresa adjudicataria del servicio cuya identidad aún no nos ha proporcionado el cliente, quedando a la espera de proporcionarle esta información en cuanto se nos haga partícipe de ella.

A la nueva empresa adjudicataria del servicio se le remitirá copia de la documentación que acredita su relación laboral con Mega 2 Servicios Integrales S.L y las condiciones de esta

SEXTO

La Empresa MEGA 2 SERVICIOS INTEGRALES SL comunico a la trabajador en fecha

4.05.2012 el siguiente escrito:

Ante la imposibilidad de contractar con la empresa que nos ha sucedido en la prestación de servicio para el que Vd. estaba contratado en las instalaciones de nuestro cliente E.U. URB. URBANIZACIÓN000 de El Casar, Guadalajara, y como quiera que no ha sido posible la entrega de la documentación necesaria para proceder respecto a lo establecido en el Art. 44 del E.T . le comunicamos la baja en esta empresa con esta fecha 3 de Mayo de 2012, como ya le fue comunicado mediante escrito de fecha 28 de Abril de 2012. Hecho que ponemos en su conocimiento al objeto de que puedan iniciar las acciones legales oportunas.

Asimismo le comunicamos que están disponibles en nuestras oficinas su liquidación y cuanta documentación necesiten referente a su baja en la empresa.

A continuación le facilitamos los datos que conocemos de la nueva empresa. No obstante y por si esta información no fuera correcta puede tratar de recabar más información a través de la oficina de la propia urbanización. No obstante advertimos que los datos que le aportamos fueron requeridos mediante fax y burofax el día 27 de Abril de 2012, sin haber obtenido respuesta alguna por parte del cliente.

DAVISERCO S.L Av. Emilio Arrieta nº 5 Chalet (Urb. Club de Campo) 28700 San Sebastián de los Reyes (Madrid) TI: 91 362 44 38

SEPTIMO

El trabajador remitió BUROFAX en fecha 11.05.2012 a DAVISERCO SERVICIOS INTEGRALES SL solicitando la subrogación, que no fue contestado por dicha mercantil.

OCTAVO

El demandante no ha ostentado la condición de representante legal o sindical de los trabajadores.

NOVENO

La Empresa MEGA 2 SERRVICIOS INTEGRALES SL se dedica a la actividad de servicios para empresas y se rige por el Convenio Colectivo del sector de empresas auxiliares de Madrid. La Empresa DAVISERCO SL se rige por el Convenio Colectivo del Sector de empresas de servicios de Madrid.

DECIMO

El Registro Mercantil de Madrid emitió certificación en fecha 17.05.2009 que señala lo siguiente:

DAVISERCO Si - B8560040 Constitución Fecha de Comienzo de Operaciones: 01/01/09 Duración: Indefinida

Objeto Social: LA REALIZACIÓN DE TODA CLASE DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS RELACIONADOS Y CONSECUENTES CON LA ACTIVIDAD INMOBILIARIA, TALES COMO SERVICIOS DE VIGILANCIA SEGURIDAD Y CONTROL:

Domicilio: AVDA EMILIO ARRIETA 5 - CHALET 4 URBANIZACIÓN CLUB DE CAMPO

Población: SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES Provincial: MADRID

Forma Social: Limitada Capital Suscrito: 8.001,00 euros Capital Desembolsado: 8.001,00 euros

Nombramiento de miembro de órgano adm. Sujeto Nombrado: Nicolasa Cargo o Función: Administrador único Fecha de nombramiento: 26/12/2008- Fecha de terminación INDEFINIDA NIF-CIF: NUM000

Datos Registrales: Tomo: 26278, Libro: 0, Folio: 65, Sección: 8, Hoja: M 473508/2 Inscripción o anotación: 1 1 Fecha: 09/01/2009 Año Pre: 2008 UNDECIMO.- El día 25.05.2012 se presentó ante el SMAC papeleta de conciliación previa a la vía judicial, celebrándose el preceptivo acto previo el día 13.06.2012 con el resultado de intentado sin efecto.

TERCERO

En esta sentencia se emitió el siguiente fallo:

"1º Que debo desestimar y desestimo, las excepciones de falta de legitimación pasiva y de falta de acción alegadas por las empresas demandadas, por las razones expuestas en el FD II, de esta resolución.

  1. Que debo declarar y declaro que existe sucesión de...

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