STSJ Comunidad de Madrid 593/2013, 9 de Septiembre de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución593/2013
Fecha09 Septiembre 2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL SECCION: 6

MADRID

C/ GENERAL MARTINEZ CAMPOS, NUM. 27

Tfno. : 91.493.19.46

N.I.G.: 28000 4 0000621 /2001

40126

ROLLO Nº: RSU 3181/2012

TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION

MATERIA: DERECHOS-CANTIDAD

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de, MADRID

Autos de Origen: DEMANDA 826/07

RECURRENTE/S: CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE Y DE FUNCIONARIOS (CSI-CSIF)

RECURRIDO/S: SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS SA

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

En MADRID a nueve de Septiembre de dos mil trece

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON LUIS LACAMBRA MORERA, DON BENEDICTO CEA AYALA,, Magistrados, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº 593

En el recurso de suplicación nº 3181/12 interpuesto por el Letrado D.ALBERTO LOPEZ FERNANDEZ en nombre y representación de CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE Y DE FUNCIONARIOS (CSI-CSIF)

, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de los de MADRID, de fecha 16-9-11, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. ENRIQUE JUANES FRAGA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 826/07 del Juzgado de lo Social nº 1 de los de Madrid, se presentó demanda por CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE Y DE FUNCIONARIOS (CSIF-CSIF) contra SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS SA en reclamación de DERECHOS-CANTIDAD, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en 16-9-11 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

".Desestimando la demanda formulada por CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE Y DE FUNCIONARIOS (CSI-CSIF) contra SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS SA debo absolver y absuelvo a la parte demandada de las pretensiones formuladas en su contra".

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

PRIMERO

Los trabajadores afiliados al Sindicato actor que interponen la presente reclamación e identificados en el doc 2 de la demanda que se da por reclamación e identificados en el doc 2 de la demanda que se da por reproducido vienen prestando servicios para la parte demandada, con las circunstancias laborales que indican en los referidos anexos que se da por reproducido a dichos efectos.

SEGUNDO

Los actores reclaman el plus de permanencia y desempeño referido a las mensualidades de junio, julio, agosto y septiembre de 2006.

TERCERO

Mediante Sentencia del TS de 15 de abril de 2010 confirmando anterior Sentencia de la audiencia Nacional de 10- 12-08 en proceso de conflicto colectivo se ha desestimado idéntica pretensión referida al II F Convenio Colectivo de Correos y telégrafos que en su artículo 61 establece el complemento de permanencia y desempleo que se reclama.

Dicho precepto convencional establecía que el complemento de permanencia y desempeño está destinado a retribuir la experiencia adquirida a través de la actividad y permanencia así como la responsabilidad y especial dedicación en el desempeño del mismo. Entendiendo en todo caso que la dedicación requiere la permanecía previa que se determine e implica la asistencia efectiva y el ejercicio y desempeño del puesto de trabajo.

Este complemento se percibirá en todos los Puestos tipo a excepción de los comprendidos en el Grupo Profesional de Titulados Superiores.

Este complemento se articula en tres tramos para los Grupos Profesionales de Titulados Medios/ Cuadros y de seis tramos para los Grupos Profesionales de mandos intermedios, operativos y servicios generales.

CUATRO.- Se ha celebrado acto de conciliación sin efecto.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución por la Sala, habiéndose señalado para votación y fallo el día 4-9-13.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre en suplicación la parte actora CSI-CSIF contra la sentencia de instancia, que absuelve a la SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS S.A. de las demandas de numerosos trabajadores representados por el sindicato en reclamación de cantidad por el concepto de complemento de permanencia y desempeño.

Un primer motivo se ampara en el art. 191.b) de la LPL, que es la norma procesal aplicable dada la fecha de la sentencia de instancia, para solicitar varias revisiones fácticas, comenzando por la del hecho probado 2º, para el cual se ofrece la siguiente redacción: "Segundo: Los actores reclaman el plus de permanencia y desempeño referido a las mensualidades de junio, julio, agosto y septiembre de 2006, amparadas por el I Convenio Colectivo para el personal laboral de la Sociedad Estatal, tras haber desistido expresamente de las cantidades reclamadas correspondientes al II Convenio Colectivo."

La modificación instada es procedente, pues en efecto consta en el folio citado la acotación de las demandas a esas mensualidades, que se hallan regidas por el I convenio colectivo para el personal laboral de la Sociedad Estatal, habiendo desistido de las cantidades reclamadas respecto a períodos posteriores, ya bajo la vigencia del II convenio colectivo.

Se solicita asimismo la adición de un nuevo hecho probado sin documento alguno que lo sustente, por lo que se ha de rechazar de plano.

Por último se pide otra adición con base en documento nuevo presentado junto con el recurso al amparo del art. 231 de la LPL, que es una sentencia del Juzgado de lo Social nº 14, pero en el texto propuesto se dice que esa sentencia es firme y no ha sido recurrida por la parte demandada, lo cual no consta en la fotocopia aportada, por lo que esta revisión tampoco se acepta.

SEGUNDO

En un segundo motivo amparado en el art. 191.c) LPL se alega la inaplicación del art. 60.c) y cláusula 27 de la disposición adicional 7ª del I convenio colectivo de la SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELÉGRAFOS, la aplicación indebida del art. 61.d) del II convenio colectivo, la inaplicación de la jurisprudencia unificadora contenida en las sentencias del TS de 6-10-09, 27-9-06, 17-10-06 ; y la incorrecta aplicación de la doctrina de la STS de 15-4-10, que resuelve un conflicto colectivo sobre la aplicación del II convenio colectivo.

La doctrina sobre el complemento de permanencia y desempeño ha variado según se trate de la aplicación del I convenio o del II convenio de la entidad demandada, tal como sostiene la parte actora, debiendo tenerse presente que las...

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