STSJ Comunidad de Madrid 506/2013, 3 de Julio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución506/2013
Fecha03 Julio 2013

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 02 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010

Teléfono: 914931969

Fax: 914931957

34002650

NIG : 28.079.44.4-2012/0016598

Procedimiento Recurso de Suplicación 1459/2013-P

ORIGEN: Juzgado de lo Social nº 17 de Madrid Despidos 385/2012

Materia : Despido

Sentencia número: 506

Ilmos. Sres.

  1. MIGUEL MOREIRAS CABALLERO

  2. MANUEL RUIZ PONTONES

  3. FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN

En Madrid, a tres de julio de dos mil trece, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 2 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

en el Recurso de Suplicación 1459/2013, formalizado por el LETRADO D. FERNANDO DE MIGUEL SASTRE en nombre y representación de Dña. Yolanda, contra la sentencia de fecha 29 de noviembre de dos mil doce dictada por el Juzgado de lo Social nº 17 de Madrid en sus autos número Despidos / Ceses en general 385/2012, seguidos a instancia de Dña. Yolanda frente a HOSTELERIA UNIDA SA, en reclamación por Despido, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. MIGUEL MOREIRAS CABALLERO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente en cuyo fallo se desestimaba la demanda formulada y se declaraba procedente el despido por causas objetivas de que había sido objeto la demandante, que había percibido la indemnización legal.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

La demandante ha venido prestando servicios por cuenta de la empresa demandada desde el día 10-12-80, con la categoría profesional de Oficial de Contabilidad y devengando un salario mensual de

3.216,50 euros incluyendo la prorrata de pagas extras (Hecho no discutido en el acto del juicio).

SEGUNDO

Mediante carta de fecha 15-2-12, la empresa comunica a la actora su despido con efectos del mismo día por causas objetivas, alegando los siguientes hechos:

"Situación empresarial:

El sector de la Hostelería, al igual que muchos otros sectores dada la actual crisis global, desde el mes de Agosto 2008 está viendo como su principales indicadores sectoriales han ido descendiendo de una forma progresiva mes a mes, estando en estos momentos en una situación de deterioro debido a los altos gastos fijos que soportan las empresas dada la naturaleza del negocio, un aumento de la oferta, y una reducción de la demanda tanto a nivel nacional como global.

Esta empresa, con implantación a nivel nacional, no ha sido ajena a las incidencias comerciales, productivas, y de financiación que concurren actualmente en el mercado, determinando en dicho orden, que la mercantil HOSTELERIA UNIDA, S.A. acredita haber cerrado el ejercicio de 2009 y de 2010, con notables pérdidas de -13.853.641,24 y -12.422.767,12 Euros respectivamente, ratificándose esa posición negativa de resultados en 2011, desprendiendo a 31 de Diciembre de 2011 unos resultados negativos provisionales de -6.528.000.- Euros, con un desfase presupuestario más que relevante. Por consiguiente, las pérdidas acumuladas de los tres últimos ejercicios califican por sí sola el estado crítico que actualmente le asiste.

Resulta adicionalmente significativo el constante y progresivo descenso en la cifra neta de negocios desde 2008 (192.980.000.- Euros) al 31 de Diciembre de 2011 (114.468.000.- Euros), equivalente a un 41,53%.

Ese comportamiento económico regresivo y de deterioro de los márgenes empresariales ha dado lugar a que esta empresa procediera a efectuar correcciones inevitables en los gastos durante el período precitado en todas las direcciones empresariales como han sido las renegociaciones de alquileres de los centros hoteleros arrendados y/o gestionados, frente a la caída de la demanda la puesta en marcha de estrategias de ofertas y descuentos en los precios con la inevitable disminución del precio medio de la habitación y ello en un contexto de desesperada competencia entre empresarios del sector, cierre de centros inviables (han sido 38 en los últimos tres años), Expedientes de Regulación de Empleo suspensivos para adecuar en la mayor medida posible las jornadas ordinarias a las realmente productivas, reducciones y congelaciones salariales de Directores y mandos intermedios de un 15%, y aplicación por primera vez en la compañía de absorciones y compensaciones salariales.

Las anteriores actuaciones, rigurosas y graves, no sólo no han corregido la deficitaria cuenta de explotación, sino que partidas como la correspondiente a Gastos de Personal mantienen su tendencia alcista.

Formando HOSTELERIA UNIDA, S.A. parte de un grupo de empresas (CHAIN, S.A.) con obligación de formular cuentas consolidadas desde el 1 de Enero de 2009, los resultados globales confirman y reiteran la delicada situación: pérdidas de 25.645.217.-Euros en el 2009, de 12.027.240.-Euros en el 2010, y provisionalmente a 30 de Noviembre de 2011 de 14.292.010.- Euros.

Adicionalmente, HOSTELERIA UNIDA, S.A. constata en los tres últimos trimestres una continua disminución de los ingresos comparativamente con el ejercicio anterior de -5.863.664,67 Euros en el 2° Trimestre de Abril a Junio de 2011, de -3.147.703,09 Euros en el 3er. Trimestre de Julio a Septiembre de 2011, y de - 9.571.087,21 Euros en el 4° Trimestre de 2011.

De lo expuesto se desprende una situación económica negativa, pérdidas actuales y de probable extensión en el tiempo, y una persistente disminución de los ingresos y más que complicados resultados que al tratarse de empresa de servicios hosteleros afecta inevitablemente al volumen de empleo. Medidas objetivas:

Viene Vd. prestando sus servicios en las oficinas centrales del Hotel Chamartín de Madrid para esta empresa en el Departamento de Administración de Centros (Administración, Proveedores, Facturación, Interventores y Caja) adscrita a la Dirección General Financiera y de Administración Central, siendo sus funciones las de Contabilización de todas las facturas de proveedores de los centros que cierra mensualmente, cuadrar el Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente y las actividades complementarias a dichas funciones como dar de alta a proveedores, recepción de correo, etc. Este mismo trabajo lo desarrolla en dichas oficinas junto con otras seis personas.

Como le consta, históricamente el Departamento de Administración de la Empresa se encontraba repartido por todo el territorio nacional, existiendo contables en gran parte de los hoteles y establecimientos, adscribiéndose la dependencia jerárquica según los casos al Director Financiero, Directores de Zona y en algún caso, a los Directores de Hotel.

Esa dispersión provocaba permanentes conflictos de gestión centralizada, y consecuencia de ello, en el mes de Enero de 2010, se produjo importante cambio organizativo creándose la Dirección General Financiera y de Administración Central de la Empresa estructurando e integrando los siguientes Departamentos: Control de Gestión y Auditoría, Contabilidad Mercantil y de Gestión, Tesorería, Aprovisionamiento, Administración de Centros, Fiscal, Cuentas a cobrar, e Informática), en la que trabajan en total 800 personas.

Hasta la fecha, y consecuencia de dicha reestructuración, todos los Departamentos precitados se encuentran ubicados en las oficinas centrales de la Empresa en Barcelona con excepción del tratamiento de proveedores del Departamento de Administración de Centros en el que Vd. se integra que se hallaba en Madrid en las oficinas del Hotel Chamartín, teniendo su razón de ser en este aspecto hasta la fecha, en la dependencia jerárquica directa de los Directores de Zona y en algunos casos de los Directores de Hotel en que se organizaba la compañía.

Desde el pasado Enero de 2012 y coincidiendo con el nombramiento de un Director General de Explotación a nivel nacional, se produjo simultáneamente un cambio organizativo suprimiéndose las precitadas Direcciones de zona así como la particular dependencia jerárquica existente y asumiendo la nueva Dirección General de Explotación de manera centralizada la posición jerárquica, las competencias y funciones de aquellos.

El nuevo proyecto organizativo implica, corregir el desfase innecesario de dispersión de centros administrativos de un mismo departamento a través de su fusión e integración en el centro general logístico financiero de Barcelona, unificando y agilizando métodos de gestión y organización que hasta la fecha han venido funcionando de manera separada, pasando a funcionar de una forma integrada y coordinada, más ordenada y eficaz, lo que contribuye a una mayor racionalidad de la actividad empresarial en cuanto al Departamento Financiero comporta.

Con la entrada en funcionamiento en Enero de 2010 del nuevo organigrama, estructura e implantación del nuevo sistema de trabajo de la Dirección General Financiera y la agrupación en las oficinas de Barcelona de los Departamentos que la integran significó en su inicio una reducción de 18 puestos de trabajo en el...

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