STSJ Galicia 940/2013, 8 de Febrero de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha08 Febrero 2013
Número de resolución940/2013

RECURSO DE SUPLICACIÓN Nº 753/2010 VV

ILMO. SR. D. ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE PRESIDENTE

ILMO. SR. D. JOSÉ ELÍAS LÓPEZ PAZ

ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO

En A CORUÑA, a OCHO de Febrero de dos mil trece.

Habiendo visto las presentes actuaciones la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia 001, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. Citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

Ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0000753 /2010, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. MANUEL SANLUIS PAMPIN, en nombre y representación de Enriqueta, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 4 de VIGO en sus autos número DEMANDA 0000521 /2009, seguidos a instancia de Enriqueta frente a SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, parte representada por el/la Sr./Sra Letrado D./Dª, en reclamación por DESEMPLEO, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. LUIS F. DE CASTRO MEJUTO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:"Primero.-La demandante Enriqueta prestó servicios para la empresa TECNOCALOR, S.L. Al cese, el 21-02-07 solicitó prestación por desempleo, que le fue reconocida el 13-02-07, por un total de 720 días, sobre una base reguladora de 24,45 euros diarios, habiendo consumido 18 días./Segundo.- Comienza prestación de servicios para la empresa DUGABRI, S.L. el 01-03-07, hasta su cese el 22-02-09. El 24-02-09 presenta nueva solicitud de prestación, optando per la reanudación de la anterior prestación reconocida./Tercero.- El Instituto demandado le comienza a abonar la prestación sobre la base reguladora diaria de 24,45 euros. Presentada la reclamación previa el 03-04-09, la misma fue desestimada por resolución de 07-05-09./Cuarto.- Desde el 01-09-06 la actora se encontraba en situación de reducción de jornada por cuidado de hijo menor. La base reguladora de 24, 45 euros se calculó tomando en consideración la jornada reducida. Da tomarse en consideración jornada ordinaria, la base reguladora ascendería a 44, 17euros TERCERO.- Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por D. Enriqueta contra el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, se absuelve al mismo de las pretensiones en su contra deducidas.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante. Siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre la actora la desestimación de su demanda en reclamación de desempleo, instando -por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
8 sentencias
  • STSJ Galicia 3756/2013, 23 de Julio de 2013
    • España
    • Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sala social
    • July 23, 2013
    ...ajenas a la finalidad de la Suplicación (valgan por todas, SSTSJ Galicia 15/05/13 R. 4258/10, 08/03/13 R. 25/13, 19/02/13 R. 5579/12, 08/02/13 R. 753/10, 07/02/13 R. 3720/10, 23/01/13 R. 5457/12, etc.), que carecen de trascendencia, ya que en los propios ordinales de la Sentencia se describ......
  • STSJ Galicia , 11 de Octubre de 2017
    • España
    • October 11, 2017
    ...tenemos manifestado -por ejemplo, SSTSJ Galicia 14/02/17 R. 4056/16, 14/07/15 R. 2400/14, 14/07/15 R. 3008/14, 09/04/13 R. 703/10, 08/02/13 R. 753/10, etc.- que es consolidado y pacífico criterio jurisprudencial el de que en materia de Seguridad Social la legislación aplicable es la vigente......
  • STSJ Galicia 1490/2013, 8 de Marzo de 2013
    • España
    • March 8, 2013
    ...como mera cuestión de redacción o estilo, ajenas a la finalidad de la Suplicación (valgan por todas, SSTSJ Galicia 19/02/13 R. 5579/12, 08/02/13 R. 753/10, 07/02/13 R. 3720/10, 23/01/13 R. 5457/12, etc.), que carecen de trascendencia, ya que en los propios ordinales de la Sentencia se descr......
  • STSJ Galicia 1024/2017, 14 de Febrero de 2017
    • España
    • February 14, 2017
    ...-caso de existir voluntad por ambas partes de la pareja- cumplirlas. Además, reiteradamente tenemos manifestado -por ejemplo, SSTSJ Galicia 08/02/13 E. 753/10, 21/12/12 R. 2010/10, 18/09/12 R. 2888/09, 28/02/12 R. 3705/08, 18/02/11 R. 3504/10, etc.- que es consolidado y pacífico criterio ju......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR