STSJ Andalucía 1883/2012, 19 de Julio de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha19 Julio 2012
Número de resolución1883/2012

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

CON SEDE EN GRANADA

SALA DE LO SOCIAL

NBP

SENT. NÚM. 1883/12

ILTMO. SR. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO

ILTMO. SR. D. JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO

ILTMO. SR. D. RAFAEL PUYA JIMENEZ

ILTMO. SR. D. JULIO ENRÍQUEZ BRONCANO

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a diecinueve de julio de dos mil doce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm. 1263/12, interpuesto por EMPRESA MIXTA DE SERVICIOS MUNICIPALES DE EL EJIDO, SA contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Almería en fecha 14 de diciembre de 2011 en Autos núm. 56/11, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por DON Porfirio en reclamación sobre DESPIDO contra EMPRESA MIXTA DE SERVICIOS MUNICIPALES DE EL EJIDO, SA, EXCMO. AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO Y ADMINISTRACIÓN CONCURSAL ( Silvio Y COMERCIAL POLI. SAN RAFAEL, SA) y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 14 de diciembre de 2011, por la que estimando parcialmente la demanda interpuesta declaraba la improcedencia del despido de que fue objeto el actor y condenaba a dicha empresa demandada a optar en el plazo de cinco días a partir de la notificación de la presente sentencia a readmitir al trabajador en su puesto de trabajo o a indemnizarle en la cantidad de 16.041,60 euros, y en ambos casos a abonarle los salarios dejados de percibir a razón de 44,56 euros diarios, desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente resolución, haciendo constar que el no ejercicio de la opción en el plazo indicado se entiende que la empresa opta por la readmisión y debo absolver y absuelvo al ILMO. AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO de la pretensión frente al mismo.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - El actor D. Porfirio, mayor de edad, con DNI núm. NUM000, ha venido prestando sus servicios para la Empresa Mixta de Servicios Municipales El Ejido SA (ELSUR), en el centro de trabajo sito en la localidad de El Ejido (Almería), desde el día 2 de enero de 2003, con la categoría profesional de Auxiliar de Jardinería y percibiendo un salario de 44,56 euros diarios.

  2. - Con efectos del día 20 de diciembre de 2010 la empresa comunicó a la parte actora su despido, mediante comunicación escrita, basando la extinción del contrato de trabajo en causa objetiva de naturaleza económica y productiva. La comunicación escrita tiene el siguiente texto literal:

    Estimado Sr. Porfirio :

    Por medio de la presente le comunicamos la decisión de la Empresa de proceder a la extinción de su contrato de trabajo por causas objetivas, al amparo de lo previsto en el artículo 52.c) del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores .

    La decisión que mediante la presente le comunicamos, y que producirá efectos a partir del día de la fecha, tiene su justificación en la necesidad de amortizar su puesto de trabajo por causas objetivas de naturaleza económica y productivas con fundamento en las razones que a continuación se exponen.

    Como Ud. conoce, EMPRESA MIXTA DE SERVICIOS MUNICIPALES EL EJIDO, S.A. (en adelante, ELSUR) es una Empresa dedicada al abastecimiento y distribución de agua potable, recogida de aguas residuales y transporte a depuradora, mantenimiento de alumbrado público, conservación de parques, jardines y zonas verdes, conservación de la red viaria, aceras y señalización y conservación y mantenimiento de edificaciones municipales en el término municipal de El Ejido.

    A este respecto, las fuentes de ingresos previstas para el ejercicio de 2010 con las que cuenta la Compañía por la prestación de estos servicios son las siguientes:

    La facturación asociada a la prestación del Servicio Público de Abastecimiento y Saneamiento domiciliario de Aguas es 6.918 miles de # (IVA excluido).

    La facturación asociada al canon anual como retribución de los servicios incluidos en el mismo, que la Empresa devenga mensualmente del Ayuntamiento de El Ejido asciende a 15.000 miles de # IVA excluido.

    Facturación prevista asociadas a obras Fuera de Canon que puedan ser encargadas al amparo del Contrato Administrativo asciende a 1.131 miles de # IVA excluido.

    Facturación prevista asociadas a Obras ajenas al ámbito del Contrato Administrativo de explotación de los servicios y que asciende a 1.754 miles de # IVA excluido.

    A este respecto hacer constar que la apertura de un Expediente Sancionador contra la Empresa Mixta iniciado desde los Órganos competentes del Excmo. Ayuntamiento de El Ejido puede suponer una disminución de la facturación total prevista de hasta 3.532.772,63 # IVA incluido correspondientes a la revisión del primer semestre de 2.010.

    Pues bien, la situación de crisis en la que se encuentra la economía mundial en general y española en concreto no sólo ha afectado a particulares y empresas, sino que también está incidiendo especialmente en los Ayuntamientos de toda España, los cuales están teniendo serios problemas para afrontar los gastos propios de dichas entidades, dada la disminución progresiva de ingresos municipales. En este sentido, hay que tener en cuenta que, con carácter general, aproximadamente el 40% de los ingresos municipales está vinculado de alguna manera con la actividad que llevan a cabo las empresas de la construcción, en la medida en que tributos locales como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el Impuesto sobre el incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) o algunas de las diferentes tasas municipales están directamente relacionados con esta actividad. Por lo tanto, ante la actual situación de crisis en la que se encuentra el sector de la construcción, los Ayuntamientos están viendo reducidos de forma crítica sus ingresos.

    Pero es que, además de lo anterior, la situación económica financiera de los entes locales se ha visto agravada por la escasa financiación procedente de la Administración. Así, la financiación de los entes locales se está viendo gravemente afectada, de forma que existen actualmente serios inconvenientes para seguir afrontando los gastos que la actividad municipal genera. El Excelentísimo Ayuntamiento de El Ejido no ha sido ajeno a esta dramática situación, y en la actualidad está teniendo importantes dificultades para obtener fuentes de financiación con las que cubrir los presupuestos municipales. Ante esta situación el Excelentísimo Ayuntamiento está implementando una serie de medidas de ajuste presupuestario entra las que se encuentra un severo recorte al canon que abona a ELSUR por los servicios que presta la Compañía en el municipio, tal y como se refleja en el siguiente cuadro:

    En miles de euros IVA excluido

    2007/2008 2008-2009 2010 2011

    Canon 29.912 22.000 15.000 10.632

    Variación -7.912 -7.000 -4.368

    % -26% -32% -29%

    A este respecto, en el pasado ejercicio 2008-2009 (que comprende los meses de julio de 2008 a julio de 2009) el canon presupuestado por el Ayuntamiento de El Ejido a la empresa ascendió a 22 millones de euros lo que supuso una reducción del 26% respecto al canon abonado en el año anterior (29,9 millones de euros). La situación en el presento ejercicio 2010 ha vuelto a empeorar ya que el canon municipal apenas ha superado los 15 millones de euros, lo que representa una reducción del 50% respecto del ejercicio 2007-2008.

    Los referidos recortes presupuestarios en el canon han provocado que los ingresos que Elsur debería haber obtenido durante los últimos años se hayan visto reducidos críticamente, tal y como recoge el siguiente cuadro:

    En miles de euros

    Importe Neto de la cifra de negocios 42.376 para 2007, 47.370 para 2.008, 35.692 para 2009 y 24.803 para 2010.

    Variación 4.994 en el 2008, -11.678 en el 2009 y -10.889 en el 2010.

    Porcentaje del 12% en el 2008, - 25% en el 2009 y -31% en el año 2010.

    "no se tiene en cuenta el efecto posible del Expediente Sancionador indicado en la primera página".

    A mayor abundamiento, conviene manifestar que la situación económica de la Empresa se agravará durante el próximo año 2011, en tanto que los presupuestos municipales de El Ejido recogen un nuevo recorte en el referido canon anual. Concretamente, el canon pasará de los 15 millones de euros en el ejercicio 2010 a 10.632 de 2011.

    Lo anterior provocará que la Empresa incurra en el próximo ejercicio 2011 en unas pérdidas de - 4.064 miles de euros ya que los ingresos que obtendrán no superarán los 17.772 miles de euros, mientras que los gastos previstos ascienden a 21.836 miles de euros.

    Así pues, la situación económica de ELSUR es sumamente complicada en tanto que (i) ha sufrido durante los últimos años (2007-2010) una disminución persistente en su nivel de ingresos y (ii) está previsto que se alcancen cuantiosas pérdidas (4.064 miles de euros) en el próximo ejercicio 2011.

    Por otra parte, la anterior situación se complica gravemente, en la medida en que el Ayuntamiento no abona el canon debido, teniendo a fecha de la presente una deuda con esta Empresa que asciende (acumulada a 30 de septiembre de 2010) a:

    Deuda por Servicios dentro de Canon Facturados 62.613 miles de #

    Deudas por Obras Fuera de Canon y Trabajos Especiales facturados 10.592 miles de #

    Deudas por intereses 11.298 miles de #

    Deudas por notas de cargo de intereses y amortización según convenio de colaboración de 13 de Junio de 2.001 3.004 miles de# Lo anterior exige, no solo la implantación de medidas por causas económicas y para paliar la...

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