SAP Madrid 425/2012, 2 de Julio de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 425/2012 |
Fecha | 02 Julio 2012 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18
MADRID
SENTENCIA: 00425/2012
Rollo: RECURSO DE APELACION 347 /2012
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 527 /2011
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 de COLLADO VILLALBA
PONENTE: ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ
APELANTE: Rosana
PROCURADOR: EVENCIO CONDE DE GREGORIO
APELADO: Cecilio
PROCURADOR: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
En MADRID, a dos de julio de dos mil doce.
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ
ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Collado Villalba, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante Dª. Rosana representada por el Procurador Sr. Conde De Gregorio y de otra, como apelado demandado incomparecido D. Cecilio, seguidos por el trámite de Juicio Ordinario.
Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. PEDRO POZUELO PÉREZ.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Collado Villalba, en fecha 9 de enero de 2011, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: QUE ESTIMANDOSE la excepción de prescripción planteada por el procurador D. Antonio de Benito Martín en nombre y representación de DON Cecilio, sin entrar a resolver sobre el fondo del asunto, se desestima la demanda planteada por el procurador Sr. Bartolomé Garretas en nombre y representación de Rosana, absolviendo al demandado de los pedimentos de la demanda y haciendo expresa condena en costas a la parte demandante.".
Por la parte demandante se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 25 de junio de 2012.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Que contra la sentencia de instancia desestimatoria de la demanda se formula el presente
recurso de apelación. En autos y por la demandante se formuló demanda en reclamación de cantidad por importe de 106.838 euros en virtud de un contrato de préstamo no devuelto, más sus intereses pactados, contra el demandado D. Cecilio . El mismo se opuso además por diversos motivos. La sentencia desestimó la demanda en base a diferentes motivos, entre otros la prescripción de la acción por estimar que dado el régimen jurídico aplicable al contrato, el derecho de la República Popular China, el préstamo habría prescrito por aplicación de la legislación de dicho país. La sentencia desestimó la demanda atendiendo a la prescripción derivada del derecho aplicable al litigio que es chino, y...
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