STSJ Cataluña 5119/2012, 6 de Julio de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución5119/2012
Fecha06 Julio 2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2011 - 8023774

AM

ILMO. SR. JACOBO QUINTANS GARCIA

ILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO

ILMO. SR. CARLOS HUGO PRECIADO DOMENECH

En Barcelona a 6 de julio de 2012

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 5119/2012

En el recurso de suplicación interpuesto por Institut Cartogràfic de Catalunya frente a la Sentencia del Juzgado Social 24 Barcelona de fecha 24-10-2011 dictada en el procedimiento nº 481/2011 y siendo recurridos Departament de Territori i Sostenibilitat - Generalitat de Catalunya - y María Rosa . Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. CARLOS HUGO PRECIADO DOMENECH.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 23-5-2011 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 24-10-2011 que contenía el siguiente Fallo:

"Estimo la excepción de falta de legitimación pasiva del DEPARTAMENT DE TERRITORI I SOSTENIBILITAT DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA, estimo estimo la demanda interpuesta por Dª María Rosa, frente a la empresa INSTITUT CARTOGRÀFIC DE CATALUNYA y el DEPARTAMENT DE TERRITORI I SOSTENIBILITAT DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA, en reclamación formulada por despido, y declaro improcedente el despido acordado por la empresa demandada en fecha 5-04-11 y, en consecuencia, condeno a ésta a la inmediata readmisión del actor en las mismas condiciones que regían con anterioridad a producirse el despido o, a su elección, a que le abone una indemnización de 45 días de salario por año de servicio, cifrada en el importe de 61.565,48 euros (resultante de restar a la total de 88.002,45 euros la percibida por el actor de 26.436,97 euros, calculada conforme al salario diario de 72,43 euros) y pudiendo ejercitar su derecho de opción en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución, y entendiéndose que opta por la readmisión en el supuesto de no ejercitarlo, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente resolución. En el caso de que la empresa opte por la readmisión la actora deberá devolver la indemnización percibida de 26.436,97 euros. Absuelvo, en consecuencia al DEPARTAMENT DE TERRITORI I SOSTENIBILITAT DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA, de los pedimentos en su contra formulados.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

La parte actora Dª María Rosa, mayor de edad, con DNI núm. NUM000, ha venido prestando servicios por cuenta y orden del INSTITUT CARTOGRÀFIC DE CATALUNYA con antigüedad desde el 01-05-1984, con la categoría profesional de administrativa y salario de 2.203,08 euros mensuales brutos, con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias.

SEGUNDO

La empresa entregó a la actora una carta de fecha 5-04-11 comunicándole la extinción de su relación laboral con efectos desde esa misma fecha por causas económicas y productivas. Para justificar su decisión la empresa alega en la carta que cumple el Decreto 109/2011, de 11 de enero, de la Generalitat de Catalunya y la Instrucción de fecha 1/2011, de 8 de febrero, normativa que establece la obligación de reducción de gasto de personal en un 6% y de un 5% de efectivos de personal, que esta última afecta al puesto de trabajo de la demandante.

Añade que la actividad del INSTITUT CARTOGRÀFIC DE CATALUNYA está sufriendo una fuerte reducción y para ello argumenta que los ingresos de esta actividad tienen dos orígenes: los prevenientes del Contrato-Programa con la Administración de la Generalitat, y los resultantes de su actividad para terceros, no incluidos en el Contrato-Programa ("contrato para terceros").

Asimismo dice que la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público modificó los negocios y contratos excluidos del ámbito de dicha norma. Los contratos de suministro, asistencia y servicios, como los que habitualmente firmaba el Instituto con otras administraciones públicas en desarrollo de su actividad de prestación de servicios relacionados con la cartografía ya no pueden ser objeto de adjudicación directa y tienen que ser escogidos en procedimientos de concurso. Que en dichos concursos las empresas licitadoras privadas acostumbran a superar al Instituto, lo que ha llevado a la disminución de su capacidad de prestar servicios fuera del Contrato-Programa, es decir, para terceros y ha reducido el volumen de ingresos.

Según la carta en 2008 se realizó un volumen de operaciones de 28.384.940 euros, de los cuales ingresos propios fue la cantidad de 8.138.430 euros, en 2009 el volumen fue de 28.177.090 euros, de los cuales corresponden a ingresos propios la cantidad de 6.803.790 euros y en 2010 el volumen fue de 27.415.090 euros, de los cuales corresponden a ingresos propios la cantidad de 4.692.850 euros, y la tendencia en el presente ejercicio se prevé que sea en volumen 20.539-876,40 euros, de los cuales 3.473.995,57 corresponden a ingresos propios.

Además desglosa la evolución de los gastos de personal y del resto de gastos: en 2008 gastos de personal de 11.238.401,15 y del resto 17.146.539,50; en 2009 gastos de personal de 11.419.930,13 euros y del resto 16.757.156,7 euros y en 2010 gastos de personal 11.466.151,76 euros y del resto 15.949.338,34 euros. Añade que a pesar de adoptar las medidas del Decreto Ley 3/2010, de 29 de mayo y Acuerdos del Gobierno del 1 de junio que ordenaba la reducción del 5% los gastos de personal han continuado creciendo.

Seguidamente resume todo lo anterior.

Sigue diciendo que la concreción de los puestos de trabajo afectados se ha realizado siguiendo criterios de producción para adaptar la organización en conjunto a la reducción de plantilla fija y afecta en total a 8 personas con contrato indefinido sobre toda la organización.

Las posiciones afectadas por la reducción (añade) pertenecen a la Dirección y a las dos Subdirecciones Generales existentes, distribuyéndose entre la Unidad de Cartoteca (dependiente de la Dirección), las Unidades de Teledetección y Proceso de Imagen, Vuelos, Bases Cartográficas y Aerotriangulación (dependientes de la Subdirección General Técnica) y Área de Promoción y Gestión Comercial dependiente de la Subdirección General de Servicios. Sigue la carta diciendo que este esquema de reducción pretende ajustar el volumen de la organización a los requerimientos de la demanda de servicios actual y prevista por estar en franca disminución los ingresos por actividades para terceros, porque la menor demanda de servicios afecta proporcionalmente al volumen total de la plantilla.

Añade la carta que su puesto de trabajo de administrativa dentro de la Unidad de Cartoteca, dependiente de la Dirección ya no es necesario porque sus funciones serán asumidas por otros puestos de trabajo amortizando así su plaza. La empresa pone a su disposición la indemnización de 20 días por importe de 26.436,97 euros y le comunica que la empresa sustituye el plazo legal de preaviso por el importe del mismo (1.086,45 euros).

TERCERO

Los ingresos de la actividad del INSTITUT CARTOGRÀFIC DE CATALUNYA, tienen dos orígenes: los prevenientes del Contrato-Programa con la Administración de la Generalitat, y los resultantes de su actividad para terceros o ingresos propios, no incluidos en el Contrato-Programa ("contrato para terceros").

CUARTO

En 2008 se realizó un volumen de operaciones de 28.384.940 euros, de los cuales ingresos propios fue la cantidad de 8.138.430 euros, en 2009 el volumen fue de 28.177.090 euros, de los cuales corresponden a ingresos propios la cantidad de 6.803.790 euros y en 2010 el volumen fue de 27.415.090 euros, de los cuales corresponden a ingresos propios la cantidad de 4.692.850 euros.

Además desglosa la evolución de los gastos de personal y del resto de gastos: en 2008 gastos de personal de 11.238.401,15 y del resto 17.146.539,50; en 2009 gastos de personal de 11.419.930,13 euros y del resto 16.757.156,7 euros y en 2010 gastos de personal 11.466.151,76 euros y del resto 15.949.338,34 euros.

QUINTO

En fecha 14 de abril de 2009 el Consejo Rector del INSTITUT CARTOGRÀFIC DE CATALUNYA autorizó la operación de endeudamiento por importe de 7.7000.000 euros mediante la constitución de una póliza de crédito con destino final en las siguientes inversiones: adquisición de un avión para la realización de trabajos fotogramétricos y remodelación de la sede del Instituto. El importe de las dos operaciones fue de 4.600.000 euros para la primera y 3.100.000 euros para la segunda. El 16-07- 09 se inician los pagos para la adquisición del avión.

SEXTO

En el año 2008 el INSTITUT CARTOGRÀFIC DE CATALUNYA adquirió un sensor térmico TASI por valor de un millón de euros. En 2007 adquirió un altímetro láser ALS50-2 por valora de un millón de euros y en los años 2004 y 2005 se compraron dos cámaras digitales DMC por precio de más de un millón de euros cada una de ellas.

SÉPTIMO

El INSTITUT CARTOGRÀFIC DE CATALUNYA participa en la Sociedad Anónima GEOCAT, GESTIÓ DE PROJECTES, S.A., ostentando el 60% del capital directo. Participa asimismo en la Sociedad Anónima INFOTERRA, SERVICIOS DE GEOINFORMACIÓN, S.A., ostentando el 20% del capital directo.

OCTAVO

La actora forma parte de la plantilla del personal laboral fijo del INSTITUT CARTOGRÀFIC DE CATALUNYA. Fue contratada por la resolución del concurso convocado en el...

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