STSJ Cataluña 4048/2012, 31 de Mayo de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución4048/2012
Fecha31 Mayo 2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2010 - 0013497

CR

ILMO. SR. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO

ILMO. SR. FRANCISCO BOSCH SALAS

ILMA. SRA. LIDIA CASTELL VALLDOSERA

En Barcelona a 31 de mayo de 2012

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 4048/2012

En el recurso de suplicación interpuesto por Raimundo frente a la Sentencia del Juzgado Social 28 Barcelona de fecha 31 de mayo de 2011 dictada en el procedimiento Demandas nº 852/2010 y siendo recurrido/a -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social). Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 30 de julio de 2010 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 31 de mayo de 2011 que contenía el siguiente Fallo:

Que, desestimando la Demanda interpuesta por Raimundo, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre Incapacidad Permanente Absoluta para todo trabajo, o subsidiariamente Total para su profesión habitual, derivada de Enfermedad Común, debo absolver y absuelvo a la parte demandada, confirmando las Resoluciones recurridas.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO.- Raimundo, con fecha de nacimiento de NUM000 de 1.963, está afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta en el Régimen General.

SEGUNDO.- Su profesión habitual es la de COMERCIO AL POR MENOR CARNICERÍA.

TERCERO.- La Base Reguladora de la prestación es de 669,41 Euros mensuales. CUARTO.- Para el cálculo de la Base Reguladora, el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ha tenido en cuenta las Bases de Cotización del período de 1 de Julio de 2.003 a 31 de Enero de 2.010.

QUINTO.- Inició un proceso de Incapacidad Temporal el día 8 de Septiembre de 2.009 y el 16 de Marzo de 2.010 se le extendió el alta con propuesta de incapacidad permanente.

SEXTO.- Acredita el período mínimo de cotización exigible para tener derecho a la prestación.

SÉPTIMO.- Según el dictamen emitido el 16 de Marzo de 2.010 por el ICAM, presenta las lesiones siguientes:

DISCOPATÍA C5-C6-C7 CON LESIÓN PREGANGLIONAR AXONAL GRAVE Y CRÓNICA DE C5-C6-C7 DERECHOS CON LIMITACIÓN FUNCIONAL. DIABETES MELLITUS INSULINODEPENDIENTE. HIPERTENSIÓN ARTERIAL Y ARRITMIA COMPLETA POR FIBRILACIÓN AURICULAR EN TRATAMIENTO CON SINTROM.

OCTAVO.- Por Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, de 19 de Mayo de 2.010, que se le notificó el 31 de Mayo de 2.010, se resolvió:

1. Que no procede declarar a Raimundo en ningún grado de incapacidad permanente, derivada de enfermedad común, y denegar el derecho a prestaciones económicas porque no reúne el requisito de incapacidad permanente.

2. Extinguir la situación de incapacidad temporal con efectos desde el día de la presente resolución.

NOVENO.- Frente a la Resolución mencionada, el actor interpuso Reclamación Previa a 28 de Junio de 2.010, por considerar que está afectado de una incapacidad permanente en el grado de absoluta, o subsidiariamente total derivada de enfermedad común.

DÉCIMO.- La Reclamación Previa se desestimó a 14 de Julio de 2.010, lo que se le notificó a 23 de Julio de 2.010.

UNDÉCIMO.- Por Sentencias Número 190 / 2.008, de 16 de Abril, y 441 / 2.007, de 19 de Abril, de los Juzgados de lo Social Número 3 y 6 de Barcelona, en Autos Número 129 / 2.008 y 501 / 2.007, se desestimaron Demandas del actor.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en...

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