STSJ Cataluña 1485/2008, 15 de Febrero de 2008
Ponente | MIGUEL ANGEL SANCHEZ BURRIEL |
ECLI | ES:TSJCAT:2008:992 |
Número de Recurso | 8868/2007 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 1485/2008 |
Fecha de Resolución | 15 de Febrero de 2008 |
Emisor | Sala de lo Social |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA
CATALUNYA
SALA SOCIAL
NIG : 08019 - 44 - 4 - 2007 - 0013303
RM
ILMO. SR. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ BURRIEL
ILMO. SR. MIGUEL ANGEL FALGUERA BARÓ
ILMO. SR. EMILIO DE COSSIO BLANCO
En Barcelona a 15 de febrero de 2008
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A núm. 1485/2008
En el recurso de suplicación interpuesto por Peguform Module Division Front Ends, S.L. frente a la Sentencia del Juzgado Social 9 Barcelona de fecha 9 de julio de 2007 dictada en el procedimiento Demandas nº 318/2007 y siendo recurridos Jose Augusto, Pip's Logistics S.L., Venture Logistics de Navarra, S.L., Peguform Module Division Ibérica Cockpits, S.L., Fondo de Garantía Salarial y Ministerio Fiscal. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ BURRIEL.
Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido disciplinari, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 9 de julio de 2007 que contenía el siguiente Fallo:
Que con ESTIMACIÓN de la demanda interpuesta por Jose Augusto, debo DECLARAR Y DECLARO la nulidad del despido de fecha 30 de Marzo de 2007 y con ello debo CONDENAR Y CONDENO a las empresas PIP'S LOGISTICS SL, VENTURE LOGISTICS DE NAVARRA SL, PEGUFORM MODULE DIVISIÓN IBERICA COCKPITS SL, PEGUFORM MODULE DIVISION FRONT ENDS SL, a que pasen por la anterior declaración y procedan a la readmisión de la actora en su puesto de trabajo, así como cumplan con sus obligaciones de alta y cotización en la Seguridad Social. Lo anterior sin que se realice pronunciamiento respecto a los salarios dejados de percibir por la actora.
El FONDO DE GARANTÍA SALARIAL debe ser absuelto salvada su responsabilidad legal.
En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:
"1º. Jose Augusto, con DNI nº NUM000 prestaba servicios para las empresas demandadas con una antigüedad de 6 de abril de 2000 y una categoría profesional grupo 6 (no cuestionado).
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La actora percibe un salario diario, con prorrateo de pagas extras, de 51,50 € (documental).
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La actora se encuentra en situación de Incapacidad Temporal desde el día 3 de julio de 2006 (no cuestionado).
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La actora se encuentra embaraza desde el mes de Febrero de 2007, estando previsto el parto en el mes de Noviembre de 2007 ( documental).
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La actora puso en conocimiento de sus compañeras la existencia del embarazo, lo que supuso que la empresa tuviera cabal conocimiento del mismo en fecha anterior a finales de marzo de 2007. La actora, no obstante, comunicó fehacientemente a la empresa su embarazo en fecha 13 de abril de 2007 ( testifical, documental).
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La empresa remitió carta de despido en fecha 30 de marzo de 2007 al domicilio de la trabajadora. En la misma fecha consignó la cantidad correspondiente a la indemnización que corresponde tras reconocer la improcedencia del despido. La actora en fecha 18 de abril 2007 remite burofax a la empresa al tener conocimiento de la baja en la Seguridad Social, solicitando carta de despido o readmisión (documental).
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La empresa dio de baja a la actora en la Seguridad Social en fecha 30 de marzo de 2007 (no cuestionado).
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La actora no es, ni ha sido en el último año, representante legal o sindical de los trabajadores (no cuestionado).
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La actora intentó la preceptiva conciliación ( ni cuestionado)."
Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, Peguform Module Division Front Ends, S.L., que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó, Jose Augusto, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.
Frente a la sentencia de instancia que declara nulo el despido de la trabajadora por causa hallarse embarazada, recurre en suplicación la empresa PEGUFORM MODULE DIVISION FRONT ENDS, S. L., recurso que articula en base a dos motivos y que ha sido impugnado de contrario.
Concretamente en el primer motivo de suplicación, amparado en la letra b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral, postula la empresa recurrente la modificación del hecho probado quinto de la sentencia a efectos de suprimir parte de su contenido reduciéndolo a los términos siguientes: "La actora comunicó fehacientemente a la empresa su embarazo en fecha 13 de abril de 2007", lo que procede acoger, en cuanto al inciso inicial del parágrafo -"la actora puso en conocimiento de sus compañeras la existencia del embarazo"- pues no consta en autos prueba alguna en que se base el aserto, resultando el mismo de una afirmación vertida en el escrito de demanda sin apoyo probatorio, habiendo resultado aquélla controvertida por la empresa demandada en el acto de juicio por lo que no constituye un auténtico hecho probado al no ser dicha...
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