STSJ Castilla y León , 3 de Abril de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha03 Abril 2012

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 00663/2012

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIALVALLADOLID

C/ANGUSTIAS S/N

Tfno: 983413204-208

Fax:983.25.42.04

NIG: 37274 44 4 2011 0002014

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000473 /2012 E.A.

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000943 /2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de SALAMANCA

Recurrente/s: Martin, Marisa

Abogado/a: ROBERTO VICENTE RUIZ, ROBERTO VICENTE RUIZ Procurador/a:,

Graduado/a Social:,

Recurrido/s: CURSOS INTERNACIONALES UNIVERSIDAD DE SALAMANCA S.A. Abogado/a: MOISES FERRERO CODESAL

Procurador/a: FILOMENA HERRERA SANCHEZ

Graduado/a Social:

Rec. Núm.473/2012

Ilmos. Sres.:

D. Emilio Alvarez Anllo Presidente de la Sección

Dª.Carmen Escuadra Bueno

D. Rafael A. López Parada /

En Valladolid, a tres de Abril de dos mil doce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente, SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 473/2012, interpuesto por D. Martin y Dª Marisa, contra Sentencia del Juzgado de lo Social núm. U NO DE SALAMANCA de fecha, 14 de Diciembre de 2.011 (Autos nº 943/2011), dictada a virtud de demanda promovida por mencionados actores contra CURSOS INTERNACIONALES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA, S.A.; sobre CANTIDAD.

Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Emilio Alvarez Anllo .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 30.09.11, procedente de reparto tuvo entrada en el Juzgado de lo Social nº 1 de Salamanca, demanda formulada por la parte actora, en la que se solicitaba se dictase Sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el Juicio, se dictó Sentencia que desestimó referida demanda.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:

"1º.- Los demandantes han prestado servicios para la empresa demandada CURSOS INTERNACIONALES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA con la siguiente antigüedad, categoría profesional y salario diario, incluido la parte proporcional de pagas extras:

- Martin, desde el 1 de febrero de 1990, profesor de español -lengua extranjera, 74,96 euros.

- Marisa, desde el 1 de julio de 2005, profesora de español, 69,52 euros.

  1. - La empresa demandada a partir del 1 de julio de 2010 redujo los salarios de los demandantes en un 5% afectando dicha resolución a todas las retribuciones, incluidos en la nómina, excepto las dietas.

  2. - La Compañía Mercantil CURSOS INTERNACIONES DE LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA, S.A. "fue constituida por el Excmo y Magnifico Rector de la Universidad de Salamanca mediante escritura pública, en fecha 8 de junio de mil novecientos ochenta y nueve. Copia de la escritura, de los Estatutos y de la modificación de los mismos obra unida a autos, dándose por reproducidos.

  3. - Se ha celebrado el preceptivo acto de conciliación con el resultado de Sin Efecto."

TERCERO

Interpuesto Recurso de Suplicación contra dicha Sentencia por la parte demandante, fue impugnado por la parte demandada, y elevados los autos a ésta Sala, se designó Ponente, acordándose la participación de tal designación a las partes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- Nos encontramos ante la reclamación de dos trabajadores por importe respectivamente de 1417,09 y 1247, 32. la sentencia se dicta en fecha 14 de Diciembre de 2011 y en consecuencia deviene de aplicación por la transitoria 2ª de la ley reguladora de la jurisdicción social dicha ley. La cuantía litigiosa no alcanza los 3000 euros que dispone el artículo 191 con lo que sólo procederá el recurso de suplicación cuando concurra una afectación generalizada.

A tal respecto es doctrina jurisprudencial del tribunal supremo la que manifiesta que la...

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