SAP Zaragoza 47/2012, 28 de Marzo de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 47/2012 |
Fecha | 28 Marzo 2012 |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ZARAGOZA
SECCION SEXTA
ROLLO DE APELACION (RJ) Nº 26/2012
SENTENCIA Nº 47/2012
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
En Zaragoza, a veintiocho de Marzo de dos mil doce.
El Ilmo. Sr. D. Alfonso Ballestín Miguel, Magistrado de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, ha visto en grado de apelación el Juicio de Faltas nº 44/2011, procedente del Juzgado de Instrucción de Daroca, Rollo núm. 26/2012, seguido por faltas de malos tratos, amenazas y vejaciones, siendo apelante la denunciada Marisa, defendida por el letrado Sr. Nivela Sáinz, y apelados el Ministerio Fiscal y la denunciante Piedad, defendida ésta por la letrada Sra. Subirón Garay .
En los citados autos recayó sentencia condenatoria en fecha 14 de septiembre de 2011, cuyos HECHOS PROBADOS expresaban lo siguiente: " De lo actuado queda acreditado que el día veinte de junio de 2011, en el interior del supermercado DIA de la localidad de Daroca, Doña Marisa garró por el brazo y zarandeó a la menor María Cristina, a la vez que le reclamaba diversas prendas de ropa diciéndole que era una ladrona y que le iba a chafar la cabeza.".
La parte dispositiva de tal resolución, en lo necesario para la resolución del recurso, es del tenor literal siguiente: " CONDENO a Marisa en los siguientes términos:
-
- como autora criminalmente responsable de una falta de maltrato de obra, a la pena de MULTA DE TREINTA DIAS.
-
- como autora criminalmente responsable de una falta de amenazas, a la pena de MULTA DE VEINTE DIAS,
-
- como autora criminalmente responsable de una falta de vejaciones injustas, a la pena de MULTA DE VEINTE DIAS,
todas ellas, a razón de una cuota diaria de SEIS EUROS, con arresto sustitutorio, en caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de las costas procesales de obligatorio devengo.".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la citada Marisa, expresando como motivos del mismo los que señala en su escrito, del cual, admitido que fue en ambos efectos, se dio traslado a las demás partes para alegaciones, que solicitaron la confirmación de la sentencia, remitiéndose posteriormente las actuaciones a esta Audiencia para su resolución.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan los hechos probados de la resolución recurrida,...
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