SAP Valencia 761/2011, 10 de Noviembre de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha10 Noviembre 2011
Número de resolución761/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL

VALENCIA

- - -SECCIÓN TERCERA

Rollo penal (Procedimiento Abreviado) nº 19/2009

Dimanante del Procedimiento Abreviado nº 68/2008 del

Juzgado de Instrucción de Valencia número 11

SENTENCIA

Nº 761/2011

Ilmas. Señorías:

PRESIDENTE : Don CARLOS CLIMENT DURÁN

MAGISTRADO: Don LAMBERTO J. RODRÍGUEZ MARTÍNEZ

MAGISTRADA: Doña REGINA MARRADES GÓMEZ

En la ciudad de Valencia, a diez de noviembre de dos mil once.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por las Ilmas. Señorías antes reseñadas, ha visto en juicio oral y público la causa referenciada al margen, contra Marcelino, con D.N.I. número NUM000, hijo de Juan y de Rosa, nacido en Valencia el día 24-06-1962, vecino de Valencia, con domicilio en la PLAZA000 nº NUM001 - NUM002, en situación de libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador de los Tribunales D. Juan Manuel del Pino Martínez y defendido por el Letrado

D. Alberto Baixauli Fernández; contra Sixto, con D.N.I. número NUM003, hijo de Joaquín y de Teresa, nacido en Valencia el día 24-03-1970, vecino de Valencia, con domicilio en la CALLE000 nº NUM004 - NUM004

, en situación de libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. Margarita Crespo Moreno y defendido por el Letrado D. Juan José Moreno Rodríguez; contra Marcelino, con D.N.I. número NUM005, hijo de José y de María Teresa, nacido en Valencia el día 13-08-1977, vecino de Valencia, con domicilio en la CALLE001 nº NUM006 - NUM007, en situación de libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador de los Tribunales D. Jorge Domenech Plo y defendido por el Letrado D. José María Velázquez Becerra sustituido por D. Borja Bonet Peña; contra Carlos, con D.N.I. número NUM008, hijo de Santiago y de Rosa, nacido en Valencia el día 18-03-1980, vecino de Paterna, con domicilio en la CALLE002 nº NUM007 - NUM006, en situación de libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª María Gutiérrez Cubells y defendido por el Letrado D. Miguel Angel Sampedro Ródenas; contra Heraclio, con D.N.I. número NUM009, hijo de Manuel y de Rosa María, nacido en Valencia el día 11-07-1983, vecino de El Puig (Valencia), con domicilio en la CALLE003 nº NUM004 - NUM010, en situación de libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª Laura Oliver Ferrer y defendido por el Letrado D. Andrés Zapata Carrera sustituido por Dª Sara Vázquez Calero; contra Rosendo, con D.N.I. número NUM011, hijo de Roberto y de María José, nacido en Valencia el día 20-10-1983, vecino de Valencia, con domicilio en la AVENIDA000 nº NUM012 - NUM013

, en situación de libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador de los Tribunales D. Enrique José Domingo Roig y defendido por el Letrado D. César A. Alfonso Albuixech; contra Carlos Antonio

, con D.N.I. número NUM014, hijo de Angel y de Flora, nacido en Albacete el día 29-05-1950, vecino de Tavernes Blanques (Valencia), con domicilio en la CALLE004 nº NUM015 - NUM016, en situación de libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador de los Tribunales D. José Alfonso Gurrea Arnau y defendido por el Letrado D. Salvador Aubán Sendra; contra Amadeo, con D.N.I. número NUM017

, hijo de Salvador y de Concepción, nacido en Valencia el día 08-03-1978, vecino de Valencia, con domicilio en la PLAZA001 nº NUM018 - NUM019, en situación de libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador de los Tribunales D. Juan Antonio Ruiz Martín y defendido por la Letrada Dª Cristina Tébar Visent; contra Esteban, con D.N.I. número NUM020, hijo de Santiago y de Rosa, nacido en Palma de Mallorca el día 03-10-1974, vecino de Valencia, con domicilio en la CALLE000 nº NUM021 - NUM018, en situación de libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador de los Tribunales D. Alberto Mallea Catalá y defendido por el Letrado D. Oscar Fernández Castilla, y contra Jesús, con D.N.I. número NUM022, hijo de Cristóbal y de Julia, nacido en Valencia el día 27- 12-1969, vecino de Valencia, con domicilio en la PLAZA000 nº NUM001 - NUM002, en situación de libertad provisional por esta causa, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª Rocío Cuñat Tormo y defendido por la Letrada Dª Felicidad Lozano Ballesteros sustituida por D. Salvador Aubán.

Han sido partes en el proceso, el Ministerio Fiscal, representado por Dª Rosa Guiralt, y los mencionados acusados, con la representación y defensa ya indicadas, y ha sido Ponente el Magistrado don LAMBERTO J. RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En sesión que tuvo lugar el día 28-10-2011 se celebró ante este Tribunal juicio oral y público

en la causa reseñada en el encabezamiento de la presente resolución, practicándose en el mismo las pruebas propuestas por las partes que habían sido admitidas y no renunciadas.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos objeto del proceso como constitutivos de A) un delito continuado de estafa de los artículos 248.1 y 250.1.5º del Código penal en su vigente redacción en relación con el artículo 74 del mismo Cuerpo legal, B) un delito de estafa de los artículos 248.1 y 250.1.5º del Código penal en su vigente redacción y C) un delito continuado de estafa de los artículos 248 y 249 del Código penal en relación con el artículo 74 del mismo Cuerpo legal . Acusó como responsables en concepto de autores del delito A) a Marcelino, Carlos, Esteban, Heraclio y Jesús ; como responsable en concepto de autor del delito B) a Sixto y como responsables en concepto de autores del delito C) a Juan Enrique, Rosendo, Carlos Antonio y Amadeo, con la concurrencia en Amadeo de la circunstancia atenuante de drogadicción del artículo 21.2 del Código penal apreciada como muy cualificada; en Heraclio y Sixto de la circunstancia atenuante analógica de alteración psíquica del artículo 21.7 en relación con los artículos 21.1 y 20.1 del Código penal ; en Marcelino la circunstancia agravante de reincidencia del artículo

22.8 del Código penal ; en Carlos y Esteban la circunstancia atenuante de reparación del daño del artículo

21.5 del Código penal y en todos los acusados la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas del artículo

21.6 del Código penal .

Solicitó que se impusiera a Marcelino la pena de 3 años y 5 meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 9 meses a razón de 4 euros diarios; a Jesús, la pena de 1 año de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 6 meses a razón de 4 euros diarios; a Carlos y Esteban y Heraclio la pena de 10 meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 4 meses a razón de 4 euros diarios; a Sixto, la pena de 8 meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 4 meses a razón de 4 euros diarios; a Juan Enrique, Rosendo y Carlos Antonio, la pena de 8 meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y a Amadeo, la pena de 4 meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Pago proporcional de las costas y que por vía de responsabilidad civil:

Marcelino indemnice a la entidad Conservas Rueda S.L. en 4.515,26 euros; a la entidad Amanida en

2.662,76 euros, de cuya cantidad se detraerá el valor en que se tase la mercancía recuperada y entregada en su día; a la entidad Viñaoliva en 4.482 euros, de cuya cantidad se detraerá el precio tasado de las 123 garrafas recuperadas por la Guardia civil. El mismo acusado indemnizará a Mariano en 22.804 euros, Industrias Cárnicas Sierra Mágina S.A. en

2.742,52 euros, Bodegas Virgen de la Vega Sociedad Cooperativa en 10.275 euros, Bodegas Hermanos Rubio en 8.603,79 euros, Logística Hecusa S.L. en 6.749,50 euros, Monsalmó en 8.527,16 euros, Boadas Embutidos y Conservas S.A. en 8.673,42 euros, Ahumados Ubago en 4.965,84 euros, Maltrasa S.L. en 10.411,94 euros y Bodegas Dunviro Sociedad Cooperativa en 11.467,99 euros. También indemnizará a las entidades Muñoz Vera e Hijos, Plásticos Romero y Porcino Teruel en la proporción que se determine en ejecución de sentencia respecto de las cantidades siguientes: 4.434,94 euros, 51.033,02 euros y 7.839,93 euros, respectivamente.

Sixto, conjunta y solidariamente con Marcelino, deberá abonar a la entidad Jamón de Salamanca S.A. 5.915,48 euros, a Jamones Viva San Pancracio 4.718,33 euros, a la Cooperativa San Sebastián 5.641,92 euros, a Martínez Barragán 9.000 euros, a Unión de Olivareros Jienenses 1.937,55 euros y a Juguir S.A.

4.361,32 euros. También deberá abonar a las entidades Muñoz Vera e Hijos, Plásticos Romero y Porcino Teruel en la proporción que se determine en ejecución de sentencia respecto de las cantidades siguientes:

4.434,94 euros, 51.033,02 euros y 7.839,93 euros, respectivamente.

Heraclio, conjunta y solidariamente con Marcelino, indemnizará a las siguientes entidades: Bodega Cooperativa Virgen de la Asunción, Bodega Virgen de la Vega Sociedad Cooperativa, Jamones y Paletas del Suroeste S.A., Cafés Costa Verde, Embutidos Domingo Ortiz Moreno S.L., Ibéricos del Culebrín S.L. y Lino Moreno Soldevilla S.A., en las cantidades siguientes: 7.078,09, 16.840,18, 4.500, el 20% de 14.282,79,

10.728,96, 2.921,78 euros respectivamente También abonará a las entidades Quesos la Vasco Navarra,...

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