STSJ Murcia 149/2012, 27 de Febrero de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha27 Febrero 2012
Número de resolución149/2012

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00149/2012

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

PASEO GARAY, 7. PLANTA 2

Tfno: 968229215-18

Fax:968229213

NIG: 30030 44 4 2010 0009279

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000751 /2011

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0001263 /2010 JDO. DE LO SOCIAL nº 005 de MURCIA

Recurrente/s: CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

Abogado/a: LETRADO COMUNIDAD(SERVICIO PROVINCIAL)

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: Primitivo, Rogelio, CONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y ORDEN. TERRITORIO

Abogado/a: JOAQUIN MARTINEZ JIMENEZ, LETRADO COMUNIDAD(SERVICIO PROVINCIAL)

Procurador/a:

Graduado/a Social:

En MURCIA, a veintisiete de Febrero de 2012

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos Sres D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por la CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, contra la sentencia número 0224/2011 del Juzgado de lo Social número Cinco de Murcia, de fecha diecinueve de abril, dictada en proceso número 1263/2010, sobre DESPIDO, y entablado por Primitivo Y Rogelio frente a la CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO. Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: " PRIMERO . - Los demandantes D. Primitivo

, con DNI NUM000, y D. Rogelio, con DNI NUM001, han prestado sus servicios profesionales para la Comunidad Autónoma de la Región ae Murcia, en la Dirección General ae Territorio y Vivienda, dentro de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, teniendo ambos la categoría Nivel A (1) de Técnico Titulado Superior (Arquitecto), y con un plus o complemento de destino nivel 26, equivalente a una jefatura de sección. Iniciando el primero su actividad profesional en la Comunidad el 01/07/1991 y el segundo el 02/03/1988, y respectivamente con un salario bruto mensual de 3.117,28 Euros. (2.721,55 netos) y 3.113,10 Euros brutos (2.717,37 Euros netos)

SEGUNDO

Los demandantes celebraron con la Administración demandada los siguientes contratos:

  1. D. Primitivo :

    1- Con fecha 01/07/1991, al amparo del Decreto 1005/1974, con un plazo de ejecución hasta el 31/12/1991, para realizar una actividad como Arquitecto para la Oficina de Gestión y Rehabilitación de Muía. Siendo el precio del contrato de 1.940.000 pts.

    2- 2- Al amparo del Decreto 1005/74, con una duración desde el 02/10/1992 hasta el 31/12/1992, como arquitecto en la Oficina de Gestión de Rehabilitación n° 5 de Muía.

    3- Al amparo del Decreto 1005/1974 con una duración desde el 14/07/1993 hasta el 31/01/1993, para la ejecución- entrega de la Oficina de Gestión de Rehabilitación n° 1 de Lorca, Águilas, Puertolumbreras y otros municipios.

    4- Al amparo del Decreto 1005/74, con una duración desde el 15/09/1994 hasta el 31/12/1995, en la Oficina Gestora de Rehabilitación n° 1.

    5- Al amparo del Decreto 1005/74, con una duración en el plazo de ejecución desde el 15/03/1996 al 30/06/1996, para la ejecución-entrega como arquitecto en la Oficina Gestora de Rehabilitación n° 1.

    6- Al amparo de la Ley 13/1995 de 18 de mayo de Contratos de las Administraciones Públicas y Decreto 1005/74, con un plazo de ejecución desde el 02/07/1996 hasta el 31/12/1996, para la ejecución- entrega de arquitecto de Oficina Gestora de Rehabilitación n° 1.

    7- Al amparo de'la Ley 13/1995 y Decreto 1005/74 con un plazo de-ejecución desde el 09/07/1997 hasta el 31/12/1988, para ejecución- entrega de arquitecto en Oficina Gestora de Rehabilitación n° 1 de Murcia.

    8- Al amparo del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, con un plazo de ejecución desde el 21/03/2003 hasta el 20/03/2004, para la ejecución- entrega de contratación como arquitecto para la Oficina de Gestión para la Vivienda y Rehabilitación n° 1 de Murcia.

    9- Al amparo del R. Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, con un plazo de ejecución desde el 21/03/2004 hasta el 20/03/2005. Comprometiéndose el Sr. Primitivo a la ejecución-entrega de direcciónarquitecto para la Oficina de Gestión para la Vivienda y Rehabilitación n° 1 de Murcia.

    10--A1 amparo del R. Decreto Legislativo 2/2000, con un plazo de ejecución desde el 01/10/2008 hasta el 30/09/2009. Siendo el objeto del contrato la realización por un arquitecto coordinador de la Ventanilla Única de Vivienda n° 7 de Loca.

    11-A1 amparo del R. D. Legislativo 2/2000, con un plazo de ejecución desde el 01/10/2008 hasta .el 30/09/2009. Siendo el objeto del contrato la realización por un arquitecto coordinador de la Ventanilla Única de Vivienda n° 7 de Lorca.

    12-Prórroga del anterior con una duración desde el 01/10/2008 hasta el 30/09/2010.

  2. D. Rogelio :

    1- Al amparo del Decreto 1005/74, con fecha 29/04/1988, con un plazo de ejecución de 8 meses desde la firma del contrato. Siendo su objeto llevar a cabo la Dirección de la Oficina Gestora de Rehabilitación n° 7 (Municipios de Muía, Alburquerque, Campos del Rio, Pliego y Bullas). 2- Al amparo del Decreto 1005/74, con un plazo de ejecución hasta el 15/12/1991 para la ejecuciónentrega de contratación de un arquitecto para la Oficina de Gestión de Rehabilitación n° 7 de Cehegin.

    3- Al amparo del Decreto 1005/74, con fecha 10/09/1992, con un plazo de ejecución hasta el 31/12/1992, para la ejecución- entrega de arquitecto para la Oficina Gestora de Rehabilitación n° 6 de Cehegin, Bullas.

    4- Al amparo del Decreto 1005/74, con fecha 14/07/1993, con un plazo de ejecución hasta el 31/12/1993, para la ejecución- entrega de Oficina Gestora de Rehabilitación n° 5 de Cehegin, Bullas, San Pedro del Pinatar, San Javier, Los Alcázares y otros.

    5- Al amparo del Decreto 1005/74, con fecha 14/03/1996, con un plazo de ejecución hasta el 30/06/1996, para la realización de los trabajos como arquitecto para la Oficina Gestora de Rehabilitación n° 5.

    6- Al amparo del Decreto 1005/74, con fecha 14/03/1996, con un plazo de ejecución hasta el 31/12/1996, la ejecución- entrega de arquitecto en la Oficina Gestora de Rehabilitación n° 5.

    7- Al amparo de la Ley 13/1995, de fecha 10/07/1997 hasta el 31/12/1998, para la realización del trabajo de arquitecto en la Oficina Rehabilitación n° 3 de Cehegin.

    8- Al amparo del R. D. Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, con fecha 16/03/2001, y con un plazo de nejecución de dos años, para la ejecución- entrega de contratación de arquitecto-director de la Oficina de Gestión para la Vivienda y Rehabilitación n° 3 de Cehegin.

    9- Prórroga del anterior de fecha 17/03/2003, y con un plazo de ejecución de la prórroga hasta el 16/03/2004.

    10-Nueva prórroga con fecha 19/02/2004, y con un plazo de ejecución de la misma desde el 17/03/2004 hasta el 16/03/2005-11-Al amparo del R. D. Legislativo 2/2000, con fecha30/09/2006 y con un plazo de ejecución hasta 24 meses para la ejecución- entrega de trabajos a realizar por un arquitecto coordinador de la Ventanilla Única n ° 3 de Cehegin. 12-Prórroga del anterior con un plazo de ejecución de la prórroga desde el 01/10/2008 hasta el 30/09/2009. 13-Nueva prórroga con fecha 30/09/2009, y con un plazo de ejecución desde el 01/10/2009 hasta el 31/05/2010. 14-Nueva prórroga con fecha 31/05/2010, con un plazo de ejecución del 01/06/2010 al 31/07/2010. 15-Nueva prórroga con fecha 20/07/2010, y con un plazo de ejecución desde el 01/08/2010 hasta el 30/09/2010.

TERCERO

La relación profesional mantenida por los demandantes con la Administración demandada se realizó sin interrupción desde su inicio hasta el 30/09/2010. Si bien durante dichos periodos de tiempo hubo algunos en los que ambos prestaron sus servicios sin cobertura de contrato escrito. Y en concreto en el caso del Sr. Primitivo del 01/01/1992 al 02/10/1992; del 01/01/1993 al 14/07/1993: del 01/01/1996 al 15/03/1996; del 01/01/1997 al 09/07/1997; y del 01/01/2001 al 20/03/2001. Y en el caso del Sr. Rogelio desde el 01/01/1992 al 10/09/1992; del 01/01/1993 al 14/06/1993; del 01/01/1994 al mes de septiembre del mismo año; del 01/01/1996 al 14/03/1996; y del 01/01/1997 al 10/07/1997. CUARTO . - La actividad de los dos demandantes se ha realizado tanto en los locales del Ayuntamiento en donde se encontraban ubicadas las oficinas como en la Dirección General de la Vivienda de Murcia, en las que tenían sus correspondientes despachos, al que acudían asiduamente, y en donde utilizaban como instrumentos de trabajo los facilitados por la Administración. QUINTO . - La prestación de los servicios de los demandantes fue realizada bajo la dirección y dependencia de Da . Serafina, funcionaria de carrera en la Comunidad Autónoma y con la categoría de Jefe de Servicios y Personas de la Comunidad como D. Iván, y D. Justiniano trabajaron bajo la dirección del Sr. Primitivo . SEXTO .- Las tareas profesionales de los demandantes fueron realizadas en un horario de 8 : 30 a 15 horas, y consistían en funciones generales de oficina y Ventanilla Única de Vivienda como tramitación y Gestión de expedientes de rehabilitación, información directa al ciudadano, fomento en la rehabilitación de viviendas en colaboración con los distintos Ayuntamientos, participación en programas de divulgación en jornadas y conferencias a particulares, realización de tareas organizativas y de recopilación de datos con información de los...

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