STSJ Comunidad de Madrid 70/2012, 25 de Enero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución70/2012
EmisorTribunal Superior de Justicia de Comunidad de Madrid, sala social
Fecha25 Enero 2012

RSU 0002962/2011

T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 00070/2012

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (Pº. del General Martínez Campos, 27 -Madrid 28010- (002)

N.I.G: 28079 34 4 2011 0047449, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002962/2011-P

Materia: EXTINCION CONTRATO DE TRABAJO

Recurrente/s: Alejandro

Recurrido/s: CONTENEMAR SA, ASMAR CORPORACION LOGISTICA SL, Bartolomé, BESTDENE ESPAÑOLA SL, PETROPESCA SL, Conrado, ASTIL MIREL SL, Ernesto, TASMAR LOGISTICA SL, FLETAMENTOS NAVIEROS CANARIOS, Gaspar, FONDO DE GARANTIA SALARIAL FOGASA

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 39 de MADRID de DEMANDA 0001246 /2009 Sentencia número: 70

Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.

ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ

MANUEL RUIZ PONTONES

FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN

En MADRID, a veinticinco de Enero de dos mil doce, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 002 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

en el RECURSO de SUPLICACION 0002962/2011, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. RAFAEL GOIRIA GONZALEZ, en nombre y representación de Alejandro, contra la sentencia de fecha nueve de junio de 2010, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 039 de MADRID en sus autos número DEMANDA 0001246/2009, seguidos a instancia de Alejandro frente a ASTIL MIREL S.L., BESTDENE ESPAÑOLA S.L., FLETAMENTOS NAVIEROS CANARIOS, ASMAR CORPORACIÓN LOGÍSTICA S.L., Bartolomé y Ernesto, TASMAR LOGÍSTICA S.L., y PETROPESCA S.L., en su condición de Administradores concursales de ASMAR CORPORACIÓN LOGÍSTICA S.L. y CONTENEMAR S.A; Conrado y Gaspar, en su condición de administradores concursales de la demandada CONTENEMAR S.A., Oscar, Rubén y FONDO DE GARANTIA SALARIAL, en reclamación por DESPIDO, siendo Magistrado- Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. MANUEL RUIZ PONTONES, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente en cuyo fallo constaba lo siguiente:

"Estimando la demanda presentada por D. Alejandro, frente a las empresas Astil Mirel S.L., Bestdene Española S.L., Fletamentos Navieros Canarios,

Asmar Corporación logística S.L., D. Bartolomé

y D. Ernesto ; Tasmar Logística S.L. y

Petropesca S.L., en su condición de administradores

concursales de Asmar Corporación Logística S.L.; y

Contenemar S.A., D. Conrado y D. Gaspar, en su condición de administradores

concursales de la demandada Contenemar S.A., y el Fondo de

Garantía Salarial, en reclamación por despido, debo

declarar y declaro nulo el mismo y en consecuencia procede

condenar de forma solidaria a todas las sociedades

demandadas a la readmisión inmediata del actor en su puesto

de trabajo, siempre que al respecto existiera mutuo acuerdo entre las partes, caso contrario procede condenar solidariamente a todas las sociedades demandadas al pago al demandante de una indemnización de 25.945 euros, sin que procedan salarios de tramitación.

Asimismo se condena de forma solidaria a las sociedades demandadas al pago al actor de una indemnización adicional

por daños de 48.500 euros.

Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de

las responsabilidades legales de este organismo.

Notifíquese a los administradores concursales de las sociedades Contenemar SA y Asmar Corporación Logística SL a los efectos de la Ley 22/03."

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

El actor D. Alejandro, con

DNI NUM000, ha venido prestando servicios para las

demandadas, del sector del transporte marítimo, desde el 7 de julio de 1999, categoría profesional de Capitán de barco

y salario bruto anual de 46.577,04 euros.

SEGUNDO

El actor ha firmado al menos siete contratos y ha

pasado a prestar su actividad sin solución de continuidad

por decisión de la empresa, indistintamente en los numerosos buques explotados por Contenemar S.A., propiedad

de las empresas navieras demandadas. El demandante ha

prestado servicios en los siguientes buques:

-Buque Gala del Mar, cuyo titular es Contenemar S.A.: en

virtud del contrato suscrito con Bestdene Española S.L., el

7-7-99.

-Buque Gracia del Mar, cuyo titular es Nascentia

Internacional S.L.: en virtud de trasbordo el 16-09-99,

hasta el 12-11-99 en que inició disfrute de vacaciones,

figurando formalmente en este tiempo por cuenta de

Fletamentos Navieros Canarios S.L.

-Buque Gala del Mar, cuyo titular es Contenemar S.A.: en

virtud del contrato suscrito con Bestdene Española S.L., el

17-1-00.

-Buque María Dolores del Mar el 10-3-00, figurando bajo

Fletamentos Navieros Canarios S.L., desde el 12-5-00 hasta

el 13-7-00 (vacaciones).

-Buque Gala del Mar, cuyo titular es Contenemar S.A.: en

virtud del contrato suscrito con Bestdene Española S.L.,

desde el 5-7-00, hasta el 13-9-00 (desde la indicada fecha hasta el 18-10-00 - vacaciones).

-Buque Julia del Mar, cuyo titular es Bestdene Española S.L.: desde el 20-11-00.

-Buque María Dolores del Mar por trasbordo el 19-2-01, hasta el 20-4-01, figurando bajo Fletamentos Navieros Canarios S.L.

-Buque Hilde del Mar, desde el 29-6-01 hasta el 25-10-01,

con titular Fletamentos Navieros Canarios S.L. (vacaciones

desde el 25-10-01 hasta el 23-12-01).

-Buque Hilde del Mar, desde el 26-12-01 hasta el 15-6-02,

con titular Fletamentos Navieros Canarios S.L. (vacaciones

desde el 15-6-02 hasta el 8-9-02).

-Buque Gracia del Mar, cuyo titular es Nascentia

Internacional S.L., bajo apariencia de Astil Mirel S.L.: el 7-09-02, hasta el 10-2-03 en que inició disfrute de vacaciones, figurando formalmente en este tiempo por cuenta

de Fletamentos Navieros Canarios S.L. (vacaciones desde el

07-2-03 hasta el 28-4-03).

-Buque Gracia del Mar, cuyo titular es Nascentia

Internacional S.L.: desde el 4-5-03, hasta el 23-7-09 en que, figurando formalmente en este tiempo por cuenta de Astil Mirell S.L.

-Buque Gracia del Mar, cuyo titular es Nascentia Internacional S.L.: desde el 16-7-99, hasta el 12-11-99 en que, figurando formalmente en este tiempo por cuenta de Fletamentos Navieros Canarios S.L. y Astil Mirell S.L.

-También navegó en diferentes fechas en los buques María Dolores del Mar y Hilde del Mar, bajo denominación

empresarial de Fletamentos Navieros Canarios S.L. y Bestdene Española S.L.

TERCERO

Todas las sociedades demandadas -Astil Mirel

S.L., Bestdene Española S.L., Imot S.L., Contenemar S.A.

Fletamentos Navieros Canarios; Alba Meril S,L.; Asmar

Corporación logística S.L., Nascentia Internacional S.L.,

Asmar Logística S.L.,- pertenecen al denominado Grupo de

Empresas Contenemar S.A., propiedad de la familia Oscar,

con una flota que supera la veintena de buques y se dedican

al transporte marítimo de mercancías y viajeros y servicios

auxiliares al mismo, constituyendo un complejo entramado de

sociedades, que opera en los puertos de Baleares, Valencia,

Barcelona, Galicia y norte de África, siendo sus objetos

sociales y otros datos los siguientes:

Imot S.L., tiene su domicilio en c/ Antonio Pérez, n° 19, 2

de Madrid, Plaza Maya n° 2 de Zaragoza y Lg Explanada

Dársena Exterior 1 s/n, 36008 Las Palmas de Gran Canaria.

Es su objeto social el alquiler de medios de navegación. Es

su administrador único D. Oscar . Se

constituyó el 01-01-85 y fue inscrita en el Registro

Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria.

Astil Mirel S.L., tiene su domicilio en c/ Alberto Alcocer,

n° 8, entreplanta B y Avda. de la Constitución 86, esc. 5,

piso 2° A de Torrejón de Ardoz; calle Navarra 24, 1° C de

Madrid; glorieta de Quevedo 7, 6° izquierda y calle Sagasta

30, 2°, ambas de Madrid. Es su objeto social el transporte

marítimo de pasajeros. Es su administrador único D. Alejandro . Se constituyó el 25-10-01, se halla inscrita en el Registro Mercantil de Madrid. Es

arrendataria del buque "Gracia del Mar" y realiza el

tráfico entre islas Canarias y la península.

Bestdene Española S.L., tiene su domicilio en calle

Teniente Coronel Castillo Olivares, n° 12, bajo 5 de Las

Palmas de Gran Canaria. Es su objeto social el transporte

marítimo de mercancías y viajeros. Es su administrador

único D. Hermenegildo . Es propietaria del buque

"Julia del Mar" y realiza el tráfico entre islas Canarias y

la península.

Contenemar S.A., fue constituida el 13-08-69. Tiene su domicilio en Madrid calle Velázquez n° 150. Esta participada en un 99,98% por Asmar Corporación Logística S.L. Tiene por objeto social el transporte marítimo de mercancías contenedorizadas puerta a puerta. Ha tenido diversos administradores y apoderados, entre los que se encuentran D. Oscar, D. Abel y Dña. María Purificación único D. Hermenegildo .

Nascentia Internacional S.L., es una mercantil que dio

comienzo a sus operaciones el 23-10-95, con domicilio

social en calle Navarra n° 24, bis de Madrid. Constituye su

objeto social la construcción, contratación, adquisición,

por cualquier título, transmisión y enajenación de toda

clase de buques, la explotación de los mismos por medio de

su administración. Es administrador único D. Alejandro .

Alba Meril S.L. dio comienzo a sus...

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