STSJ Asturias 117/2012, 13 de Enero de 2012

JurisdicciónEspaña
Número de resolución117/2012
Fecha13 Enero 2012

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 00117/2012

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIALOVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2011 0102709

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002634 /2011

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: SUPLICACION 0001049/2010 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de OVIEDO

Recurrente/s: Jacinto

Abogado/a: Procurador/a:

Graduado/a Social: FERNANDO SOLIS GARCIA

Recurrido/s: COMERCIAL DE FRUTAS FERNANDEZ ISABELITA S.L., FRUTAS ISABELITA, S.L., FOGASA

Abogado/a: MANUEL FERNANDEZ ALVAREZ

Procurador/a: Graduado/a Social:

Sentencia nº 117/12

En OVIEDO, a trece de Enero de dos mil doce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la SALA SOCIAL del T.S.J.ASTURIAS, formada por los Ilmos. Sres. D. JOSÉ ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ, Presidente, Dª MARÍA VIDAU ARGÜELLES y D. JESÚS MARÍA MARTÍN MORILLO, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A En el RECURSO SUPLICACION 0002634/2011, formalizado por el GRADUADO SOCIAL FERNANDO SOLIS GARCIA, en nombre y representación de Jacinto, contra la sentencia número 269/2011 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de OVIEDO en el procedimiento SUPLICACION 0001049/2010, seguidos a instancia de Jacinto frente a COMERCIAL DE FRUTAS FERNANDEZ ISABELITA S.L., FRUTAS ISABELITA, S.L. y FOGASA, siendo Magistrado-Ponente la Ilma Sra Dª Dª MARÍA VIDAU ARGÜELLES.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Jacinto presentó demanda contra COMERCIAL DE FRUTAS FERNANDEZ ISABELITA S.L.,FRUTAS ISABELITA, S.L. y FOGASA, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 269/2011, de fecha dos de Junio de dos mil once.

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. - El actor presta sus servicios para las siguientes empresas desde el 28 de noviembre de 2001:

    -Comercial Asturiana de Frutas S.L.- del 28-11-2001 al 27-5-2002.

    -Frutas Isabelita S.L.- del 28-5-2002 al 27-11-2002.

    - Comercial Asturiana de Frutas S.L.- del 28-11-2002 al 27-5- 2003.

    -Frutas Isabelita S.L.- del 28-5-2003 al 27-11-2003.

    - Comercial Asturiana S.L.- del 28-11-2003 al 27-5-2004.

    - Frutas Isabelita S.L.- del 28-5-2004 al 27-11-2004.

    - Comercial Asturiana de Frutas S.L.- del 28-11-2004 al 27-5-2005.

    - Frutas Isabelita S.L.- del 28-5-2005 al 27-11-2005.

    -Comercial Asturiana de Frutas S.L.- del 28-11-2005 al 27-5-2006.

    - Frutas Isabelita S.L.- del 28-5-2006 al 27-11-2006.

    -Comercial Asturiana de Frutas S.L.- del 28-11-2006 al 27-5-2007.

    -Frutas Isabelita S.L.- del 28-5-2007 al 27-11-2007.

    -Comercial Asturiana de Frutas S.L.- del 28-11-2007 al 27-5-2008.

    -Frutas Isabelita S.L.- del 28-5-2008 al 27-11-2008.

    -Comercial Asturiana de Frutas S.L.- desde el 28-11-2008.

    La categoría profesional del actor es la de Chófer de 2ª con un salario bruto diario de 38,95#. No ostenta la representación de los trabajadores.

  2. - El actor presentó conciliación previa el 2 de noviembre de 2010, reclamando el pago de salarios, que se celebró el 11 del mismo mes con avenencia respecto de Frutas Isabelita S.L. e intentado sin efecto respecto de Comercial de Frutas Fernández Isabelita S.L., Frutas Fernández y Comercial Asturiana de Frutas.

  3. - El 9 de noviembre de 2010, Frutas Isabelita S.L. le entregó la carta de despido con el contenido siguiente:" "Esta empresa ha decidido proceder a la extinción de su contrato de trabajo, basado en causas económicas y productivas de conformidad a lo dispuesto en el art 52.c del ET con efectos en el día de hoy 9 de noviembre de 2010.

    Esta empresa FRUTAS FERNANDEZ S.L., si bien actúa de forma totalmente independiente en su actividad empresarial, disponiendo de su propio centro de trabajo y de una plantilla de trabajadores propia, e incluso a efectos fiscales sus balances económicos tributan de forma totalmente individualizada, a efectos puramente laborales y productivos pudiera entenderse que conforma GRUPO EMPRESARIAL con las sociedades FRUTAS ISABELITA S.L. y COMERCIAL ASTURIANA DE FRUTAS S.L., motivo por lo cual le facilitamos a continuación tanto el estado económico de nuestra empresa como el del citado GRUPO a fin de justificar la situación económica negativa, tanto de una como la del otro:

    CAUSAS ECONÓMICAS FRUTAS FERNANDEZ S.L.

    Ejercicio 2009 (perdidas antes de impuestos) 1470907,05 euros.

    FRUTAS ISABELITA DSL

    Ejercicio 2009 (perdidas antes de impuestos) 302.562,12 euros.

    COMERCIAL ASTURIANA DE FRUTAS S.L.

    Ejercicio 2009 (pérdidas antes de impuestos) 73.334,59 euros.

    De todo lo anteriormente expuesto se desprende que FRUTAS FERNÁNDEZ S.L. ha tenido pérdidas en el último ejercicio por importe de 1.470.907,05 euros y que el grupo de empresas en su conjunto ha tenido igualmente pérdidas por importe de 1946803,76 euros.

    CAUSAS PRODUCTIVAS

    Las ventas externas efectuadas a personas o entidades ajenas a nuestro GRUPO de EMPRESAS durante los tres primeros trimestres del año 2009 (enero a septiembre, ambos incluidos) por parte de todas las empresas anteriormente relacionadas ha sido de 3.927.653,79 euros y en idéntico período del año 2010 han descendido a la cantidad de 3.527.179,66 euros lo que supone un descenso de 400.474,13 euros, lo que representa una reducción del 10,20%.

    En los mismo períodos indicados las ventas de FRUTAS FERNANDEZ S.L. han pasado de una cifra de 1063973,60 euros a 520886,20 euros esto es se ha producido un descenso de 543087,58 euros o lo que es lo mismo de un 51,04%.

    Las causas de todo ello ha sido el brusco descenso se debe a la contracción del mercado de frutas y verduras por el impacto de la crisis económica que ha afectado a todas las actividades comerciales, incluida igualmente la propia de nuestro sector.

    Todo lo expuesto conforma una difícil situación económica de la empresa, así como la del propio Grupo por lo que la medida adoptada contribuirá tanto a superar esta situación económica negativa como a organizar mejor nuestro recursos redimensionando nuestra estructura laboral par a intentar así superar estas dificultadas que impiden el buen funcionamiento de nuestra empresa derivadas de las actuales exigencias de la demanda y sus márgenes comerciales.

    Dando cumplimiento a lo dispuesto en el art 53.1.b del ET se le pone a su disposición en este acto un cheque bancario nº DJ 1.166.154.5 contra el Banco Herrero-Sabadell por importe de 7.016,23 euros correspondiente a la indemnización de 20 días de salario por año de servicio, esto es, 9 años.

    Igualmente se le acompaña otro cheque nº DJ NUM000 contra la misma entidad por importe de 584,69 euros equivalente a quince días de su salario, al haber incumplido esta empresa el período de preaviso establecido en el apartado c del mismo artículo."

    El actor firmó la carta junto con dos testigos don Benigno y doña Vicenta, haciendo constar en la carta que el actor se niega a recoger los cheques que se le pusieron a disposición.

    Constan emitidos con fecha 9.11.2010 dos cheques a nombre del actor, que se pusieron a disposición del actor en el momento de entregar la carta, y el actor rehúso. El Banco Herrero certifica que en la cuenta nº 0081-5315-51-0001087314, titularidad de la entidad Comercial Asturiana de Frutas S.L., se efectúo con fecha

    9.11.010 un cargo por importe de 7.016,23# en concepto de cheque nº NUM001 a favor del actor, y otro, también a su favor, de 584,69# en concepto de cheque nº NUM000 .

    El actor firmó como no conforme el documento de liquidación y finiquito, y en fecha 23.11.2010 se entregaron al actor los cheques arriba reseñados por los importes citados firmando como no conforme.

  4. - Por Acta de Junta General y Universal de Frutas Isabelita S.L., celebrada el 30 de agosto de 2010 se a probo la fusión de las entidades Frutas Isabelita SL, Frutas Fernández e Isabelita del Júcar S.L., Comercial Asturiana de Frutas S.L. y Frutas Fernández DSL, mediante la creación de la sociedad Comercial de Frutas Fernández Isabelita S.L.

    El 29 de noviembre de 2010 se otorgo escritura pública de fusión de sociedades en otra de nueva creación ante el Notario don Fernando Ovies Pérez del Iltre Colegio de Notarios de Avilés, siendo otorgada por D Juan Pablo . Las sociedades que participan en el afusión son Frutas Isabelita SL, Comercial Asturiana de Frutas SL, Frutas Fernández S.L., Frutas Fernández e Isabelita del Júcar S.L., siendo la sociedad resultante de la fusión Comercial de Frutas Fernández Isabelita S.L.

  5. - Consta aportado Informe pericial emitido el 21-2-2011 realizado por la entidad Aucontor Auditores S.L. en relación a las siguientes entidades: Frutas Isabelita S.L., Comercial Asturiana de Frutas S.L., Frutas Fernández S.L., Frutas Fernández e Isabelita del Júcar S.L. En el citado informe se analizan las cifras de los siguientes estados financieros: Ctas anuales de cada una de las sociedades depositadas en el Registro Mercantil de Asturias, Estados financieros intermedios de cada una de ellas cerrados a 31.10.2010. Carta d manifestaciones del administrador de cada una de ellas. En el citado informe se hace constar que" como consecuencia de las pérdidas acumuladas la nueva sociedad creada con la fusión el patrimonio social tiene valor negativo de -1321091,90 euros, circunstancia que la hace estar incursa en lo previsto en el apartado

    d), del art 363 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, lo que generaba dudas sobre la continuidad de la misma. Para solucionar lo anterior con fecha 21 de diciembre de 2010 se aprueba una reducción de capital a 0 Eros y aumento de capital a 1600000 por aportaciones de socios para restablecer el equilibrio patrimonial."En dicho informe se...

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