STSJ Canarias 42/2011, 11 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución42/2011
Fecha11 Febrero 2011

En Santa Cruz de Tenerife, a 11 de febrero de 2011.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Santa Cruz de Tenerife, formada por los/as Ilmos. /as Sres. /as Magistrados D. /Dna. MARIA DEL CARMEN SANCHEZ PARODI PASCUA, D. / Dna. ANTONIO DORESTE ARMAS y D. /Dna. ADRIANA FABIOLA MARTIN CACERES, ha pronunciado

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 531/2010, interpuesto por D. /Dna. Gumersindo, frente sentencia del Juzgado de lo Social No 3 de Santa Cruz de Tenerife en los Autos 0000376/2009 en reclamación de extincion de contrato, ha sido Ponente el/la Ilmo. /a Sr. /a. D. /Dna. ADRIANA FABIOLA MARTIN CACERES.

ANTECEDENTES DE HECHOS

PRIMERO

Que según consta en Autos, se presentó demanda por D./Dna. Gumersindo, en reclamación de Extinción de contrato siendo demandado D./Dna. FONTANERIA FUMERO S.L. y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 24 de julio de 2009, por el Juzgado de referencia, con carácter desestimatorio.

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes: El demandante, DON Gumersindo, ha venido prestando servicios por cuenta y dependencia de la empresa FONTANERÍA FUMERO, SL, desde el 8 de mayo de 2003, con la categoría profesional de Oficial de 2a fontanero y un salario mensual prorrateado de 1.167, 60 euros. SEGUNDO.- El demandante permaneció en situación de incapacidad temporal desde el 9 de mayo de 2008. TERCERO.- Desde el mes de agosto de 2008, la empresa abonó con retraso los salarios al actor. Así, el salario devengado en agosto fue abonado el 12 de septiembre de 2008; el de septiembre, fue abonado mediante tres ingresos: uno de fecha 03.10.08, y los otros dos en fecha 10.10.08; el salario devengado en octubre fue abonado el 10 de noviembre de 2008; el de noviembre, el 18 de diciembre de 2008; el devengado en diciembre, el 19 de enero de 2009; el devengado en enero, el 13 de febrero de 2009; el de febrero, el 13 de marzo de 2009. CUARTO.- En fecha 29 de febrero de 2009, la empresa comunica al demandante lo siguiente:" Se le comunica a todos los trabajadores que nuestra empresa viene sufriendo una situación negativa en los últimos meses, que pese al esfuerzo de todos se ha ido empeorando hasta el día de hoy, ya que nuestro principal abastecedor es el sector de la construcción (obras nuevas), el cual en estos momentos ha dado lugar al cese masivo de obras y teniendo en cuenta que esta situación se hace insostenible FONTANERÍA FUMERO ha tomado la decisión de presentar a fecha 28 de FEBRERO de 2009, un EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO (E.R.E.), procediendo a dar baja a todo el personal de la empresa a la fecha indicada anteriormente, quedando abierto un plazo de conciliación entre Empresa y Trabajadores desde el día 1 al 15 de Marzo". En fecha 28 de febrero de 2008 la demandada dio de baja al trabajador en la Seguridad Social. QUINTO.- Con fecha 17 de abril de 2009, con informe favorable de la Inspección de Trabajo, la Dirección General de Trabajo dicta resolución acordando homologar el acuerdo de fecha 19.03.09 habido entre la empresa y los trabajadores, a excepción del actor que no firmó el acuerdo, autorizando la extinción de los contratos de trabajo de los 9 trabajadores de su plantilla, la totalidad de la plantilla, con efectos desde la fecha de la resolución. SEXTO.- La Inspección de Trabajo, en informe de fecha 6 de agosto de 2009, iniciado a consecuencia de la investigación de un accidente sufrido por un trabajador de la empresa Fred Olsen, SA, en San Sebastián de la Gomera, comprobó lo siguiente: - Fontanería Fumero, SL comunico a Fred Olsen, SA, que a partir del día 1 de marzo de 2009, la empresa quedaba inactiva pasando a una nueva denominación comercial "INSTALACIONES FUMERO", con identificación de persona física bajo el nombre de Caridad, manteniendo la misma dirección y teléfono. - Dona Caridad, había sido trabajadora de la empresa FONTANERÍA FUMERO, SL., hasta el 28.02.09, y contrato al administrador único de dicha empresa Don Eloy . - Que la empresa DAYAMI LUQUE MARRERO causa alta en el censo de empresarios el 27.02.09, con la misma actividad de instalación fontanería y local de almacén y oficina que tenia la empresa FONTANERÍA FUMERO, SL, en C/...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR