STSJ Cataluña 1080/2011, 10 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1080/2011
Fecha10 Febrero 2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2010 - 0001088

F.S.

ILMO. SR. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL

ILMO. SR. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS

ILMO. SR. MIGUEL ANGEL PURCALLA BONILLA

En Barcelona a 10 de febrero de 2011

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 1080/2011

En el recurso de suplicación interpuesto por LAND 14 S.L. frente a la Sentencia del Juzgado Social 28 Barcelona de fecha 7 de junio de 2010 dictada en el procedimiento Demandas nº 69/2010 y siendo recurrido/ a Admitrex, S.L., Carlos Jesús, Lorenza, -F.G.S.- Fondo de Garantía Salarial, Benjamín y Fulgencio . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 26-1-10 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 7 de junio de 2010 que contenía el siguiente Fallo:

Que, desestimando las Excepciones Procesales de Falta de Litisconsorcio Pasivo Necesario y de Caducidad de la Acción ejercitada, y estimando, parcialmente, la Demanda interpuesta por Lorenza, debo declarar y declaro la Nulidad de su Despido, producido con efectos del día 31 de Julio de 2.009, condenando solidariamente a ADMITREX, S. L. y a LAND 14, S. L. a readmitirla en su puesto de trabajo, con abono de salarios de tramitación, desde la fecha de efectos del Despido, hasta la de notificación de la Sentencia a las Empresas.

Que debo desestimar y desestimo las acciones ejercitadas frente Benjamín, a Fulgencio y a Carlos Jesús

Lo anterior se declara sin perjuicio de la responsabilidad del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL en los términos del Artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores . Aclarado por Auto de fecha 21 de junio de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que, estimando el Recurso de Aclaración interpuesto por la parte actora, completo la Sentencia dictada, como sigue:

HECHO PROBADO DECIMOQUINTO.- El salario de la actora, con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias, asciende a 105,54 Euros brutos diarios.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

Lorenza prestó servicios por cuenta y orden de la Empresa ADMITREX, S. L., con Contrato de Trabajo por lanzamiento de nueva actividad, celebrado al amparo del Real Decreto 2.596 / 1.994, de 29 de Diciembre, para establecimiento de una nueva empresa, en su centro de trabajo sito en Molins de Rei, Calle Miquel Torelló, Números 55-57, Nave 7, Polígono Industrial El Pla, con Categoría Profesional de Comercial, con duración que se extendería desde el 10 de Septiembre de 1.996 hasta el 9 de Marzo de 1.997.

SEGUNDO

La actora permaneció en situación de Incapacidad Temporal por contingencias comunes entre el 16 de Julio de 2.009 y el 26 de Julio de 2.009.

TERCERO

El día 27 de Julio de 2.009, la actora dio a luz y causó baja por maternidad hasta el día 17 de Noviembre de 2.009 y a continuación inició el período vacacional de 20 días, correspondiente al mes de Agosto.

CUARTO

El día 31 de Julio de 2.009, la actora fue dada de baja en la Seguridad Social por parte de la Empresa ADMITREX, S. L., así como el resto de trabajadores.

QUINTO

ADMITREX, S. L. no notificó a la actora su baja de la Empresa y de Seguridad Social, de 31 de Julio de 2.009; y no puso a su disposición liquidación y finiquito.

SEXTO

La actora no ostenta, ni ha ostentado en el último año, la condición de representante legal ni sindical de los trabajadores, ni está afiliada a ningún Sindicato.

SÉPTIMO

El Administrador de ADMITREX, S. L. es Benjamín, luego Liquidador; el de LAND 14, S.

L. fue hasta el 9 de Septiembre de 2.009 Carlos Jesús y a partir de dicha fecha Fulgencio .

OCTAVO

Según el Registro Mercantil de Barcelona, el objeto social de las Empresas demandadas y otras es el siguiente:

ADMITREX, S. L.:

"la fabricación, comercialización, compraventa, importación y exportación de muebles y elementos de ornato: el estudio, promoción y realización de toda clase de obras de construcción por cuenta propia o ajena tanto pública etc.";

Atox Industrial, S. L.:

"prestación de servicios de consulta y asesoramiento en la gestión y dirección empresarial. Realización de estudios de mercado y de prospección comercial. Realización de actividades de intermediación comercial";

LAND, S. L.:

"la fabricación, comercialización, compraventa y exportación de muebles y elementos de ornato: el estudio, promoción y realización de toda clase de obras de construcción por cuenta propia o ajena tanto pública etc."

NOVENO

Según el mismo, el domicilio social de ADMITREX, S. L. se encuentra en Molins de Rei, calle Miquel Torelló, Números 55-57, Nave 7, Polígono Industrial El Pla; el de LAND 14, S. L. se encuentra en Sabadell, Calle Tres Creus, número 14, 2º.

DÉCIMO

A 26 de Marzo de 2.009, en Acta de Junta Extraordinaria y Universal de Socios de ADMITREX, S. L., se acordó, presidiendo Juan Miguel (en representación de Wilbe 2009, S. L.) y actuando como Secretario Lorenza y asistiendo también Teresa, en representación de "Casajoana i Rodríguez Advocats, Sociedad Civil Profesional":

Cesar a los hasta la fecha Administradores solidarios de la sociedad Vicente y Alexis, aprobando la gestión realizada hasta la fecha y agradeciéndole los servicios prestados. Se hace constar que el órgano social ha presentado a la Junta General los balances, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria correspondiente al ejercicio 2008, y que quedan firmadas por ambas partes en fecha 25 / 03 / 2009. Acordar cambiar el órgano de administración de la sociedad, optando por un único Administrador, y nombrar por plazo indefinido como Administrador único de la sociedad a Juan Miguel (quien aceptó).

Se elevó a Escritura Notarial en su propia fecha.

UNDÉCIMO

A 26 de Marzo de 2.009, Vicente, Alexis, Lorenza y Teresa firmaron una Escritura de Compraventa de Participaciones Sociales, interviniendo Vicente en su propio nombre y derecho y, además, en representación de "Gran Bloc Blau, S. L. y de Atox Industrial, S. L.; Alexis y Lorenza en su propio nombre y derecho; y Teresa como mandataria verbal de "Casajoana i Rodríguez Advocats, Sociedad Civil Profesional".

DUODÉCIMO

A 17 de Julio de 2.009, Vicente (en representación, como Apoderado, de Lorenza ) y Juan Miguel, como Administrador único de la compañía mercantil española Wilbe 2009, S. L., en escritura notarial, expusieron que Lorenza era titular de las 5.250 participaciones sociales números 1 a 125, 501 a

3.000, 125 a 250 y 8.001 a 10.500, todos inclusive, de 6,01012 euros de valor nominal cada una, objeto de esa transmisión, de la compañía ADMITREX, S. L.; que Lorenza vendía el pleno dominio de todas las indicadas

5.250 participaciones sociales a la compañía Wilbe 2009, S. L., que las compró, con todos los derechos inherentes a las mismas; que las participaciones se vendieron por el precio de un euro cada una, esto es la suma total de 5.250 #; y que la parte vendedora otorgó carta de pago a la parte compradora, en metálico y en esa misma fecha.

DECIMOTERCERO

A 27 de Julio de 2.009, Benjamín otorgó Escritura Notarial en nombre y representación de ADMITREX, S. L., de disolución; cese del Administrador único Juan Miguel, aprobando la gestión efectuada y anulando y dejando sin ningún valor ni efecto las facultades a él conferidas, anejas a su cargo; nombrando liquidador a Benjamín ; y haciéndolo saber a Juan Miguel en el propio acto.

El domicilio social fue trasladado a Manresa, Passeig Pere III, 30, 4º, B.

DECIMOCUARTO

En una segunda Escritura de 27 de Julio de 2.009, Benjamín, como Administrador de ADMITREX, S. L., revocó, anuló y dejó sin ningún valor ni efecto el poder que la Sociedad había conferido mediante Escritura de 15 de Abril de 2.008 a Lorenza .

DECIMOQUINTO

A 15 de Enero de 2.008, Leovigildo, en nombre y representación de Atox Industrial,

S. L., y Vicente, en el de ADMITREX, S. L., otorgaron arrendamiento de la nave sita en Molins de Rei, Polígono Industrial El Pla, calle Miquel...

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