STSJ Cataluña 2653/2011, 11 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución2653/2011
Fecha11 Abril 2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2009 - 0031208

MM

ILMO. SR. GREGORIO RUÍZ RUÍZ

ILMA. SRA. SARA MARíA POSE VIDAL

ILMO. SR. ADOLFO MATÍAS COLINO REY

En Barcelona a 11 de abril de 2011

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 2653/2011

En el recurso de suplicación interpuesto por -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social) frente a la Sentencia del Juzgado Social 7 Barcelona de fecha 9 de Febrero de 2010 dictada en el procedimiento Demandas nº 1214/2009 y siendo recurrido/a Mario . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. GREGORIO RUÍZ RUÍZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 11 de Diciembre de 2009 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 9 de Febrero de 2010 que contenía el siguiente Fallo:

" Que estimando la demanda promovida por Mario contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar al actor en situación de incapacidad permanente en grado de absoluta, derivada de enfermedad común.

En consecuencia, debo condenar y condeno a la entidad demandada a estar y pasar por esta resolución y, en consecuencia, a reconocer y abonar a la parte actora una pensión vitalicia y mensual en cuantía de 683,89 #, esto es, el 100% de su base reguladora, más los incrementos legales que, en su caso correspondan, y con efectos desde el 22-7-2009. "

Con fecha 22 de Marzo de 2010 se dictó por el Juzgado de instancia Auto de Aclaración cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Dispongo aclarar en el encabezamiento de la sentencia nº 108, la fecha de la misma, debiendo decir: ..." En Barcelona a 9 de marzo de 2010 ..."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - Mario, nacido el 15-7-1948, con DNI nº NUM000, afiliado a la Seguridad Social, beneficiario subsidio de desempleo para mayores de 52 años, de profesión habitual Oficial Pintura Automóviles, en situación de incapacidad temporal desde 22-1-08, mediando alta con propuesta de incapacidad permanente de 21-7-09, por Resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 5-10-09 fue declarado en situación de incapacidad permanente en el grado de total cualificada, derivada de enfermedad común, que se percibe desde 5-10-09, por las siguientes lesiones: "Prótesis valvular aórtica por estenosis severa, fibrilación auricular paroxística sin respuesta al tto. Disnea con grado funcional II. Observaciones: Presunción para trabajos de esfuerzo".

  2. - La parte actora padece:

    - Estenosis aórtica severa tratada con sustitución valvular en mayo 2008, prótesis mecánica. Endocarditis y derrame pleural superior, recuperados. Grado II.

    - Fibrilación auricular paroxística (HOLTER 15-6-09) -arritmias- de difícil control farmacológico.

  3. - No ha sido objeto de discusión la base reguladora de la prestación (683,89 #). Tampoco la fecha de efectos (22-7- 09), en...

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