STSJ Comunidad de Madrid 430/2011, 6 de Mayo de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 430/2011 |
Fecha | 06 Mayo 2011 |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINSITRATIVO
SECCION PRIMERA
RECURSO Nº 495/2009
SENTENCIA Nº 430
Presidente
Don Francisco Javier Canabal Conejos
Magistrados
Don José Arturo Fernández García
Dª María Luaces Díaz de Noriega.
D. Alfredo Roldán Herrero.
En Madrid, a seis de mayo de 2011.
VISTOS por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid los autos del recurso contencioso- administrativo nº 495/2009 promovido por la procurador de los tribunales doña Sandra Osorio Alonso, en nombre y representación de DOÑA Evangelina, contra el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Santos de la Humosa (Madrid), de 18 de noviembre de 2008, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra acuerdo de ese mismo órgano, de 12 de febrero de 2008, que aprueba inicialmente la adaptación de la Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal (NNSS) del citado término municipal para la adecuación de los límites de dichas NNSS a la delimitación surgida del acta de deslinde efectuada con el municipio limítrofe de Azuqueca de Henares(Guadalajara) y que, asimismo, aprueba provisionalmente esa adaptación, y contra la Orden 799/2009, de 3 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente Vivienda y Ordenación del Territorio( hecha pública en el BOCM de 4 de mayo de 2009 en virtud de resolución de 14 de abril de 2009), que aprueba definitivamente la referida adaptación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de los Santos de la Humosa a la delimitación surgida del acta de deslinde con el municipio de Azuqueca de Henares; habiendo sido partes demandadas la COMUNIDAD DE MADRID, representada y asistida por su Letrada, y el AYUNTAMIENTO DE SANTOS DE LA HUMOSA, representado por la procuradora doña Mercedes Saavedra Fernández.
Admitido el presente recurso, y sustanciados los trámites legales pertinentes, se requirió a la parte actora para que formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando, en esencia, que se dictara sentencia por la que se declare nulo de pleno derecho, o subsidiariamente anulable por no ser conforme a derecho, el acuerdo de aprobación inicial de modificación de las NNSS de Los Santos de la Humosa, para la adecuación de los límites de las citadas NNSS a la delimitación surgida del correspondiente acta de deslinde con el municipio limítrofe de Azuqueca de Henares, adoptado en pleno de 12 de febrero de 2008; como igualmente que se declare nulo de pleno derecho, o subsidiariamente anulable, el acto o acuerdo por el que se aprobaba provisionalmente el documento técnico para la adecuación de los límites de las NNSS de dicho municipio a la delimitación surgida del acta de deslinde con el municipio de Azuqueca de Henares, adoptado en pleno de 18 de noviembre de 2008; y que se declare igualmente nulo el acto administrativo recogido en el pleno del Ayuntamiento de los Santos de la Humosa, celebrado en sesión extraordinaria el día 18 de noviembre de 2008, por el que se rechaza el recurso de reposición formulado por la actora contra el acuerdo de 12 de febrero de 2008.
En la ampliación del recurso, dicha parte actora, concretamente en su nueva demanda, solicitó igualmente que se dictara sentencia por la que se declare también nula de pleno derecho, o subsidiariamente anulable, la Orden 799/2009 de 3 de abril dictada por la Orden 799/2009, de 3 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente Vivienda y Ordenación del Territorio (BOCM de 4 de mayo de 2009 ), que aprueba definitivamente la adecuación de los límites de las Normas Subsidiarias a la delimitación surgida del correspondiente Acta de Deslinde con Azuqueca de Henares. En ambas demandas dicha parte solicita que se condene a las demandadas a estar y pasar por esa declaración.
A continuación se confirió traslado a las respectivas representaciones de las partes demandadas, lo que se verificó por sendos escritos en los que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideraron pertinentes, dichas partes terminaron suplicando que se dictara sentencia desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto y confirmando la legalidad del acto impugnado.
Mediante auto se acordó fijar la cuantía del procedimiento en indeterminada. Recibido el juicio a prueba, se practicaron aquellos medios de prueba que admitidos su resultado obra en autos. Seguidamente se sustanció el trámite de conclusiones por escrito: finalmente, quedaron los autos pendientes se señalamiento para votación y fallo, lo que se verificó para el día 5 de mayo de 2011, fecha en que tuvo lugar .
Ha sido ponente de esta sentencia el Ilmo. Sr. D. José Arturo Fernández García, magistrado de esta Sección, quien expresa el parecer de la Sala.
La parte actora arriba reseñada, y en calidad de concejal del Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa(Madrid), tal se desprende de su escrito de recurso, impugna en este procedimiento, y de acuerdo con sus escritos de demanda:
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- El acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Santos de la Humosa (Madrid), de 18 de noviembre de 2008, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra acuerdo de ese mismo órgano, de 12 de febrero de 2008, que aprueba inicialmente la adaptación de la Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal (NNSS) del citado término municipal para la adecuación de los límites de dichas NNSS a la delimitación surgida del acta de deslinde con el municipio limítrofe de Azuqueca de Henares(Guadalajara), y que, asimismo, aprueba provisionalmente esa adaptación.
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- La Orden 799/2009, de 3 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente Vivienda y Ordenación del Territorio( hecha pública en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 4 de mayo de 2009 en virtud de resolución de 14 de abril de 2009), que aprueba definitivamente la citada adaptación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal( en adelante NNSS) de los Santos de la Humosa a la delimitación surgida del acta de deslinde con el municipio de Azuqueca de Henares.
Con carácter previo se ha de indicar que el único acto que en este caso podía ser...
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