STSJ Cataluña 4534/2011, 28 de Junio de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha28 Junio 2011
Número de resolución4534/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08113 - 44 - 4 - 2008 - 0054905

EL

ILMO. SR. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ BURRIEL

ILMO. SR. MIGUEL ANGEL FALGUERA BARÓ

ILMA. SRA. VERÓNICA OLLÉ SESÉ

En Barcelona a 28 de junio de 2011

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 4534/2011

En el recurso de suplicación interpuesto por Luis Alberto frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Manresa de fecha 13 de marzo de 2009, dictada en el procedimiento Demandas nº 572/2008 y siendo recurrido/a Hayes Lemmerz Manresa, S.L. y Ace European Group Limited. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. VERÓNICA OLLÉ SESÉ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 5 de septiembre de 2008, tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Accidente de trabajo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 13 de marzo de 2009, que contenía el siguiente Fallo:

Estimo parcialmente la demanda dirigida por Luis Alberto contra Hayes Lemmerz Manresa S.L., en reclamación de los daños y perjuicios sufridos por el actor en el accidente de trabajo acaecido el 22-4-04, y condeno a la mercantil a pagar al actor 5.135'29 euros.

Absuelvo ACE European Group Limited.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO. El 22-4-04 el actor (nacido el 13-4-71 y con DNI NUM000 ) prestaba servicios laborales a la mercantil demandada en su puesto habitual de control de los robots de producción. El robot izaba las llantas metálicas y las colocaba sobre unos palés para iniciar la operación de embalaje. Los palés se deslizan sobre unos rodillos que no deben girar durante el proceso de empaquetado pues se hallan embragados a una cadena que les impide el giro. El trabajador encargado del robot debe ir corrigiendo las disfuncionalidades que se produzcan, como una llanta que no ha sido recogida, o una mala posición de palé. Se produjo una incidencia en el nivel superior del paquete y el actor entró en el cubículo del robot pisando los rodillos. En aquel momento no se hallaban sujetos y giraron al ser pisados, por lo que el actor cayó y se dio un fuerte golpe en el hombro derecho.

SEGUNDO

A consecuencia del accidente el actor permaneció en situación de incapacidad temporal sin estancia hospitalaria un total de 585 días, por los que ha percibido en concepto de subsidio de IT una cantidad total de 26.470'96 euros.

TERCERO

A consecuencia del accidente el actor, zurdo, presenta una movilidad del hombro derecho limitada en los últimos grados de todos los movimientos, y, de forma relevante, la abducción del brazo alcanza los 157º (sobre 180º), la flexión los 134º (sobre 180º) y la rotación interna los 48º (sobre 90º). Presenta una pérdida combinada de fuerza en dicho hombro respecto del izquierdo de un mínimo del 4% en la abducción, a un 26% en la aducción. Está limitado para actividades que requieran moderadas a grandes sobrecargas de ese hombro así como para movimientos que requieran la elevación del brazo por encima de la horizontal.

CUARTO

A consecuencia del accidente el actor ha sido reconocido en situación de incapacidad permanente parcial para su profesión habitual, con derecho a una indemnización única de 48.282'24 euros. Sigue trabajando en Hayes sin merma de salario ni de rendimiento.

QUINTO

A la fecha del accidente Hayes tenía asegurada con ACE una suma de hasta 150.253'03 euros por víctima en concepto de responsabilidad civil patronal, con una franquicia por siniestro de 42.495'50 euros que corre a cargo del asegurado."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte demandada HAYES LEMMERZ MANRESA, S.L., a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia de instancia que estimó parcialmente la demanda de daños y perjuicios interpuesta por la parte demandante contra Hayes Lemmerz Manresa, S.L. (la Empresa) y Ace European Group Limited, se interpone recurso de suplicación por el trabador, en recurso que es impugnado de contrario.

Las presentes actuaciones traen causa de la reclamación de daños y perjuicios interpuesta por el trabajador como consecuencia del accidente de trabajo sufrido ciñéndose el recurso a discrepar con la indemnización acordada por la Juez a quo.

SEGUNDO

El único motivo del recurso se articula con amparo procesal en lo previsto en el apartado

  1. del artículo 191 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, denunciando censura jurídica por infracción de lo establecido en el artículo 1.106 del Código Civil (CC ).

Para la parte recurrente la sentencia de instancia no ha tenido en cuenta el lucro cesante que el accidente ha ocasionado al actor, vulnerando el artículo 1106 del CC que establece que "la indemnización de daños y perjuicios...

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