STSJ Asturias 2136/2011, 22 de Julio de 2011

JurisdicciónEspaña
Fecha22 Julio 2011
Número de resolución2136/2011

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 02136/2011

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2011 0101671

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001628 /2011

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0001000 /2010 JDO. DE LO SOCIAL nº 004 de OVIEDO

Recurrente/s: Jesús

Graduado/a Social: FERNANDO SOLIS GARCIA

Recurrido/s: COMERCIAL DE FRUTAS FERNANDEZ ISABELITA S.L., MINISTERIO FISCAL, FOGASA

Abogado/a: MANUEL FERNANDEZ ALVAREZ, ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 2136/11

En OVIEDO, a veintidós de Julio de dos mil once.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Iltmos Sres. Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, Presidente, Dª. PALOMA GUTIERREZ CAMPOS y D. JOSE MANUEL BUJAN ALVAREZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0001628/2011, formalizado por el Graduado Social D. FERNANDO SOLIS GARCIA, en nombre y representación de Jesús, contra la sentencia número 233/2011 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de OVIEDO en el procedimiento DEMANDA 0001000/2010, seguidos a instancia de Jesús frente a COMERCIAL DE FRUTAS FERNANDEZ ISABELITA S.L., MINISTERIO FISCAL y FOGASA, siendo Magistrado- Ponente la Ilma Sra Dª MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ .

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Jesús presentó demanda contra COMERCIAL DE FRUTAS FERNANDEZ ISABELITA S.L., MINISTERIO FISCAL y FOGASA, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 233/2011, de fecha ocho de Abril de dos mil once.

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. ) Don Jesús, cuyas circunstancias personales figuran en el encabezamiento de la demanda, prestó sus servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa FRUTAS FERNÁNDEZ SL, desde el 18 de octubre de 1988, ostentando la categoría profesional de Chofer de 2ª, con derecho a percibir un salario bruto de 45,32 euros día incluida la parte de pagas extras.

  2. ) Se aplica a la relación laboral del actor el Convenio Colectivo de Mayoristas de Alimentación del Principado de Asturias.

  3. ) El 2 de noviembre de 2010 el actor junto con otro compañero DON Alfonso, presentó papeleta de conciliación sobre Cantidad frente a la empresa, celebrándose el Acta de Conciliación el 11 de noviembre de 2010, que concluyó con Avenencia respecto a FRUTAS FERNANDEZ SL e intentado sin efecto respecto A COMERCIAL DE FRUTAS FERNANDEZ ISABELITA .

    Se abonó al actor la cantidad reclamada en conciliación en noviembre 2010, que ascendía a 302,59 euros.

    El 2 de noviembre de 2010 don Alexis presentó papeleta de conciliación sobre Cantidad frente a la empresa, celebrándose el Acta de Conciliación el 11 de noviembre de 2010, que concluyo con Avenencia respecto a FRUTAS FERNANDEZ SL e intentado sin efecto respecto A COMERCIAL DE FRUTAS FERNANDEZ ISABELITA.

    A don Alexis se le entregó carta de despido el 9-11-2010.

  4. ) El día 9 de noviembre de 2010 la empresa entrego al actor carta del siguiente tenor literal:

    "Esta empresa ha decidido proceder a la extinción de su contrato de trabajo, basado en causas económicas y productivas de conformidad a lo dispuesto en el Art 52 c) del ET con efectos en el día de hoy 9 de noviembre de 2010,

    Esta empresa FRUTAS FERNANDEZ SL, si bien actúa de forma totalmente independiente en su actividad empresarial, disponiendo de su propio centro de trabajo y de una plantilla de trabajadores propia, e incluso a efectos fiscales sus balances económicos tributan de forma totalmente individualizada, a efectos puramente laborales y productivos pudiera entenderse que conforma GRUPO EMPRESARIAL con las sociedades FRUTAS ISABELITA SL y COMERCIAL ASTURIANA DE FRUTAS SL, motivo por el cual le facilitamos a continuación tanto el estado económico de nuestra empresa como el del citado GRUPO a fin de justificar la situación económica negativa, tanto de una como la del otro:

    CAUSAS ECON NO MICAS

    FRUTAS FERNANDEZ SL

    Ejercicio 2009 (pérdidas antes de impuestos)...1.470.907,05 euros

    FRUTAS ISABELITA DSL

    Ejercicio 2009 (pérdidas antes de impuestos)...302.562,12 euros

    COMERCIAL ASTURIANA DE FRUTAS SL

    Ejercicio 2009 (pérdidas antes de impuestos)...173.334,59 euros

    De todo lo anteriormente expuesto se desprende que FRUTAS FERNÁNDEZ SL ha tenido pérdidas en el último ejercicio por importe de 1.470.907,05 euros y que el grupo de empresas en su conjunto ha tenido igualmente pérdidas por importe de 1.946.803,76 euros CASUSAS PRODUCTIVAS

    Las ventas externas efectuadas a personas o entidades ajenas a nuestro GRUPO de EMPRESAS durante los tres primeros trimestres del año 2009 (enero a septiembre, ambos incluidos) por parte de todas las empresas anteriormente relacionadas ha sido de 3.927.653,79 euros y en idéntico período del año 2010 han descendido a la cantidad de 3.527.179,66 euros lo que supone un descenso de 400.474,13 euros, lo que representa una reducción del 10,20%.

    En los mismo períodos indicados las ventas de FRUTAS FERNANDEZ SL han pasado de una cifra de

    1.063.973,60 euros a 520.886,20 euros esto es se ha producido un descenso de 543.087,58 euros o lo que es lo mismo de un 51,04%.

    Las causas de todo ello ha sido el brusco descenso se debe a la contracción del mercado de frutas y verduras por el impacto de la crisis económica que ha afectado a todas las actividades comerciales, incluida igualmente la propia de nuestro sector.

    Todo lo expuesto conforma una difícil situación económica de la empresa, así como la del propio Grupo por lo que la medida adoptada contribuirá tanto a superar esta situación económica negativa como a organizar mejor nuestro recursos redimensionando nuestra estructura laboral par a intentar así superar estas dificultadas que impiden el buen funcionamiento de nuestra empresa derivadas de las actuales exigencias de la demanda y sus márgenes comerciales.

    Dando cumplimiento a lo dispuesto en el Art 53.1.b del ET se le pone a su disposición en este acto un cheque bancario nº...contra el Banco...por importe de 16.293,12 euros correspondiente a la indemnización de 20 días de salario por año de servicio con un tope de 12 mensualidades que en sus caso habida cuenta de su antigüedad en esta empresa, es la cantidad a la que se contrae su indemnización.

    Igualmente se le acompaña otro cheque nº...... contra la misma entidad por importe de 669,58 euros

    equivalente a quince días de su salario, al haber incumplido esta empresa el período de preaviso establecido en el apartado c del mismo articulo.".

    ................".

    El actor firmó la carta junto con dos testigos don Inocencio y doña Socorro, haciendo constar en la carta que el actor se niega a recoger los cheques que se le pusieron a disposición.

    Constan emitidos con fecha 9-11-2010 dos cheques a nombre del actor, que se pusieron a disposición del actor en el momento de entregar la carta, y el actor rehúso. El BANCO HERRERO certifica que en la cuenta nº 008153155100010873, titularidad de la entidad COMERCIAL ASTURIANA DE FRUTAS SL, se efectúo con fecha 9-11-010 un cargo por importe de 16.293,12 céntimos en concepto de cheque bancario y otro de 669,58 euros a favor de D. Jesús .

    El actor firmó como no conforme el documento de liquidación y finiquito, y en fecha 23-11-2010 se entregó al actor 2 cheques por los importes citados firmando como no conforme.

  5. ) Por Acta de Junta General y Universal de FRUTAS ISABELITA SL, celebrada el 30 de agosto de 2010 se aprobó la fusión de las entidades FRUTAS ISABELITA SL, FRUTAS FERNANDEZ E ISABELITA DEL JUCAR SL, COMERCIAL ASTURIANA DE FRUTAS SL Y FRUTAS FERNANDEZ DSL, mediante la creación de la sociedad COMERCIAL DE FRUTAS FERNADEZ ISABELITA SL.

    El 29 de noviembre de 2010 se otorgó escritura pública de fusión de sociedades en otra de nueva creación ante el Notario don Fernando Ovies Pérez del Iltre Colegio de Notarios de Avilés, siendo otorgada por D Jesus Miguel . Las sociedades que participan en la fusión son FRUTAS ISABELITA SL, COMERCIAL ASTURIANA DE FRUTAS SL, FRUTAS FERNANDEZ SL, FRUTAS FERNANDEZ E ISABELITA DEL JUCAR SL, siendo la sociedad resultante de la fusión COMERCIAL DE FRUTAS FERNANDEZ ISABELITA SL.

  6. ) Consta aportado Informe pericial emitido el 21-2-2011 realizado por la entidad AUCONTOR AUDITORES SL en relación a las siguientes entidades: FRUTAS ISABELITA SL, COMERCIAL STURIANA DE FRUTAS SL, FRUTAS FERNANDEZ SL, FRUTAS FERNANDEZ E ISABELITA DEL JUCAR SL. En el citado informe se analizan las cifras de los siguientes estados financieros: Ctas anuales de cada una de las sociedades depositadas en el Registro Mercantil de Asturias, Estados financieros intermedios de cada una de ellas cerrados a 31-10-2010. Carta de manifestaciones del administrador de cada una de ellas. En el citado informe se hace constar que "como consecuencia de las pérdidas acumuladas la nueva sociedad creada con la fusión, el patrimonio social tiene valor negativo de -1.321.091,90 euros, circunstancia que la hace estar incursa en lo previsto en el apartado d, del Art 363 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, lo que generaba dudas sobre la continuidad de la misma...Para solucionar lo anterior con fecha 21 de diciembre de 2010 se aprueba una reducción de capital a 0 Euros y aumento de capital a 1.600.000 por aportaciones de socios para restablecer el equilibrio patrimonial." En dicho informe se aportan como Anexos: Balance y Cuenta de P y G de Comercial Asturiana de Frutas, SL: Balance y Cuenta de P y G de Frutas Isabelita SL, Balance...

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